INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO Nº21 |
El mencionado
Certificado, se confecciona mediante las siguientes instrucciones: Columna (1):
Se debe anotar los meses del año en los cuales el partícipe rescató
cuotas de fondos mutuos no acogidas a las normas de la Letra A) del Art.
57 bis de la Ley de la Renta de aquellas adquiridas con posterioridad al
19 de abril del año 2001. Columna (2):
Se debe registrar el valor que tenían las cuotas en el momento del
rescate valor que se determina de acuerdo a las normas del artículo 17
del D.L. N° 1328, de 1976. Columna (3):
Se debe anotar el valor de adquisición de las cuotas actualizadas hasta
la fecha en que se rescatan, de acuerdo a lo señalado en la columna (1)
anterior, valor que debe determinarse bajo las mismas normas indicadas en
la columna precedente. Columnas (4)
y (5): Se debe anotar en estas columnas la diferencia que resulte de
restar a la cantidad registrada en la Columna (2), la anotada en la
columna (3). Si el resultado obtenido fuera positivo debe registrarse en
la columna (4). En caso contrario, dicho resultado se registra en la
columna (5). Columna (6):
Se deben registrar los factores de actualización correspondientes a cada
mes según publicación efectuada por el SII. Columna (7):
Se deben anotar en esta columna los valores que resulten de multiplicar
las cantidades registradas en la columna (4) por los factores de
actualización indicados en la columna (6). Columna (8):
Se deben anotar en esta columna, los valores que resulten de multiplicar
las cantidades registradas en la columna (5) por los factores de
actualización indicados en la columna (6). LINEA: TOTAL
MAYOR (O MENOR) VALOR OBTENIDO EN RESCATE DE CUOTAS, ACTUALIZADO: Se
debe anotar la cantidad que resulte de sumar las cantidades registradas en
la columna (7) y/u (8). RECUADRO:
INFORMACION ADICIONAL PARA DECLARACION DE IMPUESTO: La información
que debe proporcionarse en las letras (a) y (b) de dicho Recuadro, debe
determinarse de acuerdo a las instrucciones impartidas sobre la materia
por la Superintendencia de Valores y Seguros y el SII mediante Circular Nº
10, de 23.01.2002 y Suplemento Tributario del año respectivo. NOTA: Se deja constancia que los totales que se registran en las columnas (7) y (8), deben coincidir exactamente con la información proporcionada al SII para cada partícipe a través de la Declaración Jurada Formulario N° 1894. |