Beneficio rebaja de contribuciones para el Adulto Mayor A+ a-

La Ley 21.210, que moderniza la legislación tributaria, amplió el beneficio para los adultos mayores vulnerables económicamente, propietarios de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional, permitiéndoles acogerse a una mayor rebaja en sus cuotas de contribuciones, a partir de abril y junio de 2020, dependiendo de sus ingresos:

  • Si sus ingresos mensuales, al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja, son iguales o inferiores a $ 731.309 (13,5 UTA anuales), tendrán una rebaja del 100% del Impuesto Territorial, respecto de una propiedad con destino habitacional de la cual sea propietario.

  • Si sus ingresos mensuales, al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja, son superiores a $ 731.309 (13,5 UTA anuales) e inferiores o iguales a $ 1.625.130 (30 UTA anuales), gozarán de una rebaja del 50% de las contribuciones para dicha propiedad.

 

En caso de ser propietario de varios inmuebles que califiquen para el beneficio, este se aplicará al bien raíz que tenga el avalúo fiscal más alto.

¿Cómo acceder al beneficio?

El Servicio de Impuestos Internos en el mes de agosto de este año (2022) verificó el cumplimiento de los requisitos, para aplicar el beneficio a las cuotas con vencimiento en septiembre y noviembre del año 2022 y a las cuotas con vencimiento en abril y junio del año 2023. Los adultos mayores que cumplen con los requisitos reciben una carta en su domicilio o en su correo electrónico si es que se tiene registrado en el SII.


Aquellos contribuyentes que consideren cumplir los requisitos y que no reciban la carta señalada, podrán solicitar el beneficio aquí ingresando con su Rut y clave tributaria o clave única.