Home | Instrucciones Declaraciones
Juradas |
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1893 |
1.
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Sociedades de
Personas, Sociedades de Hecho, Sociedades en Comandita por Acciones,
respecto de sus socios gestores y por las comunidades acogidas, ya sea, a
los regímenes de tributación de los Artículos 14 letra A) ó 14 bis de la
Ley de la Renta, informando al Servicio la situación tributaria de los
gastos rechazados a que se refiere el Artículo 21° de la Ley de la Renta,
incurridos por las citadas empresas durante el Ejercicio Comercial
respectivo, y que correspondan a los socios o comuneros y, además, el
incremento por Impuesto de Primera Categoría y el crédito por igual
concepto a que dan derecho dichas cantidades, cuando corresponda. 2.
Se
debe identificar el “Tipo de Declaración” (Original o
Rectificatoria), marcando la opción correspondiente. Indicar el RUT y folio
de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración
Rectificatoria. 3.
Marque
con una "X" en el cuadro "Franquicias Tributarias"
el texto legal que establece la franquicia a que se encuentra acogido.
4.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (SOCIEDAD DE PERSONAS,
SOCIEDAD DE HECHO, S.C.P.A. O COMUNIDAD QUE INCURRIÓ EN EL GASTO RECHAZADO) En esta sección deben señalarse los datos
relativos a la identificación del declarante, indicando el RUT, razón
social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número
de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo
su código de discado directo). 5.
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PERSONA BENEFICIARIA DEL GASTO
RECHAZADO: SOCIOS DE SOCIEDADES DE PERSONAS, SOCIOS DE SOCIEDADES DE HECHO,
SOCIOS GESTORES DE S.C.P.A. Y COMUNEROS) Columna “RUT Beneficiario Gasto Rechazado”:
Debe registrarse en forma legible y clara el N° de RUT de la persona
beneficiaria del gasto rechazado, preferentemente ordenados de menor a
mayor. Columna “Tipo de Contribuyente”: Se debe indicar la calidad jurídica del beneficiario del gasto
rechazado, de acuerdo a lo siguiente: PN : Persona Natural Nacional Columna “Monto Gasto Rechazado
Actualizado“:
Columna “Incremento por Impuesto de Primera Categoría”:
Registrar el monto del respectivo incremento por Impuesto de Primera Categoría
que disponen los incisos finales de los Artículos 54 N° 1 y 62 de la Ley
de la Renta. Columna “Crédito por Impuesto de Primera Categoría”:
Anotar el monto del crédito por Impuesto de Primera Categoría a que dan
derecho los gastos rechazados, conforme a las normas de los Artículos 56 N°
3 y 63 de la Ley de la Renta, registrándolo en forma separada de acuerdo a
si dicho crédito da derecho o no a devolución a la persona obligada a
declarar los gastos rechazados. Se hace presente que respecto del Impuesto
de Primera Categoría informado como gasto rechazado en la columna
"Impuesto de Primera Categoría", no se tiene derecho al crédito
por concepto del citado tributo. Columna “Numero de Certificado”: Se debe anotar el N° o folio del Certificado que la Sociedad o
Comunidad emitió a sus socios o comuneros, informando la situación
tributaria de los gastos rechazados en que incurrió, de acuerdo a lo
establecido en la Res. Ex. N° 065 de 1993, y sus modificaciones
posteriores. 6.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN Se deben anotar los totales que resulten de
sumar los valores registrados en las columnas correspondientes. El recuadro "Total de Casos
Informados" corresponde al número total de los casos que se está
informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los
que deben numerarse correlativamente. 7.
La
omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será
sancionada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 97 N° 15 del Código
Tributario. 8. Plazo de Presentación: Hasta el 25 de marzo de 2006. |