Si arrendaste tus bienes raíces amoblados utilizando una aplicación móvil, recuerda que tienes que incorporar los pagos recibidos en tu Declaración de Renta. El monto recibido por arriendo se declara en el código [955] y en el código [166] se pueden rebajar las contribuciones proporcionales a los días de arriendo.
Considera que:
Que viviendas están acogidas al DFL2
Fecha de Adquisición |
Efecto Tributario |
Hasta el día 31.10.2010 |
No están afectos a Impuestos de la Ley de la Renta. |
A contar del 01.11.2010 |
Regla general: accede a beneficio de exención con límite de 2 viviendas DFL 2 por contribuyente (*). |
(*) Si al 01-11-2010 la persona ya es propietaria de dos o más viviendas DFL 2, no podrá gozar de la exención respecto de las nuevas viviendas DFL 2 que adquiera en el futuro.
Es importante señalar que en el caso de que la vivienda se arriende amoblada, este arriendo se encuentra afecto a IVA. Para el cálculo de este impuesto, está disponible la Calculadora de IVA por arriendo de inmuebles amoblados.
Para más información consulta la Circular 37 de 2015