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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1894


1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos, mediante la cual deben informar a los partícipes en dichos fondos los montos de las inversiones efectuadas, el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos NO acogidas a las normas de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta, de aquéllas adquiridas con posterioridad al 19 de abril del año 2001; todo aquello de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Exenta N° 5 de 2002.

2. Se debe identificar el “Tipo de Declaración” (Original o Rectificatoria), marcando la opción correspondiente. Indicar el RUT y folio de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria.

3. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS MUTUOS)

En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación del declarante, indicando el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).

4. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PARTÍCIPES)

Columna “RUT Partícipe”: Se debe registrar el RUT del partícipe del cual se informa el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos.

Columna “Monto Nominal Inversión”: Se debe anotar el valor de adquisición de las cuotas actualizadas hasta la fecha en que se rescatan, valor que se determina de acuerdo a las normas del Artículo 17 del D.L. N° 1.328 de 1976.

Columna “Monto Nominal Rescate”: Se debe registrar el valor que tenían las cuotas en el momento del rescate, valor que se determina de acuerdo a las normas del Artículo 17 del D.L. N° 1.328 de 1976.

Columna “Mayor o Menor Valor Actualizado”: Se debe anotar la diferencia que resulte de restar a la cantidad de “Monto Nominal Rescate”, la cantidad de “Monto Nominal Inversión”. Si el resultado obtenido fuera positivo, debe registrarse como “Mayor Valor”. En caso contrario, dicho resultado se registra como “Menor Valor”.

Columna “Porcentaje Accionario Como Promedio Anual del Activo del Fondo Mutuo”: Se debe anotar el porcentaje accionario del activo del Fondo Mutuo de acuerdo a las instrucciones impartidas sobre la materia por la Superintendencia de Valores y Seguros y la Circular N° 10 del 23 de enero del 2002 del SII.

Columna “Número de Certificado”: Deberá registrarse el número o folio del Certificado emitido por la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos al partícipe, informando sobre el mayor o menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos NO acogidas a las normas de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta, adquiridas con posterioridad al 19 de abril del año 2001.

5. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN

Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.

El recuadro "Total de Casos Informados" corresponde al número total de los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.

6. La omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será sancionada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 97 N° 15 del Código Tributario.

7. Plazo de Presentación: Hasta el 30 de marzo de 2006.