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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1850

 

1.                   Esta declaración debe ser presentada por los contribuyentes con domicilio o residencia en Chile que en conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 74 N°4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en concordancia con lo señalado en los Artículos 79 y 82 del mismo texto legal, deban practicar las retenciones de Impuesto Adicional por el pago, distribución, retiro, remesa, abono en cuenta o puesta a disposición del interesado de las rentas de los Artículos 14 bis,  Art. 58, 59, 60 y Art. 61 o por las mismas rentas acogidas a convenios vigentes para evitar la doble tributación internacional, incluyendo aquellas que se encuentren exentas o se trate de aquellas rentas o cantidades que deban tributar en el respectivo país de residencia, en virtud de la aplicación de tales convenios.  También deberán realizar la declaración jurada aquellos contribuyentes que declaren gastos rechazados de Artículo 21 de la citada Ley determinados al término del ejercicio a los empresarios individuales y socios de sociedades de personas y socios gestores de sociedades en comandito por acciones afectos al Impuesto Adicional de los Artículos 60 Inciso primero y 61° de la ley del ramo, así mismo las cantidades correspondientes a las operaciones señaladas en las letras a), c), d), e), h) y j), del N° 8, del Artículo 17 de la ley precitada.

 

 

2.                   Sección A:  IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE    Se debe identificar la Institución, Organismo, Persona o contribuyente que efectuó la retención, indicando su número de Rut, Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en estos dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo). 

 

 

3.                   Sección B:      DATOS DE LOS INFORMADOS. (Beneficiario de la Renta) 

 

Antecedentes del beneficiario de la renta. 

 

·                    En la columna “Nombre o Razón Social de la Persona Beneficiaria de la Renta”. Deberá registrarse el nombre o razón social de la persona natural o jurídica beneficiaria de la renta, debiendo utilizar una línea por cada una de las rentas de que se trate.4.

 

·                    Por lo tanto, en aquellos casos en que un beneficiario se le imputen rentas por un mismo concepto pero en distintas fechas estas deben ser detalladas en líneas diferentes. De igual forma debe operarse en caso de que en una misma fecha, se declaren rentas por distintos conceptos. 

 

·                    En la columna “Tax ID”. Deberá registrarse el código de administración tributaria o de identificación que tiene la persona natural o jurídica extranjera, en su país.   NO deben agruparse los contribuyentes en el RUT 55.555.555-5, debiendo indicar la información de cada uno de ellos en forma separada.

 

 

·                    En la columna “Rut”, deberá registrarse el Rut obtenido en Chile por la persona natural o jurídica beneficiaria de la Renta. NO deben agruparse los contribuyentes en el RUT 55.555.555-5, debiendo indicar la información de cada uno de ellos en forma separada. 

 

·                    En la columna “Domicilio Postal de la Persona Beneficiaria de la Renta”. Deberá registrarse el domicilio postal de la persona natural o jurídica extranjera, en su país. De esta forma, se deberá registrar el nombre de la calle o avenida, número, número de departamento, comuna, ciudad y región, provincia o estado.  

 

·                    En la columna “Código País de Residencia”. Indicar la sigla del país de residencia de la persona natural o jurídica beneficiaria de la renta, de acuerdo al listado que se encuentra para tal efecto en el Suplemento Declaraciones Juradas. 

 

·                    En la columna “Tipo de Relación”. Indicar el código correspondiente al tipo de relación existente, o la de mayor preponderancia, entre el Declarante y el Beneficiario de la Renta, de ahora en adelante la “Empresa”, donde las alternativas son:

 

(11)    Empresa es matriz o tiene el 50% o más de la propiedad del Declarante

(12)    Empresa es filial o Declarante tiene el 50% o más de su propiedad

(13)    Empresa es agencia o establecimiento permanente

(14)    Declarante es agencia o establecimiento permanente

(15)    Empresa es coligante o tiene el 10% o más y menos del 50% de la propiedad del Declarante

(16)    Empresa es coligada o Declarante tiene el 10% o más y menos del 50% de su propiedad

(17)    Empresa tiene participación directa en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%

(18)    Empresa tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%

(19)    Declarante tiene participación directa en el capital o en las utilidades de la Empresa, menor al 10%

(20)    Declarante tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades de la Empresa, menor al 10%

(31)    Empresa tiene participación directa en la dirección o administración del Declarante

(32)    Empresa tiene participación indirecta en la dirección o administración del Declarante

(33)    Declarante tiene participación directa en la dirección o administración de la Empresa

(34)    Declarante tiene participación indirecta en la dirección o administración de la Empresa

(35)    Empresa es controlador

(36)    Empresa es controlada

(41)    Ambas se encuentran directamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad

(42)    Ambas se encuentran indirectamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad

(51)    Contrato de exclusividad

(52)    Acuerdo de actuación conjunta

(53)    Tratamiento preferencial

(54)    Dependencia financiera o económica

(55)    Depósito de confianza

(56)    Empresa se encuentra constituida en un país o territorio considerado paraíso tributario (lista de D.S. N° 628 de 2003 del Ministerio de Hacienda)

(99)    No hay relación 

 

    Antecedentes de la renta 

 

·                    En la columna “Código del F-50 por el que entera el impuesto”. Indicar el Código de la Columna Impuesto del Formulario 50, correspondiente a la renta declarada sobre la cual se haya practicado la retención de Impuesto Adicional. 

 

·                    En el caso de rentas en donde no existió una retención de impuesto por aplicación de convenio para evitar la doble tributación internacional registre 999 (No Aplica). 

 

·                    En la columna “Código Renta asociada al entero de un impuesto a país con convenio”. Esta columna debe ser llenada por los contribuyentes que en la columna anterior, “Código del F-50 por el que entera el impuesto” hayan declarado el código 96 del F50, “Retención por la remesa de rentas acogidas a Convenios para Evitar la Doble Tributación Internacional”. Para las remesas declaradas en el mencionado código 96 del F50, se debe especificar a qué tipo de renta se refiere la remesa efectuada, de acuerdo a las descripciones por concepto otorgados en el F-50 (Formulario 50), identificando para ello el concepto del código remesado que le correspondería utilizar si dicha remesa no hubiese estado acogida a Convenio.

 

·                    En la columna “Fecha de Certificado de Residencia”. En los casos de rentas acogidas a Convenios para evitar la Doble Tributación, se deberá anotar la fecha de emisión, por parte de la Administración Tributaria Extranjera, del certificado de residencia de la persona natural o jurídica beneficiaria de la renta.  Para el caso de rentas que no estén acogidas a convenio y si se cuente con un certificado emitido al receptor de la renta deberá registrar número o folio por cada una de las retenciones. 

 

·                    En la columna “Tipo de Renta OECD”. Esta columna deberá ser llenada para el caso que los beneficiarios de las rentas sean personas residentes en países con los cuales Chile mantiene convenio vigente para evitar la doble tributación.

 

·                    Los agentes retenedores deberán registrar en ella las operaciones de acuerdo a la siguiente clasificación: 

 

6)   Rentas por propiedades inmuebles

7)   Beneficios empresariales

8) Transporte Internacional

10) Dividendos

11) Intereses

12) Regalías

13) Ganancias de Capital

14) Rentas de Trabajo Independiente

15) Renta de Trabajo dependiente

16) Directores

17) Actividades Artísticas y Deportivas

18) Pensiones

19) Servicios Públicos

20) Becas/Estudios

21) Otras Rentas 

 

·                    En la columna “Base Imponible según F- 50”. Registre el monto histórico en pesos, de la renta respecto de la cual se retuvo y dedujo el impuesto de retención.     

 

·                    En la columna “Impuesto Pagado según F-50”. Registre el monto histórico pagado, resultante de aplicar la tasa del impuesto de retención que corresponda, sobre la base imponible informada en la columna anterior, restando los créditos del artículo 63 en caso que corresponda. 

 

·                    En la columna “Monto Donación Art. 6/9 Ley 20.444/2010”. Deberá registrarse el monto actualizado correspondiente a la donación de los artículos 6/9 según corresponda de la Ley 20.444/2010.

 

·                    En la columna “Crédito Artículo 63 LIR Reemplazado Art. 6/9 Ley 20.444/2010”: Deberá registrarse el monto actualizado de crédito tributario de primera categoría que tenía derecho por la renta respectiva reemplazado por el crédito por donaciones según lo dispuesto en artículo 6/9 Ley 20.444/2010.

 

·                    En la columna “Crédito por Donación Art. 6/9 Ley 20.444/2010”: Deberá registrarse el monto de crédito tributario actualizado por donaciones determinado según lo dispuesto en artículo 6/9 Ley 20.444/2010.

 

·                    En la columna “Monto Renta Líquida”. Registre el monto líquido histórico, pagado, distribuido, retirado, remesado, abonado en cuenta o puesto a disposición del beneficiario de la renta. Es decir registre el resultado de restar a la columna “Base Imponible”, el monto registrado en la columna “Impuesto Pagado, según F50”. Para los casos que no exista crédito por Impuesto de Primera Categoría se entenderá que el impuesto pagado corresponde al impuesto retenido y para los casos en que exista crédito por Impuesto de Primera Categoría, que el impuesto pagado corresponde a la diferencia entre el impuesto retenido y el mencionado crédito. 

 

·                    En el caso de rentas exentas, por aplicación de convenio para evitar la doble tributación internacional registre el monto histórico en pesos, de la renta pagada, distribuida, retirada, remesada, abonada en cuenta o puesta a disposición, según sea el caso.

 

·                    En la columna “Gastos Rechazados Monto Actualizado”. Registre las retenciones que se hubieren efectuados por concepto de gastos rechazados que se refiere el Artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta, que corresponden a los contribuyentes de los Artículos 60° inciso primero y 61° de la ley antes mencionada. 

·                    En la columna “Número de Certificado”. Registre el número o folio del Certificado emitido al receptor de la renta, por cada una de las retenciones que se indica de conformidad a lo dispuesto en la Res. Ex. N° 6173, publicada en el D.O. del 16.12.97. 

 

·                    En la columna “Fecha de pago, Distribución, Retiro, Remesa, Abono en cuenta o Puesta a Disposición de la Renta”. Registre la fecha en que fue efectuado el pago, distribución, retiro, remesa, abono en cuenta o puesta a disposición del monto de la renta líquida. 

 

 

CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN: 

 

·                    En la columna, “Total de Base Imponible”.  Registre la suma total de la columna “Base Imponible según F-50” declarada en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”. 

 

·                    En la columna, “Total de Impuesto Pagado”. Registre la suma total de la columna “Impuesto Pagado según F-50” en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”. 

 

·                    En la columna, “Total Crédito  Art. 6/9 Ley 20.444/2010”.  Registre la suma total de la columna “Crédito por Donación Art. 6/9 Ley 20.444/2010” declarada en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”.  

 

·                    En la columna, “Total Monto Donación Art. 6/9 Ley 20.444/2010”.  Registre la suma total de la columna “Monto Donación Art. 6/9 Ley 20.444/2010” declarada en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”.  

 

·                     En la columna, “Total de Monto de Renta Líquida”. Registre la suma total de la columna “Monto de Renta Líquida” en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”. 

 

·                    En la columna, “Total Gastos Rechazados Monto Actualizado”. Registre la suma total de la columna “Gastos Rechazados Monto Actualizado” en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”. 

 

·                    En la columna, “Total de Casos Informados”. Registre el número total de los casos que informados en el cuadro “Datos de los Informados (Beneficiarios de la Renta)”.