Cédula RUT Electrónica

El Servicio de Impuestos Internos de acuerdo a las facultades legales que le otorgan el artículo 66 del Código Tributario contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; los artículos 2°, 4° y 7° del D.F.L. N° 3 del Ministerio de Hacienda, de 1969, que crea el Rol Único Tributario y establece normas para su aplicación; y las facultades que me confieren los artículos 6º letra A) Nº 1 del mencionado Código y 4° bis y 7º letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. Nº 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; y de acuerdo a la Resolución Exenta N°56 de 22.06.2016 pone a disposición de los contribuyentes esta aplicación que permite que el usuario de Cédula Rut Electrónica o eRut, que ha sido autorizado para portar la Cédula Rut Electrónica de un contribuyente, poder visualizar, a través de un dispositivo electrónico móvil, la cual podrá ser exhibida en transacciones y ante quienes se lo exijan. Para visualizar la Cédula Rut Electrónica, el usuario deberá acceder a la funcionalidad correspondiente y autenticarse con su clave SII, la que se visualizará si se encuentra vigente. Adicionalmente a través de ésta aplicación cualquier persona podrá verificar la validez o vigencia de una Cédula Rut Electrónica leyendo el Código QR de ésta con el dispositivo móvil.