¿Cómo se hace para...?
DAR AVISO DE PERDIDA DE CEDULA DE IDENTIDAD Y RUT

Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.


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1.   Descripción del trámite paso a paso
2.   ¿A qué se refiere este trámite?
3.   ¿Quiénes deben realizar este trámite?
4.   ¿Cuándo se hace este trámite?
5.   ¿Dónde se hace este trámite?
6.   Requisitos para efectuar el trámite
7.   Observaciones
8.   Normativa relacionada al trámite
9.   Preguntas frecuentes del trámite
10. Formularios relacionados al trámite
 

2. ¿A qué se refiere este trámite?

Este trámite se efectúa para prevenir una mala utilización, con fines tributarios, del documento que se ha perdido. Eventualmente, su cédula de identidad y Rut perdida podría ser utilizada para efectuar ante el Servicio una Iniciación de Actividades fraudulenta u otra simulación de tipo tributario.

 

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3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?

Todos los contribuyentes que hayan perdido su Cédula de Identidad y/o Cédula Rut de extranjeros que opten por tomar los debidos resguardos frente al mal uso para fines tributarios que puedan hacer con estas cédulas terceras personas, y sin perjuicio de otras actuaciones previstas en materia civil.

 

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4. ¿Cuándo se hace este trámite?

Inmediatamente después de haber constatado las pérdidas de las cédulas de identidad y Rut. Recuerde que para dar este aviso al SII, previamente debe haber dejado constancia en Carabineros de Chile.

 

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5. ¿Dónde se hace este trámite?

Este trámite se puede realizar desde cualquier lugar que posea un computador con acceso a Internet, a través de la opción, Dar aviso de pérdida y/o recuperación de Cédula de Identidad del sitio web del SII, luego debe seleccionar la opción correspondiente al tipo de cédula perdida donde ingresará a una página de identificación, ingrese su Rut y Clave para llegar a la opción final y efectúe su tramite. 
Opcionalmente, usted puede presentarse a realizar este trámite en las Unidades del SII correspondientes a su domicilio.

 

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6. Requisitos para efectuar el trámite

Internet

  • Computador con acceso a Internet

  • Clave secreta, si no la posee, obténgala en el menú de Registro de Contribuyentes opción Clave Secreta y Certificado Digital

  • Browser o navegador (para conocer los recomendados por el SII, seleccione aquí)

 

Papel

 

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7. Observaciones

  • Para dar aviso de pérdida de Cédula de Identidad usted debe haber dejado constancia del extravío previamente en Carabineros de Chile.

  • Además, en el caso de pérdida de Cédula de Identidad se debe dar aviso en el Servicio de Registro Civil e Identificación, para lo cual puede encontrar información en el sitio web www.registrocivil.cl, sección Bloqueo de Cédulas y Pasaportes.

 

 

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8. Normativa relacionada al trámite

Decreto ley Nº 830, sobre el Código Tributario

Circular N°76 del 2001: Imparte instrucciones para el aviso de perdida y recuperación de Cedulas de R.U.T. e Identidad.

Ley No. 19.948 (DO 25.05.2004): Crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cedula de identidad y de otros documentos de identificación. (DO 25.05.2004).Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

 

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9. Preguntas frecuentes del trámite

Si desea mayor información, seleccione las preguntas frecuentes del trámite.

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10. Formularios relacionados al trámite

Medio electrónico:
Para ingresar el aviso por medio de Internet, no necesita un formulario, sólo debe ingresar a la opción, Aviso de pérdida o recuperación de cédulas y hacer su envío por este medio.

Formulario en Papel:
Disponible en el sitio web del SII (www.sii.cl) el Formulario 2117, para ser bajado, completado y luego presentarlo en la unidad del SII. La otra alternativa es solicitarlo directamente en la Unidad del SII más cercana a su domicilio. 

 

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DESCRIPCION PASO A PASO AVISO PERDIDA DE CEDULA DE IDENTIDAD
Y CEDULA DE RUT DE EXTRANJERO


Nota: Se recuerda a los contribuyentes que para dar aviso de pérdida de Cédula de Identidad y de RUT, deben dejar previamente constancia del extravío, en Carabineros de Chile.
Para dar este aviso tiene dos posibilidades:
                      
1.- Por Internet
A través de la opción Aviso de pérdida o recuperación de cédulas.
2.- Por Papel.
Obtenga desde el sitio web del SII (www.sii.cl)
el formulario 2117 o en las Unidades del Servicio de Impuestos Internos, mediante el cual comunica la Pérdida de su Cédula de Identidad, y su cédula RUT.
                     
Debe ingresar en la aplicación los datos correspondientes a la pérdida, fecha y datos de la constancia de carabineros. Luego enviar el aviso.
Llene cuidadosamente el formulario 2117.
                     
Al enviar un aviso de pérdida de cédula de identidad o de Rut de extranjero por Internet, podrá imprimir un comprobante de recepción.
La solicitud la debe dirigir al Departamento de Resoluciones correspondiente a la Unidad del SII de su domicilio comercial. Entregue el formulario y los documentos requeridos que sustentan la solicitud de aviso de Pérdida de Cédula de Identidad y RUT.
                     
El aviso ha sido registrado por el Servicio de Impuestos Internos mediante una anotación que indica que la cédula ha sido extraviada, a objeto de prevenir su mala utilización parte de terceros, con fines tributarios.

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