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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1892

 

1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos, informando las inversiones efectuadas por los partícipes en dichos fondos y el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas invertidas en tales fondos, NO acogidos a las normas de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta, respecto de cuotas adquiridas hasta el 19.04.2001; todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 5 del año 2002. 

2. Se debe identificar el “Tipo de Declaración” (Original o Rectificatoria), marcando la opción correspondiente. Indicar el RUT y folio de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria.

3. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (ADMINISTRADORA DE FONDOS MUTUOS)

Se deberá indicar el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).

4. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PARTÍCIPE O APORTANTE)

Columna “RUT Inversionista”: Se debe registrar el RUT del partícipe del cual se informa el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos.

Columna “Monto Nominal Inversión”: Se debe anotar el valor de adquisición de las cuotas actualizadas hasta la fecha en que se rescatan, valor que se determina de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la materia y Circular N° 1 de 1989 del SII.

Columna “Monto Nominal Rescate”: Se debe registrar el valor que tenían las cuotas en el momento del rescate, valor que se determina de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la materia y Circular N° 1 de 1989 del SII.

Columna “Mayor o Menor Valor Actualizado”: Se debe anotar en estas columnas la diferencia que resulte de restar a la cantidad de “Monto Nominal Rescate”, la cantidad de “Monto Nominal Inversión”. Si el resultado obtenido fuera positivo, debe registrarse como “Mayor Valor”. En caso contrario, dicho resultado se registra como “Menor Valor”.

Columna “Porcentaje Accionario del Activo del Fondo Mutuo”: Se debe anotar el porcentaje accionario del activo del Fondo Mutuo de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la materia y Circulares N° 1 de 1989 y 56 de 1993 del SII.

Columna “Número de Certificado”: Deberá registrarse el número o folio del Certificado emitido por la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos al partícipe o aportante, informando el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos NO acogidos a las normas de la letra A) del Art. 57 bis de la Ley de la Renta.

5. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN

Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.

El recuadro "Total de Casos Informados" corresponde al número total de los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.

6. El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 97 N° 1 del Código Tributario.

7. Plazo de Presentación: Hasta el 30 de marzo de 2006.