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INSTRUCTIVO PARA EL CALCULO DEL AVALUO FISCAL DE LAS UNIDADES DE UN CONDOMINIO

El presente instructivo posibilita el cálculo del avalúo fiscal de una propiedad acogida a la Ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria. AVALUO FISCAL

Comprende la avaluación del terreno y de las edificaciones que existen en la propiedad. Para los terrenos existe una tabla de precios unitarios para todas las Comunas del país y para las edificaciones se utiliza una tabla comunal de valores unitarios de edificación, considerando la estructura soportante del edificio y su calidad o categoría.

CALCULO DEL AVALUO FISCAL DE LA UNIDAD

Condominios Tipo A: El avalúo se determinará para cada unidad o departamento del edificio o condominio, sin considerar el valor del terreno y de las edificaciones de dominio común. En este caso el avalúo se determina directamente al aplicar las tablas de precios y de corrección para edificaciones que se presentan en este instructivo, por lo que no es necesario solicitar Antecedentes Previos al S.I.I.                            Condominios Tipo B: Corresponde determinar el avalúo fiscal de las edificaciones existentes y del avalúo de terreno de cada unidad, sin considerar el valor del terreno y de las edificaciones de dominio común. Para estos casos el S.I.I. proporcionará adicionalmente, a través del Formulario de Antecedentes Previos para el Cálculo del Avalúo Fiscal, los valores base de terreno y sus factores de corrección para cada unidad del condominio.

PARA DETERMINAR EL AVALÚO DE UNA EDIFICACION SIGA LOS SIGUIENTES PASOS:

1.- Identifique la Clasificación (CL.) de la edificación, en base a la estructura y a la categoría

EDIFICACION TRADICIONAL Y PREFABRICADA GALPONES
CODIGO ESTRUCTURA CODIGO CATEGORIA  

CODIGO

ESTRUCTURA VERTICAL ESTRUCTUA TECHUMBRE CODIGO CATEGORIA
A Acero 1 Lujo  
B Hormigón Armado 2 Entre Lujo y Corriente   AA Acero Albañilería 1 Superior: con diseño y/o terminaciones y/o instalaciones especiales.
C Albañilería 3 Corriente   BA Hormigón Albañilería
E Madera 4 Entre Corriente y Básica   BB Hormigón Hormigón
5 Básica   BE Hormigón Madera 2 Corriente: Con cierros perimetrales al menos por 3 lados.
          CA Albañilería Albañilería
          CE Albañilería Madera
          EE Madera Madera 3 Inferior: No cuentan con cierros perimetrales.
          FE Adobe Madera
          MM Láminas       Autosoportantes Cubierta       Autosoportante
         

Seleccione el valor unitario de la edificación: ($ del segundo semestre de 1999)

EDIFICACION TRADICIONAL PREFABRICADA GALPONES
CODIGO DE ESTRUCTURA CATEGORIA

CODIGO DE ESTRUCTURA

CATEGORIA

1 2 3 4 5 1 2 3
A o B 426.393 280.796 176.817 114.410 50.959 AA 77.999 29.250 19.499
C 384.794 249.595 156.013 104.009 46.798 BA y CA 98.277 36.855 24.569
E 258.955 166.416 114.410 57.205 5.798 BB 106.076 39.779 26.519
BE y CE 74.879 28.080 18.719
EE y MM 50.960 19.110 12.740
FE 63.436 23.788 15.859

NOTA: Los valores unitarios se reajustan semestralmente, de acuerdo a la variación del IPC.                                                                              3.- Corrija el valor calculado aplicando el factor de la comuna en que se ubica la propiedad, según la siguiente tabla:

TABLA DE FACTORES COMUNALES DE EDIFICACIONES

1.00

0.90

0.80

0.70

 

Las Condes *

Chiguayante

Algarrobo

Quilpué

Ancud

La Unión

Puerto Varas

Lo Barnechea

Con-con

Antofagasta *

Rancagua *

Angol

Lautaro

Qta. Normal

Providencia *

Concepción *

Arica

Recoleta *

Buin

Limache

Quilicura

Stgo. Centro *

La Reina

Cerrillos

San Bernardo

Calama

Linares

Quillota

Vitacura

Ñuñoa

Chillán

San Joaquín

Calera de Tango

Lo Espejo

Quintero

 

S.P. de la Paz

Chillán Viejo

San Miguel

Cartagena

LoPrado

Renca

 

Valparaíso *

Copiapó

San Rafael

Castro

Los Andes

Rengo

 

Viña del Mar *

Curicó *

Stgo. Oeste *

Cauquenes

Los Angeles

San Antonio

   

El Bosque

Stgo. Sur *

Cerro Navia

Lota

San Carlos

   

Est. Central

Sto. Domingo

Chañaral

Melipilla

San Felipe

   

Independencia

Talca *

Coyhaique

Ovalle

San Fernando

   

Iquique

Talcahuano

Conchalí

P.A.Cerda

San Javier

   

La Cisterna

Temuco *

Constitución

Padre Hurtado

San Ramón

   

La Florida

Valdivia *

Coquimbo

Papudo

S.José de Maipo

   

La Serena

Villa Alemana

Coronel

Parral

Santa Cruz

   

Macul

Zapallar

El Monte

Penco

Talagante

   

Maipú

 

El Quisco

Peñaflor

Tocopilla

   

Osorno *

 

El Tabo

Pirque

Tomé

   

Padre las Casas

 

Huechuraba

Puente Alto

Vallenar

   

Peñalolén

 

La Calera

Pto. Natales

Vichuquén

Puerto Montt *

La Granja

Pucón

Victoria

   

Punta Arenas

 

La Pintana

Pudahuel

Villarrica

NOTA 1: Para el resto de las comunas del país (existentes al 31.12.97), aplique factor 0.60.                                                                                                 NOTA 2 : (*) significa que: Su zona céntrica está sujeta a Coeficiente Comercial                                                                                                                        Si corresponde aplique un coeficiente de Condición Especial al valor unitario seleccionado.

Mansarda o Piso Zócalo

0.60

Subterráneo

0.50

Construcción Abierta o Altillo

0.50

Construcción Interior

0.70

Se debe aplicar un Coeficiente de Comercialización en los casos de que alguna de las unidades del condominio tenga un uso comercial, oficina, banco, financiera, hotel, cine o teatro y se ubique en la zona céntrica de las comunas señaladas con un asterisco en la tabla del punto 3. Si el Condominio se encuentra en esta situación, solicite Antecedentes Previos para el cálculo del Avalúo Fiscal al S.I.I., en donde se entregará el Coeficiente a aplicar al precio unitario de edificación ya determinado a través de este Instructivo.

6.- Calcule el Valor Fiscal Resultante por m2. multiplicando el Valor Fiscal del M2. según Grupo Comunal por los Coeficientes que correspondan.

7.- El Valor Fiscal Resultante multiplicado por la Superficie Edificada de la Unidad determina el Avalúo Fiscal de la edificación de la Unidad.

8.- Para determinar el Avalúo del terreno de una unidad aplique la siguiente fórmula: A.T.U.= (V.B. x I.A.S. x C.G. x C.C.) x Superficie T.U.

donde: A.T.U.: Avalúo del Terreno de la Unidad V.B. : Valor Base del m2. (Res. Ex. Nº 5562/94) I.A.S.: Indice de Actualización Semestral

C.G. : Coeficiente Guía de terreno C.C. : Coeficiente Corrector de terreno T.U. : Terreno de la Unidad

PLAZOS DE ENTREGA DE ANTECEDENTES PREVIOS DEL S.I.I. (Sólo en los casos de Condominios Tipo "B" o Tipo "A" con coeficientes Comerciales): En los casos que se requiera contar con Antecedentes Previos para el cálculo del Avalúo Fiscal., Ud. dispondrá de un formulario Solicitud en el S.I.I. Una vez presentada la Solicitud en la Oficina de Avaluaciones del S.I.I. que corresponda a la ubicación del predio, se entregarán los Antecedentes Previos para el cálculo del Avalúo Fiscal, en un plazo máximo de 5 días hábiles.

DECLARACION JURADA DEL CALCULO DEL AVALUO FISCAL DE LAS UNIDADES DE UN CONDOMINIO:

Preséntelo en duplicado al S.I.I., acompañado de una copia del expediente de Edificación. El S.I.I. en el mismo acto, timbrará el documento y acreditará su presentación. Cualquier caso excepcional, no considerado en este Instructivo, consúltelo en el S.I.I.

EXPEDIENTE DE EDIFICACION:

Debe contener: Hoja de Catastro, Permiso(s) de Edificación, Recepción Final (si la hubiere), Plano de Copropiedad, Plano de Emplazamiento, Planta(s) tipo de Arquitectura, Elevaciones, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes que se consideren necesarios.