CIRCULAR Nº 34, DEL 09 DE JUNIO DE 1997. Para los efectos tributarios a que se refiere el artículo
41 bis de la Ley de la Renta, y de conformidad al acuerdo 05-07-900105 del Banco Central
de Chile, publicado en el Diario Oficial de 08.01.90, se |
VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE FOMENTO |
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VALOR |
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VALOR |
10 |
JUNIO |
13.605,26 |
25 |
JUNIO |
13.618,85 |
DIRECTOR