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2. ¿A qué se refiere este trámite?
La autorización de confección
de libros de contabilidad y/o auxiliares en hojas sueltas, en reemplazo
de libros de contabilidad y/o auxiliares encuadernados, es una
franquicia que el Servicio otorga a los contribuyentes, en virtud del
artículo 17 del Código Tributario que establece que el Director
Regional podrá autorizar la sustitución de los libros de contabilidad
por hojas sueltas, escritas a mano o en otra forma, consultando las
garantías necesarias para el resguardo de los intereses fiscales.
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3. ¿Quiénes deben realizar este
trámite?
Todos los contribuyentes que soliciten acogerse a
esta franquicia, clasificados en la primera categoría o segunda
categoría de la ley de la renta, y que cumplan con las exigencias y
requerimientos establecidos en la Resolución
Exenta Nº 4228 de 1999, respecto de la cual se instruye en
la Circular
N° 36 de 1999 y Circular
N° 43 de 1999.
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4. ¿Cuándo se hace este trámite?
Cuando el contribuyente decida hacer uso de esta
franquicia consistente en obtener autorización de confección de libros
de contabilidad y/o auxiliares en hojas sueltas, en reemplazo de libros
de contabilidad y/o auxiliares encuadernados.
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5. ¿Dónde se hace este trámite?
Contribuyentes que desean optar por llevar contabilidad en hojas
sueltas impresas computacionalmente:
- En cualquier lugar que disponga de un computador con acceso a Internet
a través de la opción, Solicitud
de Contabilidad Computacional.
Contribuyentes que desean optar llevar contabilidad en hojas
sueltas llevadas a mano o en otra forma no computacional:
- En las Unidades
del Servicio, mediante el Formulario
2117 de solicitudes
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6. Requisitos para efectuar el
trámite
Por Internet:
-
Computador con acceso a Internet
-
Clave
secreta, si no la posee, obténgala en el menú de Registro de
Contribuyentes opción Clave
Secreta y Certificado Digital
-
Browser o navegador (para conocer los
recomendados por el SII, seleccione aquí)
-
Mandatario autorizado para el trámite debe tener
Número de Rut registrado en SII.
-
Envío de solicitud a través de Internet.
Por papel:
-
Formulario 2117 de solicitudes, con los
fundamentos de la solicitud y antecedentes exigidos dispuestos en la
Resolución
Exenta Nº 4228 de 1999.
-
Identificación del contribuyente.
-
Identificación de la persona que presenta
solicitud y la acreditación del poder o mandato.
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7. Observaciones
El Servicio de Impuestos Internos ha publicado las resoluciones que se
indican en el punto 8 (Normativa relacionada con el trámite), las
que establecen que los contribuyentes que obtengan autorización para
llevar su contabilidad en hojas sueltas impresas por medios
computacionales, se obligan a presentar sus declaraciones juradas y sus
declaraciones de impuestos mediante transmisión electrónica de datos
vía Internet.
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8. Normativa relacionada al trámite
Res.
Ex. N° 4228 de 1999, sobre procedimiento que deberá seguirse en el
caso de presentación de solicitudes para llevar contabilidad en hojas
sueltas.
Res.
Ex. N° 5004 de 1999, modifica Res. Ex.N° 4228 de
1999.
Resolución
Ex. Nº 5775 de 1999 , autoriza a
Directores Regionales a delegar facultad en los funcionarios que
señala.
Circular
N° 36 de 1999, establece procedimiento que deberá seguirse en el
caso de presentación de solicitudes para llevar contabilidad en hojas
sueltas.
Circular
N° 43 de 1999, complementa circular N° 36 de 1999
Res.
Ex. Nº 5943 de 1999, establece obligación de presentar
declaraciones juradas mediante transmisión electrónica de
datos.
Resolución
Exenta N°5225 del 2000, modifica Res.Ex.N°5943, de fecha
02.09.1999, que establece obligación de presentar Declaraciones Juradas
mediante Transmisión Electrónica de Datos Vía Internet como
indica.
Res.
Ex. N°25 del 2002, deroga Res. Ex. N° 5.754 de 1999 y establece
obligación de presentar declaración de impuestos en formulario
29 mediante transmisión electrónica.
Res.
Ex. N°38 del 2002, modifica Res. Ex. N° 5225, de fecha
24.11.2000, que establece obligación de presentar Declaraciones Juradas
mediante transmisión electrónica de datos vía Internet.
Res.
Ex. N°42 del 2002, complementa Res. Ex. N°25 del 2002, en los
términos que se indica.
Res.
Ex. N°09 del 2003 , establece obligación de presentar
Declaración de Impuesto a la Renta en Formulario 22, mediante
transmisión electrónica de datos vía Internet. Deroga Resolución Ex.
N° 5944, de fecha
02.09.1999.
Resolución
N°10 del 2006, reemplaza Res.
Ex. N° 42, de 26.03.2004, sobre Obligación de Presentar Declaración
Jurada Resumen Anual de IVA de Compras y Ventas que Indica.
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9. Preguntas frecuentes del trámite
Si
desea mayor información, seleccione las preguntas
frecuentes del trámite.
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10. Formularios relacionados al
trámite
Medio electrónico:
Para ingresar la solicitud por medio de Internet, en el caso de
contribuyentes que desean optar por llevar contabilidad en hojas sueltas
impresas computacionalmente, no necesitan hacer uso de formulario, sólo
debe ingresar a la opción, Solicitud
de Contabilidad Computacional y aceptar su envío por este medio.
Formulario en Papel:
En el caso de contribuyentes que desean optar por llevar contabilidad en
hojas sueltas llevadas a mano o en otra forma no computacional,
pueden obtener en el sitio web del SII (www.sii.cl)
el Formulario
2117, para ser bajado, completado y luego presentarlo en la unidad
del SII. La otra alternativa es solicitarlo directamente en la Unidad
del SII más cercana a su domicilio.
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Debe ingresar
en la aplicación los datos correspondientes a la
solicitud
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Al enviar
la solicitud por Internet, para llevar contabilidad en
hojas sueltas impresas computacionalmente, podrá imprimir
un comprobante de autorización.
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La
solicitud la debe dirigir al Departamento de
Resoluciones, correspondiente a la Unidad de su
domicilio comercial. Entregue el formulario y los
documentos requeridos que sustentan la solicitud de
llevar contabilidad en hojas sueltas a mano o en otra
forma no computacional.
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La
solicitud del caso ha sido registrado por el Servicio de
Impuestos Internos mediante una anotación que indica que el
contribuyente está autorizado para llevar contabilidad en
hojas sueltas, en reemplazo de libros de contabilidad y/o
auxiliares encuadernados, quedando habilitado para timbrar
las hojas sueltas o formularios computacionales. |
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Para
mayor información utilice el Buscador
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