A principios de este año se modificó la ley de cotizaciones previsionales que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, con un mecanismo obligatorio y gradual. Por ello, desde esta Operación Renta, el SII realizará el cálculo anual de la cotización que te corresponde pagar para los seguros de Invalidez y Sobrevivencia, Accidentes y Enfermedades Profesionales y Acompañamiento de Niñas y Niños (Ley SANNA); además de cotizaciones de Salud y Pensiones, de acuerdo a los siguientes porcentajes:
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) Pensiones de invalidez y de sobrevivencia, cuota mortuoria. |
1,53% |
Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) Prestaciones preventivas, atención médica gratuita, rehabilitación, orden de reposo (licencias médicas y subsidios por incapacidad laboral) indemnizaciones, pensiones de invalidez y de sobrevivencia. |
0,915% |
Ley Sanna Licencia médica y subsidios en caso de enfermedad de un hijo. |
0,015% |
Salud Atención médica (ambulatoria y hospitalaria), licencia médica, Subsidios de Incapacidad Laboral, Subsidio prenatal, postnatal parental. |
7% |
AFP |
10% + Comisión |
Al ingresar a declarar Renta, podrás visualizar el cálculo que te corresponde de acuerdo a tus ingresos, si estás obligado.