INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO Nº 13
 

Este Certificado debe ser emitido por las personas naturales y jurídicas que durante el año comercial respectivo hayan comprado minerales a contribuyentes mineros que declaran sus impuestos sujeto a renta presunta, conforme a lo dispuesto por los Artículos 23 y 34 N° 1 de la Ley de la Renta, en concordancia con lo señalado en el Artículo 74 N° 6 de la misma ley. 

Columna (1): Se deben anotar los meses del año en los cuales se efectuaron las retenciones de impuestos, conforme a los Artículos 23 y 74 N° 6 de la Ley de la Renta. 

Columna (2): Se debe registrar el monto de la retención practicada en cada mes, de acuerdo a lo dispuesto por las normas legales antes mencionadas y Circular del SII emitida sobre la materia (Circ. N° 14, de 2007). Cabe señalar, que si las mencionadas retenciones de impuesto fueron cubiertas con el pago por concepto de patentes mineras, conforme a lo dispuesto por el Artículo 164 del Código de Minería, de todas maneras deben anotarse en esta columna, ya que se entienden practicadas conforme a la Ley (Circulares N°s. 60 de 1998 y 58 de 2001).

Columna (3): Se deben registrar los factores de actualización correspondientes a cada mes, según publicación efectuada por el SII. 

Columna (4): Se debe anotar en esta columna el valor que resulte de multiplicar la cantidad anotada en la columna (2) por los factores de actualización registrados en la columna (3). 

Nota: Se deja constancia que los totales que se registran en la columna (4) deben coincidir exactamente con la información que se proporciona al SII por cada contribuyente mediante la columna “Retención Art. 74 N° 6 L.I.R., Monto Actualizado” de la Declaración Jurada Formulario N° 1811.