Información General

El pago obligatorio de cotizaciones para trabajadoras y trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios (sin posibilidad de renuncia) comenzó en la Operación Renta 2019. Los primeros trabajadores bajo este régimen, comenzaron a recibir cobertura en seguridad social a partir del 1º de julio del mismo año.

La cotización obligatoria para estos trabajadores, da acceso a todos los beneficios de la seguridad social, asegurándoles la misma protección con la que cuentan los trabajadores dependientes.

Sin embargo, este año hay algunos cambios en comparación con la Operación Renta AT 2019, por ejemplo:

- En el caso de los contribuyentes que optaron por la Cobertura Parcial, se les realizó el cálculo de las cotizaciones previsionales de Salud y Pensiones, sobre el 5% de la Base imponible. Este año se realizará el cálculo sobre el 17%, que es el porcentaje de cotización parcial establecido para 2020, el que se irá incrementando cada año, hasta el año 2028, cuando ya no existirá la posibilidad de optar por cobertura parcial.

En el caso de los contribuyentes que realizaron pagos a las AFP, a FONASA y a las Mutuales o ISL, ese monto se rebajó de las cotizaciones calculadas en 2019. Este año, considerando que el contribuyente no se encontraba obligado a realizar pagos en dichas instituciones, desde la Operación Renta AT 2020, dichos montos no son considerados como pago de las cotizaciones previsionales.