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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1827 |
1.
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Instituciones,
Organismos o personas que hagan uso del Crédito por Gastos de Capacitación
cuyas remuneraciones imponibles fluctúen entre 35 y 900 UTM (inclusive), al
31 de diciembre del año 2005. 2.
Se
debe identificar el “Tipo de Declaración” en el cuadro
correspondiente (Original o Rectificatoria). Marcar con una "X" si
es Original o indicando el RUT y folio de la declaración anterior, en caso
de tratarse de una Declaración Rectificatoria. 3.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INSTITUCIÓN, ORGANISMO O
PERSONA QUE EFECTUÓ LA RETENCIÓN) Se identificará a la Institución, Organismo
o persona que canceló la renta, indicando el RUT, nombre o razón social,
domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de
teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su
código de discado directo). 4.
Sección
B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DE LA RENTA: SUELDOS, SOBRESUELDOS,
SALARIOS Y RENTAS SIMILARES Y CAPACITADOS POR CUENTA DEL EMPLEADOR) La información que se solicita es mensual,
por lo que deberá ocuparse una sola línea por cada mes que se informe por
persona, entregando la siguiente información: Columna “RUT de la Persona a Quien se Pagó la Renta o Capacitó”
(Trabajador Dependiente Contratado, Empresario Individual o Socio de
Sociedades de Personas, Precontratos y Poscontratos): Debe registrarse, claramente, el RUT del contribuyente que percibió la
renta afectada por la retención del Impuesto Único de Segunda Categoría,
así como también aquellos beneficiarios de la capacitación que no hayan
percibido renta. Se deben incluir todos los empleados, afectos o exentos del
Impuesto Único de Segunda Categoría, debiendo indicar la información de
cada uno de ellos en forma separada. Columna “Mes”: Se
debe registrar el mes, en forma numérica, de 1 a 12, en que se percibió la
renta o se capacitó a la persona.
Columna “Relación Contractual”: Indicar la relación contractual según la siguiente clasificación: A :
Precontrato Columna “Renta Total Neta Pagada Actualizada (Art. 42° N° 1, L.I.R.)
($)”: Deberá anotarse
la renta correspondiente al mes que se informa – descontadas las
cotizaciones previsionales de carácter obligatorio y/o voluntario –
pagadas a cada trabajador durante el año calendario respectivo, incluyendo
las rentas accesorias o complementarias a las anteriores que se hayan
devengado o correspondan al período que se declara computadas éstas de
acuerdo a la normativa establecida en los incisos 2° y 3° del Artículo 46
de la L.I.R. pagadas hasta el mes de abril del año siguiente; debidamente
actualizadas todas las rentas antes mencionadas por los factores de
actualización correspondientes. Columna “Impuesto Único Retenido Actualizado ($)”:
Deberá anotarse el monto que se retiene durante el mes que se informa por
concepto de Impuesto Único de Segunda Categoría que corresponda a las
rentas registradas en la columna anterior, debidamente reajustadas por los
factores de actualización correspondientes. Columna “Mayor Retención Solicitada Actualizada (Art. 88 L.I.R.)
($)”: Se debe anotar
la mayor retención de Impuesto Único de Segunda Categoría que el
trabajador haya solicitado al empleador, durante el mes que se informa,
conforme a lo dispuesto por el inciso final del Artículo 88 de la Ley de la
Renta. Columna “Monto Cotización Previsional ($)”:
En los casos que corresponda, deberá registrarse el monto de cotización
previsional obligatoria histórico, declarado y/o pagado, que correspondan a
la renta mensual que se informa. Columna “RUT Institución Previsional (INP-AFP)”:
Debe anotar el RUT de la AFP o INP, según corresponda. Columna “Monto Cotización Salud ($)”: En los casos que corresponda, deberá registrarse el monto de cotización
previsional de salud histórico, declarado y/o pagado, que correspondan a la
renta mensual que se informa. Columna “RUT Institución Previsional de Salud (FONASA-ISAPRE)”:
Debe registrar el RUT de dicha institución, ya sea ISAPRE o FONASA. Columna “Capacitado por SENCE”: Debe marcar “X” en caso que la persona informada durante ese mes
haya sido beneficiaria de un curso de capacitación utilizando la franquicia
SENCE. Columna “Número de Certificado”: Debe hacerse referencia al N° o folio del Certificado emitido al
receptor de la renta, en conformidad a lo dispuesto en Res. Ex. N° 6509
D.O. 20.12.93, teniendo en cuenta que, dado que el certificado es anual,
deberá repetirse el número del certificado las veces que deba ser
informada la persona. 5.
CUADRO
TOTAL MONTOS ANUALES SIN ACTUALIZAR Se deberán anotar las mismas rentas e
impuesto anotados en el recuadro anterior, sin actualizar. Sin
embargo, el Impuesto Único de Segunda Categoría deberá informarse en
forma separada registrando en el primer recuadro el que corresponda a las
rentas normales o accesorias o complementarias pagadas y devengadas durante
el año calendario respectivo y en el segundo recuadro aquél que
corresponda sólo a las rentas accesorias o complementarias devengadas en el
ejercicio y pagadas entre los meses de enero y abril del año siguiente.
Igualmente, se debe anotar en esta línea, debidamente actualizado, el monto
anual de las remuneraciones imponibles para los efectos previsionales
pagadas a todos los trabajadores durante el período correspondiente. 6.
CUADRO
RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN Se deben anotar los totales que resulten de
sumar los valores registrados en las columnas correspondientes. Deberá
llenarse el cuadro resumen en el último formulario, no siendo procedente
anotar subtotales en cada documento. El recuadro "Total de Casos
Informados" corresponde al número total de los casos que se está
informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los
que deben numerarse correlativamente. 7.
El
retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se
sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 97 N° 1 del Código
Tributario. 8.
Plazo
de Presentación: Hasta el 02 de marzo de 2006. |