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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1896 |
1.
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los Bancos,
Instituciones Financieras, Agentes Administradores de Créditos Hipotecarios
Endosables a que se refiere el Título V del D.F.L. N° 251 de 1931 (Ex-Art.
21 bis), las Sociedades Inmobiliarias propietarias de viviendas que pueden
darse en arrendamiento con promesa de compraventa señaladas en el Título
II de la Ley N° 19.281 de 1993, las Cooperativas de Viviendas y
cualesquiera otras empresas o personas que intervengan en el financiamiento
de la adquisición de la vivienda, que operen en el país, respecto de los
dividendos hipotecarios o aportes que las personas naturales con domicilio o
residencia en el país, paguen o enteren, según corresponda, a dichas
entidades en cumplimiento de las obligaciones hipotecarias contraídas con
motivo de la adquisición de una vivienda nueva acogida a las normas del
D.F.L. N° 2 de 1959; todo ello conforme a las disposiciones de la Ley N°
19.622, publicada en el Diario Oficial el 29 de julio de 1999, modificada
por la Ley N° 19.768, publicada en el Diario Oficial el 07 de noviembre de
2001. La rebaja máxima por adquisición de
viviendas acogidas al D.F.L. N° 2 a efectuar en el Año Tributario 2006
corresponde a 10 UTM, 6 UTM ó 3 UTM por el número de cuotas pagadas
en el año, según sea el período en el cual el contribuyente se acogió al
beneficio, y con un máximo de 12 cuotas pagadas al día y hasta 12 cuotas
pagadas con un atraso no superior a 12 meses, según instrucciones
contenidas en Circular N° 88 de fecha 10 de diciembre de 2001. 2.
Se
debe identificar el “Tipo de Declaración” (Original o
Rectificatoria), marcando la opción correspondiente. Indicar el RUT y folio
de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración
Rectificatoria. 3.
Sección
A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (BANCO, INSTITUCIÓN FINANCIERA, AGENTES
ADMINISTRADORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS ENDOSABLES O INSTITUCIONES SEÑALADAS
EN EL ART. 1° DE LA LEY N° 19.281 DE 1993, MODIFICADA POR LA LEY N°
19.768 DE 2001) En esta sección deben señalarse los datos
relativos a la identificación del declarante, indicando el RUT, razón
social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número
de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo
su código de discado directo). 4.
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PERSONA NATURAL BENEFICIARIA DEL
CRÉDITO HIPOTECARIO) Columna “RUT del Beneficiario”: Debe registrarse el N° de RUT de la persona beneficiaria que efectuó
el pago de los dividendos hipotecarios o enteró los aportes, según
corresponda. Columna “Tipo de Operación”: Se debe indicar si el tipo de operación corresponde a créditos
hipotecarios, mutuos hipotecarios o contratos de arrendamiento de viviendas
con promesa de compraventa normados por la Ley N° 19.281, de acuerdo a la
siguiente clasificación: CH : Crédito Hipotecario Adquisición Vivienda Columna “Rol de la Propiedad”: Se debe indicar el Rol de la propiedad asociada al crédito
hipotecario. Columna “Comuna de la Propiedad”: Se debe indicar el “Código” y “Nombre” de la comuna en que se
encuentra ubicada la propiedad. Columna “Cantidad de Bodegas”: Se debe indicar la cantidad de bodegas de la propiedad informada. Columna “Cantidad de Estacionamientos”: Se debe indicar la cantidad de estacionamientos de la propiedad
informada. Columna “Saldo Crédito Hipotecario (U.F.)”:
Indicar el saldo del crédito hipotecario otorgado por la Institución que
corresponda expresado en U.F. en los casos de mutuos y créditos
hipotecarios. Columna “Monto Actualizado del Dividendo o Aporte”:
Indicar el monto en pesos ($) y debidamente reajustado por los factores de
actualización publicados por el SII, de acuerdo a cada mes, de las cuotas o
de los dividendos hipotecarios pagados o de los aportes enterados a las
Instituciones o entidades anteriormente indicadas, en cumplimiento de sus
obligaciones hipotecarias contraídas con motivo de la adquisición de una
vivienda nueva acogida a las normas del D.F.L. N° 2 de 1959, conforme a las
instrucciones impartidas mediante Circular del SII N° 46 de 1999. Columna “Fecha en Que se Acogió al Beneficio Tributario Según
Documento”: Indicar la
fecha en que se acogió al beneficio tributario según el instrumento público
de que se trate, todo ello de acuerdo al inciso final del Artículo 1° de
la Ley N° 19.622 de 1999. Columna “Número de Certificado”: Indicar el folio o número del Certificado que la Institución
respectiva emite a la persona natural, informando el monto de los dividendos
hipotecarios pagados o los aportes enterados, según corresponda. Columna
“N° de Cuotas Pagadas Durante el Año por Dividendos o Aportes”:
Indicar el número de cuotas pagadas durante el año por concepto de
dividendos o aportes, informando separadamente las que correspondan a cuotas
pagadas al día o adelantadas y/o a cuotas con un retraso de hasta 12 meses
anteriores. 5.
CUADRO
RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN Se deben anotar los totales que resulten de
sumar los valores registrados en las columnas correspondientes. El recuadro "Total de Casos
Informados" corresponde al número total de los casos que se está
informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los
que deben numerarse correlativamente. 6.
La
omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será
sancionada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 97 N° 15 del Código
Tributario. 7. Plazo de Presentación: Hasta el 02 de marzo de 2006. |