INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N°
1884 |
1.
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las
Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas y en Comandita por Acciones, ya
sea, acogidas a los regímenes de tributación de los Artículos 14
letra A) ó 14 bis de la Ley de la Renta, informando la situación
tributaria de los dividendos pagados a sus accionistas durante el año
inmediatamente anterior y de los créditos a que dan derecho dichas
rentas, teniendo presente lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 39
del 16 de diciembre del 2002. Si las citadas
sociedades durante el año comercial respectivo no han distribuido
dividendos, de todas maneras deben presentar la referida Declaración
Jurada, proporcionando el resto de la información que se solicita en el
mencionado documento, como son la cantidad de acciones al 31 de
diciembre y el número de certificado correspondiente. 2.
Marque con una "X" en el cuadro "Franquicias
Tributarias" el texto legal que establece la franquicia a que
se encuentra acogido. 3.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (SOCIEDAD ANÓNIMA
O EN COMANDITA POR ACCIONES PAGADORA) Se identificará a
la Sociedad pagadora de los dividendos correspondientes, indicando el
RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número
de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar
el número incluyendo su código de discado directo). Además, se debe
marcar con una "X" si la Sociedad es en Comandita por
Acciones, Anónima Cerrada o Anónima Abierta. 4.
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DEL DIVIDENDO:
PERSONA NATURAL O JURÍDICA) La
Declaración Jurada correspondiente deberá indicar: ·
“RUT del Receptor del Dividendo (Titular)”. ·
“Cantidad de Acciones al 31/12” de cada año, según el
Registro de Accionistas. ·
“Montos Dividendos Reajustados ($)”, consignando montos
“Afectos a Global Complementario o Adicional”, “Exentos de G.
Complementario” y/o “No Constitutitos de Renta”. ·
Monto del respectivo “Incremento por Impuesto de Primera
Categoría” que disponen los incisos finales de los Artículos 54 N°
1 y 62 de la L.I.R. ·
Detalle de los montos de los “Créditos” por “Impuesto
de Primera Categoría”, correspondientes a rentas afectas y/o exentas
de Global Complementario o Adicional, y por “Impuesto Tasa Adicional
del Ex-Artículo 21° de la Ley de Impuesto a la Renta”. ·
“Número o Folio del Certificado” emitido a sus
accionistas por las Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones, en
conformidad a lo dispuesto en Res. Ex. N° 065, D.O. de fecha 18 de
enero 1993 y sus modificaciones posteriores. 5.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN Se deben anotar los
totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes. El recuadro "Total
de Casos Informados" corresponde al número total de los casos
que se está informando a través de la primera columna de esta
Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente. 6.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración
Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 97 N°
1 del Código Tributario. |