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21.2Ventas de carne superiores a 50 kilogramos con boletas.

Los contribuyentes señalados en los números 2, 3 y 4 de la resolución en comento, cuando efectúen ventas de carne a particulares en cantidades mayores de 50 kilogramos deberán emitir boleta, dejando constancia en ella de la cantidad y producto vendido como también de los datos del adquirente: nombre y RUT o cédula de identidad. La boleta sólo incluirá en el monto cobrado el Impuesto al Valor Agregado tasa general 18%.

Ejemplo de emisión de una boleta de venta de carne por cantidad superior a 50 kilogramos.

SUPERMERCADO DE CARNES LIMITADA

RUT :88.888.888-8

CASA MATRIZ: GRAN AVENIDA N° 0015.SAN MIGUEL

BOLETA N° 0000000

SUCURSAL: LOS PINGUINOS 145. LA FLORIDA

COMPRADOR>

NOMBRE: JUAN PEREZ A.

RUT:5.555.555-5

65 kgs de asado para parrilla

$ 195.000

$195.000

Para efectos de dar cumplimiento a lo señalado en los puntos 21.1 y 21.2 anteriores, el vendedor de carne o prestador de servicio, deberá exigir la exhibición del Rol Unico Tributario o Cédula de Identidad a los compradores o beneficiarios del servicio con calidad de consumidores finales, al momento en que se efectúe la venta o prestación del servicio.

21.3 Forma de emisión de boletas en servicios de faenamiento o en ventas de carne en cantidad superior a 2 animales y 50 kilogramos respectivamente.

Los contribuyentes que utilicen boletas manuales, podrán escribir en forma manuscrita y legible los datos requeridos, sin necesidad de modificar el formato en uso salvo cuando por efectos de espacio físico no sea posible consignarlos en el documento o el contribuyente en forma voluntaria así lo estime.

Aquellos contribuyentes que emitan vales por medio del uso de máquinas registradoras en reemplazo de boletas manuales, para efectos de dar cumplimiento a la Resolución N° Ex. 2.705/98 modificada por la Res. N° Ex. 3784/98, deberán mantener en sus locales boletas manuales y emitirlas de acuerdo a las instrucciones antes mencionadas, cuando efectúen ventas de carne o servicios de faenamiento en las circunstancias previstas.

Cuando las compras de carne o el requerimiento del servicio de faenamiento se efectúe a través de un tercero, éste deberá exhibir el RUT o Cédula de Identidad del mandante.

El resto de las obligaciones vigentes en relación a la emisión de boletas de ventas o servicios en forma manual, continúan vigentes y la resolución en comento no las afecta.

La resolución en comento no modifica de ninguna forma la correlatividad numérica de los documentos mencionados, por lo que no es necesario empezar una nueva numeración de ellas, como tampoco afecta los requisitos legales que de acuerdo al Art. 54 de la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825 de 1974 deben cumplir.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el dispositivo N° 19 de la Res. N° Ex. 2.705/98, modificada por la Res. N° Ex. 3784/98 en cuanto a consignar los datos de identificación del comprador o beneficiario del servicio de faenamiento previa verificación de que correspondan, así como los exigidos en cuanto a indicar la cantidad en kilogramos vendidos o la cantidad de animales faenados, kilogramos de carne en vara obtenidos y tipo de animal beneficiado, se sancionará de acuerdo al artículo 14 del D.F.L. N° 3 de 1969, o al artículo 97 N° 10 del Código Tributario, según la naturaleza de la infracción. .

22.-VIGENCIA DE LA RES. N° EX. 2.705/98 (DIARIO OFICIAL DE 12.05.98) MODIFICADA POR RES. N° EX 3784/98 (DIARIO OFICIAL DE 30.06.98)

El régimen de retención del IVA, en las ventas de carne y en los servicios de faenamiento de animales establecido en la Resolución N° Ex. 2.705/98 modificada por la Res. N° Ex. 3784/98 regirá exclusivamente en el periodo comprendido entre el 1° de Agosto de 1998 y el 31 de Julio de 1999, según lo dispone la resolución materia de esta Circular.

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR

ANEXO N° 1

DEPTO. REG..............................................

C E R T I F I C A D O N°________/

 

Certifico que.........................................................................RUT N°.................................cumple los requisitos establecidos en la Res. N° Ex. 2705 de 07.05.98 publicada en el Diario Oficial de 12.05.98, modificada por la Res. N° Ex. 3784 de 25.06.98 publicada en el Diario Oficial de 30.06.98 y que en consecuencia tiene la calidad de agente retenedor del Impuesto al Valor Agregado, en las ventas de carne y servicios de faenamiento de ganado que efectúe durante el periodo comprendido entre el 1° del mes siguiente al de la publicación de este certificado en el Diario Oficial y el 31 de Julio de 1999.

.......................................................................

DIRECTOR REGIONAL

......................... ,..... , de ................de 1998

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SECCION 2.- DETALLE DE LOS CLIENTES A QUIENES SE LES PRESTA EL SERVICIO DE FAENAMIENTO

 

RUT CLIENTE

NOMBRE O RAZON SOCIAL

CODIGO

GANADO

 

N o ANIMALES

FAENADOS

PESO EN VARA

KGRS

MONTO NETO SERVICIO ($)

(ver instrucción 2B)

MONTO IVA ANTICIPADO ($)

(ver instrucción 2B)

Declaro bajo juramento que los datos contenidos en este registro son la expresión fiel de la verdad, por lo que asumo la responsabilidad correspondiente.

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(VER INSTRUCCIONES AL REVERSO)

INSTRUCCIONES FORMULARIO 3260

El presente formulario, según Resolución Ex. No.2705 de fecha 5 de Mayo de 1998, debe confeccionarse en triplicado, para lo cual debe utilizar papel calco.

1.- Las empresas y contribuyentes Agentes Retenedores (Mataderos, Plantas Faenadoras, Industriales de la Carne, Abasteros, Carnicerías, Supermercados, u otros) incluidos en el cambio de sujeto de derecho del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la carne, deberán presentar este informe con los movimientos del mes anterior, hasta el día 15 de cada mes en las Unidades del Servicio de Impuestos Internos que correspondan a su domicilio. Si el día 15 en comento es feriado o festivo, este plazo se extenderá hasta el día hábil siguiente.

2.A) Sección 1B: el cuadro resumen de las retenciones efectuadas por los agentes retenedores debe ser llenada de la siguiente manera:

  • Monto IVA Anticipado por Servicios de Faenamiento, debe registrar el total de IVA retenido por anticipo a aquellos contribuyentes que reciben el servicio de faenamiento (sumatoria de la columna Monto IVA Anticipado de la sección No.2). Monto IVA Anticipado por Ventas, debe registrar el total de IVA retenido por anticipo a terceros por las ventas de carne que estos efectúen (sumatoria de la columna Monto IVA Anticipado de la sección No.4).
  • Monto Ventas de Carne realizadas con Boleta, debe registrar el monto total de las ventas de carne del periodo superiores a 50 kgrs. que se efectuaron con boleta.
  • Monto Servicios de Faenamiento efectuados con Boletas, debe registrar el monto de los servicios de faenamiento del periodo prestados a particulares por los cuales emitió boletas.

2.B) Sección 2: En esta sección se deberá registrar la identificación del cliente que recibe el servicio de faenamiento, el tipo y número de animales faenados, el peso en vara de los animales faenados, el monto neto del servicio de faenamiento y el monto del IVA anticipado. En el caso de faenamiento propio, en la columna Rut Cliente indicar el Rut propio del Agente Retenedor.

2.C) Sección 3: En esta sección se deberá registrar las compras e importaciones de carne efectuadas por los agentes retenedores de este cambio de sujeto, indicando la identificación del vendedor, el tipo de animal, el peso total de la carne comprada o importada y el monto neto de la operación. En el caso de importación, llenar la columna Rut Vendedor con el número 99.999.999-9.

2.D) Sección 4: Las ventas de carne efectuadas con factura por todos los agentes retenedores afectos a este cambio de sujeto, deberán quedar registradas detalladamente, indicando la identificación del comprador, el tipo de animal, la cantidad vendida, el monto neto de la venta y el monto del IVA anticipado.

2.E) Si los compradores o clientes en las Secciones 2 y 4 respectivamente, son Agentes Retenedores de este cambio de sujeto, NO se deberá llenar la columna Monto de IVA Anticipado, pues en este caso no corresponde efectuar anticipo.

3.- Columna Código Ganado Cuadros No. 2, 3 y 4:

1: Bovino; 2: Ovino; 3: Porcino; 4: Equino; 5: Caprino; 6: Camelido

4.- Cuadro Resumen Final de la Declaración: debe registrar el número total de casos (registros) informados correspondientes a cada una de las secciones o cuadros llenados por los contribuyentes.

5.- El incumplimiento o reterdo de la presentación de este Informe con los antecedentes solicitados, será sancionado de conformidad al artículo 97 No.1 del Código Tributario.

SECCION 3.- COMPRAS E IMPORTACIONES DE CARNE EFECTUADAS

 

RUT VENDEDOR

NOMBRE O RAZON SOCIAL

CODIGO

GANADO

 

PESO TOTAL

KGRS

MONTO NETO OPERACION ($)



 

RUT COMPRADOR

NOMBRE O RAZON SOCIAL

CODIGO

GANADO

 

PESO TOTAL

KGRS

MONTO NETO OPERACION ($)

MONTO IVA ANTICIPADO ($)

(ver instrucción 2D)



ANEXO No.1A

INSTRUCCIONES DE GRABACION DEL DISKETTE

RESOLUCION No 2705 DE 5/O5/98

CAMBIO DE SUJETO EN LA CARNE

SECCION No.2 :DESCRIPCION DE REGISTRO: DETALLE DE LOS CLIENTES A QUIENES SE LES PRESTA EL SERVICIO DE PAENAMIENTO

SECCION No.3: DESCRIPCION DE REGISTRO : COMPRAS E IMPORTACIONES DE CARNE EFECTUADAS

SECCION No.4: DESCRIPCION DE REGISTRO : VENTAS DE CARNE EFECTUADAS

1.- El diskette deberá tener las siguientes caracteristicas:

Tipo

: 3,5" PULGADAS ALTA DENSIDAD

Código Grabación

: Sólo ASCII (MAYUSCULAS)

Rótulo estandar

: RUT del declarante.

Largo reg. lógico

: 205

2.- Pegar autoadesivo en el diskette según el esquema mostrado a continuación con los siguientes datos:

No. del Formulario

3260

FOLIO (USO SII)

Titulo

No. de la Seccion ( 2, 3 o 4 )

UNIDAD (USO SII)

Rut del declarante

xxxxxxxxxxxx

Periodo declaración

(Mes-Año)

Total de Registros

xxxx

Telefono

xxxxxxxxxxxx

Nombre Encargado

xxxxxxxxxxxx

3.- Acompañar al diskette, el formulario 3260 conteniendo los datos de:

Seccion No. 1A

Sección No.1B

Cuadro resumen de la declaración

4.- Instrucciones de digitación:

4.1- Grabar un archivo por cada sección (No.2, No.3, No.4) del formulario en diskettes diferentes.

4.2- Grabar un registro por cada línea con información del registro lógico.

4.3- Todos los registros generados por un formulario deben tener la misma información en los campos:

NUMERO DEL FORMULARIO, PERIODO DE LA DECLARACION, RUT Y NOMBRE RETENEDOR,

DOMICILIO, COMUNA Y CODIGO DE ACTIVIDAD

4.4- Los campos numéricos se graban sin decimales.

 

ANEXO Nº 1B.
FORMATO DE REGISTRO F - 3260
RESOLUCION Nº 2705 DE 5/05/98
CAMBIO DE SUJETO EN LA CARNE
DESCRIPCION DE REGISTRO:DETALLE DE LOS CLIENTES A QUIENES SE LE PRESTA EL SERVICIO DE FAENAMIENTO
CARACTERISTICAS TECNICAS DE GRABACION
DISKETTE 3 1/2"
FORMATO ASCII
DESBLOQUEADO DISPLAY
NOMBRE DEL CAMPO POSICIÓN LARGO CARAC FOR SIGNO ALIN OBSERVACIONES
CAMPO DESDE HASTA TER MATO
1 Nº FORMULARIO 1 4 4 N C N DER Nº FORMULARIO QUE DECLARA
2 PERIODO 5 8 4
MES 5 6 2 N C N DER
AÑO 7 8 2 N C N DER DOS ULTIMOS DIGITOS DEL AÑO
3 SECCION1 9 112 104
4 RUT RETENEDOR 9 17 9 RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
NUMERO 9 16 8 N C N DER
DIGITO VERIFICADOR 17 17 1 AN C
5 NOMBRE O RAZON SOCIAL RETENEDOR 18 52 35 AN C IZQ
6 DOMICILIO 53 87 35 AN C IZQ
7 COMUNA 88 105 18 AN C IZQ
8 CODIGO ACTIVIDAD 106 112 7 AN C IZQ
9 SECCION 2 113 201 89
10 RUT CLIENTE 113 121 9 RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
NUMERO 113 120 8 N C N DER
DIGITO VERIFICADOR 121 121 1 AN C
11 NOMBRE O RAZON SOCIAL 122 156 35 AN C IZQ
1=BOVINO  2=OVINO
12 CODIGO GANADO 157 157 1 N C 3= PORCINO  4=EQUINO
5=CAPRINO  6=CAMELIO
13 NUMERO DE ANIMALES  FAENADOS 158 167 10 N C N DER RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
14 PESO VARA CALIENTE KG. 168 177 10 N C N DER RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
15 MONTO NETO DEL SERVICIO ($) 178 189 12 N C N DER  RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
16 MONTO IVA ANTICIPADO ($) 190 201 12 N C N DER RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
17 RESTO DEL REGISTRO 202 205 4 A C EN BLANCO
ROTULO=999-MES
9999=Numero del Formulario
MES=MES QUE SE DECLARA
CARACTER: FORMATO SIGNO:
AN = alfanumérico, relleno con blancos por la derecha C =caracter S=con signo
N=numerico, relleno con blancos por la izquierda P=empaquetado N=sin signo
A=alfabético, relleno con blancos por la derecha  



ANEXO Nº 1C
FORMATO DE REGISTRO F-3260
RESOLUCION Nº 2705 DE 5/05/98
CAMBIO DE SUJETO EN LA CARNE
DESCRIPCION DE REGISTRO:COMPRAS E IMPORTACIONES DE CARNE EFECTUADAS
CARACTERISTICAS TECNICAS DE GRABACION
DISKETTE 3 1/2"
FORMATO ASCII
DESBLOQUEADO DISPLAY
Nº  NOMBRE DEL CAMPO POSICIÓN LARGO CARACTER FORMATO SIGNO ALIN OBSERVACIONES
CAMPO   DESDE HASTA            
1 Nº. FORMULARIO 1 4 4 N C N DER Nº. FORMULARIO QUE DECLARA
2 PERIODO DECLARACION 5 8 4          
  MES 5 6 2 N C N DER  
  AÑO 7 8 2 N C N DER DOS ULTIMOS DIGITOS DEL AÑO
3 SECCION 1 9 112 104          
4 RUT RETENEDOR 9 17 9         RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
  NUMERO 9 16 8 N C N DER  
  DIGITO VERIFICADOR 17 17 1 AN C      
5 NOMBRE O RAZON SOCIAL RETENEDOR 18 52 35 AN C   IZQ  
6 DOMICILIO 53 87 35 AN C   IZQ  
7 COMUNA 88 105 18 AN C   IZQ  
8 CODIGO ACTIVIDAD 106 112 7 AN C   IZQ  
9 SECCION 3 113 179 67          
10 RUT VENDEDOR 113 121 9         RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
  NUMERO 113 120 8 N C N DER  
  DIGITO VERIFICADOR 121 121 1 AN C      
11 NOMBRE O RAZON SOCIAL VENDEDOR 122 156 35 AN C   IZQ  
                  1 = BOVINO   2 = OVINO
12 CODIGO GANADO 157 157 1 N C     3 = PORCINO  4 = EQUINO
                  5 = CAPRINO  6 = CAMELIDO
13 PESO TOTAL KG. 158 167 10 N C N DER RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
14 MONTO NETO OPERACION ($) 168 179 12 N C N DER RELLENO DE CEROS A LA IZQUIERDA
15 RESTO DEL REGISTRO 180 205 26 A C     EN BLANCO
                  ROTULO=9999-mes
                  9999=Numero del Formulario
                  mes=Mes que se declara
                   
CARACTER:         FORMATO:       SIGNO:
                   
AN=alfanumérico, relleno con blancos por la derecha       C=caracter       S= con signo
           
N=numerico, relleno con blancos por la izquierda       P=empaquetado       N=sin signo
           
A=alfabético, relleno con blancos por la derecha                
               


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