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EI – IP – 001 Internacional Renta 30-11-2016 Descarga Archivo pdf

Reorganización que genera el uso de gastos por concepto de intereses.

Esquema analizado:

Uso de Gasto por intereses producto de reorganizaciones.

Doctrina del caso:

Las empresas o entidades deben determinar su renta líquida deduciendo de su renta bruta todos los gastos que hayan sido necesarios para producir la señalada renta, cumpliendo los requisitos que para dichos fines la ley establece.

Por su parte, las empresas o entidades que constituyen agencias y filiales (en Chile o en el extranjero) con la finalidad de obtener financiamiento, deben reconocer en su contabilidad los gastos asociados a los préstamos (gastos bancarios y los intereses pactados en la vigencia del contrato), así como los pagos de la deuda.

Adicionalmente, la casa matriz, agencias y filiales pueden celebrar distintos tipos de contratos, entre ellos o con un tercero independiente, cuyo efecto que debe ser registrado en la contabilidad de cada uno de ellos.

Situación concreta:

La transacción o esquema vulnera lo señalado previamente; y se origina con la constitución de una agencia en Cayman, la cual obtiene financiamiento mediante la colocación de bonos. La agencia se obliga a pagar los intereses que devenga la deuda, siendo éstos pagados por la casa matriz ubicada en Chile.

La casa matriz ubicada en Chile participa en un 99,99% en una filial constituida en un paraíso fiscal, quien participa en un 99,9% en una filial en el país A. Esta filial en el país A recompra los bonos emitidos por la agencia en Cayman a un precio inferior, generándose una utilidad financiera.

El pago de los intereses asociado a la deuda cambia al nuevo tenedor (filial del país A), quien pertenece al mismo conglomerado.

Los fondos recibidos por la filial en país A, ingresan a la casa matriz mediante nuevos préstamos, devengando nuevos intereses.

Elementos del esquema

Para llevar a cabo este esquema, se utiliza la constitución de una agencia en Cayman y de las filiales constituidas en paraíso tributario y en el país A.

A su vez se requiere celebración del contrato por la colocación de bonos en Cayman, y la recompra de aquellos.

Ventaja Tributaria:

La utilización del esquema descrito permite generar una Pérdida Tributaria, al consolidar los resultados de la casa matriz y agencia; lo cual incide en las solicitudes de devoluciones de pago por Utilidades Absorbidas de la casa matriz.

Normativa Legal:

  • Artículo 31 Ley sobre Impuesto a la Renta, requisitos de los gastos necesarios para producir la Renta
  • Artículo 31 N°3 Ley sobre Impuesto a la Renta, pérdidas tributarias
  • Artículo 41 B N°1 Ley sobre Impuesto a la Renta, consolidación de resultados
  • Artículo 59 N°1 Ley sobre Impuesto a la Renta, intereses

Comentario Final

El esquema descrito puede presentar similitudes de forma con otras planificaciones tributarias que dicen relación con la utilización de pérdidas tributarias originadas en gastos por interés; sin embargo, los efectos tributarios de los mismos deben ser analizados caso a caso. Los contribuyentes pueden consultar de manera previa de conformidad al artículo 26 bis del Código Tributario. Para tales efectos, se considerarán las circunstancias particulares del contribuyente y los negocios que desarrolla.

De este modo, un mismo o similar esquema o configuración no necesariamente debe asimilarse al descrito en el presente caso.