Una de las declaraciones juradas que presentaste y que otorga créditos de impuesto de primera categoria está impugnada.
Si tienes esta observación es porque tu Declaración Jurada Formulario N° 1923, 1924, 1943, 1940 o 1941, según corresponda, se encuentra impugnada, porque falta el pago del impuesto en parte o en su totalidad.
En este caso debes revisar:
Luego, se debe rectificar la Declaración Jurada o Formularios Mensuales N°29 o N°50, según corresponda.