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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1844

 

1.                   Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los empleadores, habilitados o pagadores que hayan pagado rentas del Artículo 42° N° 1 de la Ley de la Renta, consistente únicamente en sueldos, pensiones y cualesquiera otras rentas similares y cuyos trabajadores o pensionados hayan solicitado que se les descontara de sus remuneraciones el monto de las donaciones efectuadas al Fondo Nacional de Reconstrucción, creado por Ley N°20.444, del 2010. Por lo tanto, se excluyen de la obligación de presentar el Formulario N°1844 las personas que no hayan realizado descuentos a sus trabajadores o pensionados por concepto de las donaciones indicadas.

 

 

2.                   Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE ( EMPLEADOR, HABILITADO O PAGADOR QUE EFECTUÓ EL DESCUENTO DE LA DONACIÓN)

 

          Se identificará al empleador, habilitado o pagador que canceló la renta sobre la cual se descontó la donación efectuada al Fondo Nacional de Reconstrucción, de la Ley N° 20.444, indicando el RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).

 

 

3.                   Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DE LA RENTA: SUELDOS, PENSIONES Y RENTAS SIMILARES DE LAS CUALES DE DESCONTO LA DONACIÓN)

Columna "RUT de la Persona que efectuó la donación (Trabajador o pensionado)”: Debe registrarse el RUT del trabajador pendiente o pensionado al cual se le efectuó el descuento por la donación  efectuada al Fondo Nacional de Reconstrucción, según Ley N° 20.444 del año 2010.


Columna “Montos Anuales Actualizados”:

(ESPACIO)

o                     Columna “Crédito Art. 5 Inciso Segundo de la Ley N° 20.444/2010”: Deberá anotarse  el monto anual a valor actualizado del crédito determinado por aquellos meses del año calendario respectivo en que se efectuaron donaciones al Fondo Nacional de Reconstrucción según las normas de la Ley N° 20.444 y el cual fue imputado mensualmente al Impuesto Único de Segunda Categoría. El monto del referido crédito equivalente al 40% de las donaciones efectuadas a valor actualizado.

 

o                     Columna “Crédito del Art. 9 N°2 de la Ley N°20.444/2010”: Deberá anotarse el monto anual a valor actualizado del crédito determinado por aquellos meses del año calendario respectivo en que se efectuaron donaciones al Fondo Nacional de Reconstrucción destinadas a obras específicas según las normas de la Ley N° 20.444,  y el cual fue imputado mensualmente el Impuesto Único de Segunda Categoría. El monto del referido crédito equivale al 27% de las donaciones efectuadas a valor actualizado.

 

o                     Columna “Períodos al Cual Corresponden las Rentas de las cuales se rebajaron las donaciones”: Se debe marcar con una "x", en cada periodo en que se realizó un descuento por donación destinada al Fondo Nacional de Reconstrucción de la Ley N° 20.444.

 

o                     Columna N° Certificado: Se debe anotar el N° del certificado emitido a cada trabajador o pensionado, informando los créditos por donaciones rebajados mensualmente del Impuesto Único de Segunda Categoría

 

 

4.               CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN


Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes.


Columna "Total de Casos Informados" corresponde al número total de los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.

 

5.               El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el artículo 97 N° 1 del Código tributario.