Para cumplir con tu obligación, el cálculo de la cuota estará disponible para ti al acceder a tu Propuesta de Declaración de Renta.
Al ingresar, te informaremos el detalle de la cuota que te corresponde pagar, considerando la información disponible en nuestras bases y la proporcionada por la empresa a la que prestaste servicios a través de la Declaración Jurada 1879.
El cálculo considerará:
¡Revisa en detalle la información!
Si la información no es correcta, comunícate con tu agente retenedor para que la rectifique o bien rectifica el Formulario 29 correspondiente. La información se actualizará en un plazo de 72 horas en tu propuesta.
Luego accede a tu Propuesta de Declaración, revisa y envía. Una vez que hayas realizado el pago, tu obligación estará cumplida.