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CIRCULAR Nº 61, DEL 18 DE OCTUBRE DE 1996

MATERIA:ESTABLECE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS A NOTARIAS Y
CONSERVADORES DE BIENES RAICES PARA EL TRASPASO DE INFORMACION AL SII SOBRE TRANSFERENCIAS DE BIENES RAICES.

En el Diario Oficial del día 04 de octubre de 1996, se publicó la
Resolución Exenta del 30 de septiembre de 1996, No. 4.554 que establece el
procedimiento de traspaso de información de Notarios y Conservadores de
Bienes Raíces al Servicio de Impuestos Internos.

Para los efectos de su implementación a contar del 01 de noviembre de 1996,
a continuación se imparten instrucciones sobre los procedimientos
operativos a seguir por los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces para
el cumplimiento de lo establecido en la citada Resolución:

I. PROCEDIMIENTO DE TRASPASO DE INFORMACION AL SII

1.1. Formulario No. 2.890

Para el traspaso de información se ha establecido un Formulario Unico, que
utilizarán todas las Notarías y Conservadores de Bienes Raíces del país,
denominado "Declaración Sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces"
(F-2.890, del cual se adjunta copia). Este Formulario será proporcionado por
el SII y estará a disposición de las Notarías y Conservadores de bienes
raíces en las Unidades de Avaluaciones del Servicio.

1.2. Instrucciones generales de llenado del formulario 2.890.

Para su llenado los Srs. Notarios y Conservadores deberán seguir las
siguientes instrucciones generales:

El Formulario 2.890 se llenará en original, sin copias.
Se debe escribir a máquina o con letra tipo imprenta.
Se debe llenar un Formulario 2.890 para cada propiedad que se transfiera.
No se permitirán enmendaduras en el llenado del Formulario en la Sección
"Uso exclusivo del Notario". De cometerse algún error en su llenado, se
deberá completar un nuevo F-2.890.
Si las líneas disponibles no son suficientes para registrar el nombre de
todos o de cada uno de los adquirentes y/o enajenantes, se deberá agregar
un nuevo F-2.890, registrando además, en él los datos de:
Identificación del o los adquirentes o enajenantes restantes, (Nombre, RUT
y porcentaje de derechos)
Número de hoja y total de Formularios
Nombre y Código de la comuna
Número de rol de avalúo de la propiedad
Firma y timbre del Notario

1.3. Instrucciones de llenado para la Sección "Uso exclusivo del Notario".

Campo No. : 4 al 5
Nombre : Hoja No., De.
No. de caracteres : 2
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : En los casos en que el número de enajenantes o adquirentes supere la
capacidad del formulario (5), deberá llenarse otro Formulario 2.890,
registrando el dato de Hoja No. 1 De 2 y Hoja No. 2 De 2, etc.
Campo No. : 23
Nombre : RUT Notario.
No. de caracteres : 10
Tipo de carácter : Numérico.(*)

(*) Nota : El dígito verificador puede ser alfabético.

Identificación del (o los) enajenante(s):

Campo No. : 101, 111, 121, 131 y 141.
Nombre : Razón social o apellido paterno, materno y nombres
No. de caracteres : 32
Tipo de carácter : Alfabético.
Campo No. : 133, 143, 153, 163 y 173.
Nombre : RUT.
No. de caracteres : 10
Tipo de carácter : Numérico.(*)
(*) Nota : El dígito verificador puede ser alfabético.
Campo No. : 134, 144, 154, 164 y 174.
Nombre : % Derechos.
No. de caracteres : 3
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe indicar en números enteros, sin decimales y sin registrar el
signo %.
Domicilio primer enajenante:
Campo No. : 166.
Nombre : Calle.
No. de caracteres : 25
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 176.
Nombre : Número.
No. de caracteres : 5
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 186.
Nombre : Departamento.
No. de caracteres : 4
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 196.
Nombre : Lc/Bx/Bd.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 188.
Nombre : Comuna.
No. de caracteres : 20
Tipo de carácter : Alfabético.
Identificación del (o los) adquirente(s):
Campos No. : 1, 11, 21, 31 y 41.
Nombre : Razón social o apellido paterno, materno y nombres
No. de caracteres : 32
Tipo de carácter : Alfabético.
Campo No. : 33, 43, 53, 63 y 73.
Nombre : RUT.
No. de caracteres : 10
Tipo de carácter : Numérico.(*)

(*) Nota : El dígito verificador puede ser alfabético.

Campo No. : 34, 44, 54, 64 y 74.
Nombre : % Derechos.
No. de caracteres : 3
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe indicar en números enteros, sin decimales y sin registrar el
signo %.

Dirección postal primer adquirente:

Se debe solicitar y registrar la dirección postal del primer adquirente,
para el envío de correspondencia por parte del SII, cuando la dirección
del bien raíz enajenado sea de difícil acceso postal o a solicitud de éste.
No obstante, en los casos de sitios no edificados o predios agrícolas,
siempre deberá registrarse una dirección postal.
Campo No. : 66.
Nombre : Calle.
No. de caracteres : 25
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 76.
Nombre : Número.
No. de caracteres : 5
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 86.
Nombre : Departamento.
No. de caracteres : 4
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 96.
Nombre : Lc/Bx/Bd.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 88.
Nombre : Comuna.
No. de caracteres : 20
Tipo de carácter : Alfabético.

Nota : Se debe registrar el nombre de la comuna postal de acuerdo a Tabla
de nombres de comunas que se adjunta a la presente Circular.
Información de la propiedad enajenada:
Campo No. : 98 y 99.
Nombre : Primera enajenación. (Si-No).
No. de caracteres : 1
Tipo de carácter : Alfabético (se debe indicar una "x" en sólo uno de los
campos).
Nota : Se debe indicar con una "x" si se trata o no de la primera
enajenación o primer traspaso de dominio de un bien raíz originado en una
subdivisión, loteo o construcción acogida a la Ley de venta por piso.
Campo No. : 8.
Nombre : Comuna.
No. de caracteres : 20
Tipo de carácter : Alfabético.
Nota : Se debe registrar el nombre de la comuna a la que pertenece la
propiedad enajenada de acuerdo a Tabla de nombres de comunas que se adjunta
a la presente Circular.
Campo No. : 108.
Nombre : Código Comuna.
No. de caracteres : 5
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe registrar el Código que identifica a la comuna que pertenece
la propiedad enajenada de acuerdo a Tabla de Códigos que se adjunta a la
presente Circular.
Campo No. : 77.
Nombre : No. Rol Avalúo
No. de caracteres : 9
Tipo de carácter : Alfanumérico.

Nota : El Notario deberá exigir que se le exhiba el último Boletín de Pago
de contribuciones del bien raíz o un Certificado de exención de
contribuciones si procede. Tratándose de primeras enajenaciones el Notario
deberá exigir que se le exhiba un "Certificado de Asignación de Roles en
Trámite", a partir de las fechas indicadas para cada región del país de
acuerdo a lo instruido por Resolución No. 4.553 del SII (DO 04.09.96).
Campo No. : 6.
Nombre : Calle.
No. de caracteres : 25
Tipo de carácter : Alfanumérico.

Nota : Se debe indicar el nombre completo de la calle en que se ubica la
propiedad enajenada, de acuerdo a lo señalado en la escritura, con
excepción de los casos de primeras enajenaciones, en que primará el nombre
de la calle señalado en el Certificado de Asignación de Roles de Avalúo en
Trámite emitido por el SII. Esta observación es válida también para el
resto de los datos correspondientes a la dirección del predio.
Campo No. : 16.
Nombre : Número.
No. de caracteres : 5
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 26.
Nombre : Departamento.
No. de caracteres : 4
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 36.
Nombre : Lc/Bx/Bd.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 6.
Nombre : Población/Villa/Lugar.
No. de caracteres : 20
Tipo de carácter : Alfanumérico.
Campo No. : 700.
Nombre : Fecha escritura.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe señalar día, mes y año. Por ejemplo: 22.09.97.
Campo No. : 17.
Nombre : No. Repertorio.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 27.
Nombre : CNE (Código Naturaleza Escritura).
No. de caracteres : 2
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : A continuación se señalan los Códigos de Naturalezas de escrituras a
registrar en el Formulario 2.890. Estos códigos también se encuentran
señalados en el reverso del Formulario.
Campo No. : s/n.
Nombre : Certifica deuda.
No. de caracteres : 1
Tipo de carácter : Alfabético (se debe indicar una "x" en sólo uno de los
campos).
Nota : En este recuadro se deberá señalar si al Notario se le exhibió un
certificado de deuda de contribuciones de la propiedad enajenada emitido
por la Tesorería General de la República.
Campo No. : s/n.
Nombre : Existe deuda.
No. de caracteres : 1
Tipo de carácter : Alfabético (se debe indicar una "x" en sólo uno de los
campos).
Nota : Sólo si se certifica deuda (recuadro anterior), en este recuadro se
deberá indicar si el Certificado de deuda de contribuciones exhibido
registra pagos pendientes por concepto de contribuciones de bienes raíces.
En caso contrario, si no se certifica deuda, este recuadro no deberá
llenarse.
Campo No. : 500 para UF y 501 para $.
Nombre : Monto Enajenación.
No. de caracteres : 11
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe registrar una "x" en uno de los dos campos señalados. Los
datos de monto de la enajenación, pago al contado y detalle del crédito
deben corresponder al tipo de moneda señalado anteriormente. Se deberán
registrar en números enteros, sin decimales.
Campo No. : 600.
Nombre : Pago al contado.
No. de caracteres : 11
Tipo de carácter : Numérico.
Detalle del Crédito:
Campo No. : 601.
Nombre : Pago 1er año.
No. de caracteres : 11
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 602.
Nombre : Pago 2do año.
No. de caracteres : 11
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 603.
Nombre : Meses plazo.
No. de caracteres : 3
Tipo de carácter : Numérico.
Firmas : El primer adquirente deberá registrar su firma en el anverso del formulario. Asimismo, El Notario deberá registrar su timbre y firma.
1.4. Instrucciones de llenado para la Sección "Uso exclusivo del
Conservador de Bienes Raíces"
Campo No. : 3
Nombre : RUT Conservador.
No. de caracteres : 10
Tipo de carácter : Numérico.(*)
(*) Nota : El dígito verificador puede ser alfabético.
Inscripción en el registro de propiedad:
De acuerdo a lo establecido en el Código Tributario el Conservador de
bienes raíces deberá verificar, previo a la inscripción de la transferencia
en el registro de propiedad, que no exista deuda de contribuciones de
bienes raíces. En los casos de primeras transferencias de propiedades
originadas de una subdivisión, loteo o construcción acogida a la ley de
venta por piso, el Conservador deberá verificar que no exista deuda de
contribuciones del rol matriz.
Campo No. : 100.
Nombre : Fojas.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 200.
Nombre : Número.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 300.
Nombre : Año.
No. de caracteres : 4
Tipo de carácter : Numérico.
Campo No. : 400.
Nombre : Fecha inscripción.
No. de caracteres : 6
Tipo de carácter : Numérico.
Nota : Se debe señalar día, mes y año. Por ejemplo: 22.09.97.
Firma y timbre del Conservador: El Conservador de bienes raíces deberá
registrar su timbre y firma en el anverso del formulario.
Ratificación de Enmendaduras: Si al llenar esta Sección del formulario se
produjera alguna enmendadura, deberá ratificarse esta información al
reverso del formulario en el campo respectivo conjuntamente con el timbre y
firma del Conservador.

II. PROCEDIMIENTO DE REMISION DE LOS FORMULARIOS 2.890 DESDE EL CONSERVADOR
DE BIENES RAICES AL SII

2.1. Formulario No. 2.895

Para los efectos de remisión de los formularios 2.890 por parte de los
Conservadores de Bienes Raíces, se ha establecido un procedimiento que
incluye la participación de :

La Oficina de Avaluaciones o Departamento Regional de Avaluaciones
correspondiente al domicilio del Conservador (intermediario receptor).
La Oficina de Operaciones de la Subdirección de Avaluaciones
(destinatario final y procesador de la información remitida).

Para ello se ha confeccionado un formulario de remisión denominado
formulario 2.895 (F-2.895) y del cual se adjunta copia para su
conocimiento y mejor comprensión de las instrucciones de llenado del mismo,
y cuyo principal objetivo es asegurar que los formularios 2.890 enviados, se
encuentran a la vista del Conservador respectivo al momento de ser
remitidos.
El formulario 2.895 tiene el formato de autocontenedor con un original para
el Conservador y una copia para el SII. Todos los campos del original son
de llenado obligatorio para el Conservador, la copia en cambio agrega
elementos de uso exclusivo del SII. Su confección no acepta enmiendas, por
lo que de detectarse un error en el llenado de él antes de ser remitido,
deberá confeccionarse otro formulario de remisión.

2.2 Instrucciones de llenado del formulario 2.895

El formulario de remisión se divide en dos partes las cuales son fácilmente
identificables y que deberán llenarse de acuerdo a las instrucciones que a
continuación se detallan :

Identificación del Remitente

La primera parte del F-2.895 tiene el formato de memorándum de remisión de
documentos y su principal objetivo es la identificación del remitente y de
la información remitida, y se deberá llenar la información considerando lo
siguiente :

Fecha : Corresponde a la fecha de envío de los formularios 2.890 por parte
del Conservador, la que de acuerdo a lo estipulado en la resolución exenta
No. 4.554 del SII, no puede ser posterior al 10 de cada mes. Sin perjuicio de lo anterior, si el día 10 de un cierto mes resulta ser día inhábil, se entenderá que se extiende el plazo automáticamente al día hábil siguiente.

El formato de este campo debe ser dd/mm/aa.

Remisión de Documentos No.: Para una correcta identificación de la remisión
y de los documentos que la acompañan, se ha determinado necesario la
implementación de un correlativo de remisión el cual se utilizará como
referencia para cualquier comunicación posterior entre el SII y el
Conservador.

El correlativo será de carácter anual, iniciándose éste, con las remisiones
efectuadas hasta el 10 de febrero de cada año y que hacen referencia a
inscripciones practicadas en enero del mismo año, y caducando dicho
correlativo con las remisiones efectuadas hasta el 10 de enero del año
siguiente, respecto de las inscripciones practicadas en diciembre.

El formato de este campo debe ser numérico de 4 dígitos.

Conservador de Bienes Raíces de: En este campo deberá consignarse el Nombre
de la jurisdicción territorial del Conservador de Bienes Raíces respectivo,
sin perjuicio que en el timbre que se deberá estampar acompañando la firma
también aparezca dicha identificación.

Firma y Timbre Conservador: Se deberá estampar la firma y timbre del
Conservador remitente, como una formalización de la remisión respectiva.
Rut Conservador: Corresponde al RUT del Conservador Titular, aún cuando la
remisión la esté efectuando el Conservador Suplente. Su consignación es
estrictamente necesaria para la certificación del origen de la remisión.

Detalle de la Remisión.

Esta sección tiene por objeto capturar el detalle de los documentos
enviados, utilizando totalizadores como elementos de cuadratura de la
remisión. Al llenar esta sección se deberá considerar lo siguiente :
Mes de inscripción : Corresponde al mes efectivo en que fue practicada la
inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de
las escrituras relacionadas con los formularios 2.890 que se remite, y debe
corresponder al mes inmediatamente anterior al de la fecha de envío.

En ningún caso deberá enviarse en un mismo sobre contenedor, Formularios

2.890 relacionados con inscripciones de distintos meses.

El mes deberá consignarse en forma alfabética y sin abreviaciones.

Detalle Formularios Enviados: Esta sección consta de dos recuadros, "Desde"
y "Hasta", en los cuales se deberá consignar las fojas, números y años de;
la inscripción siguiente a la última de la remisión correlativa anterior y
la última inscripción que contiene la presente remisión respectivamente.

Entendiéndose por última inscripción como la mayor en orden correlativo.

Un caso especial lo constituyen, correlativamente, las primeras y últimas
remesas correspondientes a un cierto mes, las que siempre deberán
consignar, en el caso de las primeras remesas, en el campo "Desde", la
primera inscripción practicada durante ese mes, y en el caso de las últimas
remesas, en el campo "Hasta", la última inscripción practicada en el mismo
mes, de modo de conformar, a lo largo del año, una cadena continua de
remisiones e inscripciones.

Aún cuando la Inscripción que se debe consignar en los recuadros "Desde" y
"Hasta", no se incluya en la remesa, éstas deben ser registradas en la
casilla respectiva, ya que ello permitirá llevar un orden respecto de la
remisión de las inscripciones practicadas. Si este es el caso, esta
inscripción y todas aquellas no incluidas deben ser consignadas en el
recuadro "Total inscripciones excluidas".

El formato de los campos es estrictamente numérico, por lo que para
inscripciones practicadas a fojas vuelta, sólo debe considerarse el número
de fojas. La máxima extensión para los campos fojas y número es 6 dígitos,
y para el año es 4 dígitos.

Total documentos enviados: El objetivo de este campo es cuadrar la remisión
y corresponde a la totalidad de formularios 2.890 enviados mediante una
remesa. En el caso que una misma inscripción incluya más de un formulario,
cada uno de ellos debe considerarse como una unidad, es decir, si en una
remesa se envía 50 inscripciones de las cuales 40 utilizan un sólo F-2.890 y

10 de ellas utilizan 2 F-2.890 cada una, en el campo "Total documentos
enviados" debe registrarse 60.

Este campo es de formato numérico y su valor máximo será de 100.

Total inscripciones excluidas: En el caso que existan inscripciones
practicadas en el registro de propiedad que no corresponda la confección de
un formulario 2.890, y que por lo tanto no se incluyen dichas inscripciones
dentro de la remesa de documentos, se deberá consignar en este campo la
cantidad total de inscripciones excluidas del envío.

Si no existen inscripciones excluidas dentro de una remesa, debe
consignarse el número cero.

Al igual que el campo anterior, el objetivo de este campo es cuadrar la
remisión de los formularios 2.890 y su formato es numérico.

2.3 Consideraciones para la confección de las remesas
Una vez reunidos los formularios 2.890 a remitir, correspondientes al mes
anterior, deberá considerarse lo siguiente antes de la confección de los
formularios autocontenedores (F-2.895) presentado con anterioridad :

La remisión de los formularios deberá hacerse en estricto orden
correlativo de las inscripciones, es decir, fojas, número, año. Si existe
más de un formulario para una misma inscripción, deberá considerarse para
establecer el orden correlativo, los campos 04 "HOJA No. " y 05 "DE" cuando
se trata de un mismo Bien Raíz, y el campo 77 "No. ROL AVALUO" en el caso
que se trate de distintas Propiedades.
La cantidad máxima de formularios 2.890 a incluir en un F-2.895 es de 100
unidades. Si se debe enviar una cantidad mayor, debe llenarse tantos F-2.895
como se requiera, los que deberán ser considerados como remesas
independientes para los efectos de asignación del correlativo Remisión de
Documentos No..
Para la confección de los formularios de remisión (F-2.895) debe
utilizarse papel calco.
Una vez confeccionados los F-2.895 e incluidos en su interior los
respectivos formularios 2.890, se debe proceder a estampar el timbre del
Conservador en la aleta posterior del sobre previamente cerrado y sellado
con una cinta adhesiva. El sellado del sobre debe ser lo suficientemente
seguro de modo de evitar que éste se abra.
No debe omitirse ningún campo, pues todos son de llenado obligatorio. El
cumplimiento de esta instrucción será fiscalizado por la oficina de
Avaluaciones correspondiente al momento de la recepción.

2.4 Envío de las remisiones al Servicio de Impuestos Internos

Todas las remisiones de los formularios 2.890 al SII por parte del
Conservador deben ser efectuadas mensualmente durante los primeros diez
días de cada mes, de acuerdo a las instrucciones impartidas mediante la
resolución exenta ya mencionada.

Dicho envío deberá efectuarse por mano exclusivamente a la Oficina de
Avaluaciones o Departamento Regional de Avaluaciones del Servicio de
Impuestos Internos correspondiente a su domicilio. Si la Unidad del SII que
corresponde a su domicilio no cuenta con Oficina de Avaluaciones, las
remisiones serán decepcionadas por un funcionario previamente designado
para esta labor.

En el momento de la recepción se fiscalizará que todos los campos se
encuentren llenos, que la firma y timbre aparezcan debidamente estampados,
que la copia del SII sea absolutamente legible y su contenido sea idéntico
al original y que la remisión no adolezca de enmienda alguna tanto en su
original como en su copia. De tener alguna observación, ya sea por enmienda
o por omisión de algún dato, la remisión en cuestión será devuelta al
Conservador, quien deberá reenviarla a la mayor brevedad posible.

Una vez recepcionado conforme los formularios de remisión (F-2.895), se
procederá a entregar timbrado el original del formulario 2.895 el cual
quedará en poder del Conservador como respaldo de la remisión efectuada.

III. VIGENCIA DE LA RESOLUCION

La Resolución No. 4.554, exenta, regirá para todo el país respecto de los
contratos celebrados a contar del 01 de noviembre de 1996.

Por lo anterior, todos los contratos celebrados hasta el 31 de octubre de
1996, se regirán por el procedimiento anterior, es decir, remisión al
SII del Formulario 5.198 por parte del Notario y de una copia simple
de la escritura por parte del Conservador de Bienes Raíces.

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR

TABLA DE CODIGOS Y NOMBRES DE COMUNAS FORMULARIO 2890
I REGION
01101 ARICA
01106 CAMARONES
01208 CAMIÑA
01210 COLCHANE
01302 GENERAL LAGOS
01206 HUARA
01201 IQUIQUE
01203 PICA
01204 POZO ALMONTE
01301 PUTRE
II REGION
02201 ANTOFAGASTA
02301 CALAMA
02103 MARIA ELENA
02203 MEJILLONES
02302 OLLAGUE
02206 SIERRA GORDA
02303 SN.PEDRO DE ATACAMA
02202 TALTAL
02101 TOCOPILLA
III REGION
03304 ALTO DEL CARMEN
03202 CALDERA
03101 CHAÑARAL
03201 COPIAPO
03102 DIEGO DE ALMAGRO
03302 FREIRINA
03303 HUASCO
03203 TIERRA AMARILLA
03301 VALLENAR
IV REGION
04104 ANDACOLLO
04304 CANELA
04205 COMBARBALA
04103 COQUIMBO
04301 ILLAPEL
04102 LA HIGUERA
04101 LA SERENA
04303 LOS VILOS
04203 MONTE PATRIA
04201 OVALLE
04106 PAIHUANO
04204 PUNITAQUI
04206 RIO HURTADO
04302 SALAMANCA
04105 VICUÑA
V REGION
05406 ALGARROBO
05203 CABILDO
05702 CALLE LARGA
05403 CARTAGENA
05305 CASABLANCA
05603 CATEMU
05309 CONCON
05405 EL QUISCO
05404 EL TABO
05503 HIJUELAS
05101 ISLA DE PASCUA
05308 JUAN FERNANDEZ
05504 LA CALERA
05505 LA CRUZ
05201 LA LIGUA
05506 LIMACHE
05606 LLAY LLAY
05701 LOS ANDES
05502 NOGALES
05507 OLMUE
05602 PANQUEHUE
05205 PAPUDO
05202 PETORCA
05307 PUCHUNCAVI
05604 PUTAENDO
05501 QUILLOTA
05304 QUILPUE
05306 QUINTERO
05704 RINCONADA
05401 SAN ANTONIO
05703 SAN ESTEBAN
05601 SAN FELIPE
05605 SANTA MARIA
05402 SANTO DOMINGO
05301 VALPARAISO
05303 VILLA ALEMANA
05302 VIÑA DEL MAR
05204 ZAPALLAR
VI REGION
06209 CHEPICA
06202 CHIMBARONGO
06107 CODEGUA
06116 COINCO
06106 COLTAUCO
06105 DOÑIHUE
06103 GRANEROS
06304 LA ESTRELLA
06109 LAS CABRAS
06303 LITUECHE
06206 LOLOL
06102 MACHALI
06115 MALLOA
06305 MARCHIGUE
V REGION
06203 NANCAGUA
06302 NAVIDAD
06114 OLIVAR
06207 PALMILLA
06306 PAREDONES
06208 PERALILLO
06108 PEUMO
06111 PICHIDEGUA
06301 PICHILEMU
06204 PLACILLA
06214 PUMANQUE
06117 QTA.DE TILCOCO
06101 RANCAGUA
06112 RENGO
06113 REQUINOA
06104 SAN FCO. MOSTAZAL
06201 SAN FERNANDO
06110 SAN VICENTE
06205 SANTA CRUZ
VII REGION
07401 CAUQUENES
07403 CHANCO
07303 COLBUN
07208 CONSTITUCION
07207 CUREPTO
07101 CURICO
07209 EMPEDRADO
07107 HUALAÑE
07105 LICANTEN
07301 LINARES
07304 LONGAVI
07206 MAULE
07108 MOLINA
07305 PARRAL
07203 PELARCO
07402 PELLUHUE
07205 PENCAHUE
07104 RAUCO
07306 RETIRO
07204 RIO CLARO
07103 ROMERAL
07109 SAGRADA FAMILIA
07202 SAN CLEMENTE
07310 SAN JAVIER
07210 SAN RAFAEL
07201 TALCA
07102 TENO
07106 VICHUQUEN
07309 VILLA ALEGRE
07302 YERBAS BUENAS
VIII REGION
08413 ANTUCO
08301 ARAUCO
08113 BULNES
08410 CABRERO
08305 CAÑETE
08107 COBQUECURA
08120 COELEMU
08103 COIHUECO
08201 CONCEPCION
08306 CONTULMO
08207 CORONEL
08302 CURANILAHUE
08211 CHIGUAYANTE
08101 CHILLAN
08121 CHILLAN VIEJO
08118 EL CARMEN
08204 FLORIDA
08203 HUALQUI
08403 LAJA
08303 LEBU
08304 LOS ALAMOS
08401 LOS ANGELES
08208 LOTA
08407 MULCHEN
08405 NACIMIENTO
08406 NEGRETE
08105 NINHUE
08110 ÑIQUEN
08117 PEMUCO
08202 PENCO
08102 PINTO
08106 PORTEZUELO
08408 QUILACO
08404 QUILLECO
08115 QUILLON
08104 QUIRIHUE
08119 RANQUIL
08109 SAN CARLOS
08111 SAN FABIAN
08114 SAN IGNACIO
08112 SAN NICOLAS
08210 SAN PEDRO DE LA PAZ
08411 SAN ROSENDO
08402 SANTA BARBARA
08209 SANTA JUANA
08206 TALCAHUANO
08307 TIRUA
08205 TOME
08108 TREHUACO
08412 TUCAPEL
08409 YUMBEL
08116 YUNGAY
IX REGION
09101 ANGOL
09209 CARAHUE
09105 COLLIPULLI
09204 CUNCO
09110 CURACAUTIN
09218 CURARREHUE
09106 ERCILLA
09203 FREIRE
09207 GALVARINO
09212 GORBEA
09205 LAUTARO
09214 LONCOCHE
09111 LONQUIMAY
09103 LOS SAUCES
09108 LUMACO
09217 MELIPEUCO
09208 NUEVA IMPERIAL
09220 PADRE LAS CASAS
09206 PERQUENCO
09211 PITRUFQUEN
09210 PTO.SAAVEDRA
09216 PUCON
09102 PUREN
09104 RENAICO
09201 TEMUCO
09219 TEODORO SCHMIDT
09213 TOLTEN
09107 TRAIGUEN
09109 VICTORIA
09202 VILCUN
09215 VILLARRICA
X REGION
10406 ANCUD
10309 CALBUCO
10401 CASTRO
10501 CHAITEN
10402 CHONCHI
10302 COCHAMO
10106 CORRAL
10410 CURACO DE VELEZ
10408 DALCAHUE
10304 FRESIA
10305 FRUTILLAR
10503 FUTALEUFU
10105 FUTRONO
10502 HUALAIHUE
10109 LA UNION
10112 LAGO RANCO
10103 LANCO
10306 LLANQUIHUE
10104 LOS LAGOS
10308 LOS MUERMOS
10107 MAFIL
10102 MARIQUINA
10307 MAULLIN
10201 OSORNO
10110 PAILLACO
10504 PALENA
10108 PANGUIPULLI
10301 PUERTO MONTT
10203 PUERTO OCTAY
10303 PUERTO VARAS
10405 PUQUELDON
10206 PURRANQUE
10204 PUYEHUE
10403 QUEILEN
10404 QUELLON
10407 QUEMCHI
10415 QUINCHAO
10111 RIO BUENO
10205 RIO NEGRO
10202 SAN PABLO
10207 SN.JUAN DE LA COSTA
10101 VALDIVIA
XI REGION
11101 AYSEN
11201 CHILE CHICO
11102 CISNES
11301 COCHRANE
11401 COYHAIQUE
11104 GUAITECAS
11402 LAGO VERDE
11302 O'HIGGINS
11203 RIO IBAÑEZ
11303 TORTEL
XII REGION
12206 LAGUNA BLANCA
12401 NAVARINO
12301 PORVENIR
12302 PRIMAVERA
12101 PUERTO NATALES
12205 PUNTA ARENAS
12202 RIO VERDE
12204 SAN GREGORIO
12304 TIMAUKEL
12103 TORRES DEL PAINE
REGION METROPOLITANA
14605 ALHUE
16403 BUIN
16402 CALERA DE TANGO
14166 CERRILLOS
14156 CERRO NAVIA
14201 COLINA
14127 CONCHALI
14603 CURACAVI
16165 EL BOSQUE
14503 EL MONTE
14157 ESTACION CENTRAL
14158 HUECHURABA
13167 INDEPENDENCIA
14502 ISLA DE MAIPO
16110 LA CISTERNA
15128 LA FLORIDA
16131 LA GRANJA
16154 LA PINTANA
15132 LA REINA
14202 LAMPA
15108 LAS CONDES
15161 LO BARNECHEA
16164 LO ESPEJO
14155 LO PRADO
15151 MACUL
14109 MAIPU
14602 MARIA PINTO
14601 MELIPILLA
15105 ÑUÑOA
14505 PADRE HURTADO
16404 PAINE
16162 PEDRO A. CERDA
14504 PEÑAFLOR
15152 PEÑALOLEN
16302 PIRQUE
15103 PROVIDENCIA
14111 PUDAHUEL
16301 PUENTE ALTO
14114 QUILICURA
14107 QUINTA NORMAL
13159 RECOLETA
14113 RENCA
16401 SAN BERNARDO
16163 SAN JOAQUIN
16303 SAN JOSE MAIPO
16106 SAN MIGUEL
14604 SAN PEDRO
16153 SAN RAMON
13101 SANTIAGO
14501 TALAGANTE
14203 TIL-TIL
15160 VITACURA