CIRCULAR N°74 DEL 14 DE DICIEMBRE DEL 2000
DECLARACIONES JURADAS POR INTERNET El Servicio de Impuestos Internos, con el
objetivo de proporcionar día a día una atención integral a los contribuyentes y, con
ello facilitar el cumplimiento tributario, ha mejorado y ampliado su actual canal de
operación e información a distancia, INTERNET. En procura de este objetivo, el SII, a
través de su sitio WEB, www.sii.cl, entregará toda la
información relevante para declarar y enviar las Declaraciones Juradas a través de
INTERNET y, adicionalmente, el contribuyente podrá realizar un seguimiento, en todo
momento, del estado de las declaraciones enviadas, así como también de los datos que en
ellas se encuentran. Además, el sitio contendrá todas las instrucciones tributarias
existentes (Suplemento Declaraciones Juradas, Resoluciones, Circulares, etc.). Al momento de decidir el medio a utilizar
para declarar, se debe tener presente que el envío a través de INTERNET asegura una
carga directa en las bases de datos que almacenan la información que será empleada
posteriormente para verificar las Declaraciones de los Impuestos Anuales a la Renta. Lo anterior, asegura que la información
enviada en las Declaraciones Juradas y utilizada por los contribuyentes para la
confección de la declaración Anual de Impuesto a la Renta (Formulario 22) no será
objetada por aspectos de forma. Otro beneficio de esta modalidad es que, si el
contribuyente detecta que la información enviada es incorrecta o incompleta podrá
rectificar fácil y rápidamente de la misma manera que declaró originalmente. Durante el año 2001, los agentes
retenedores o informantes que envíen sus Declaraciones Juradas a través de INTERNET
podrán consultar en el sitio WEB del Servicio el detalle y los totales de la información
transmitida. Se podrá Rectificar por Internet todas las
Declaraciones Juradas presentadas tanto por papel como por Internet. Otra importante innovación para las
personas naturales y jurídicas informadas en las Declaraciones Juradas a través de
INTERNET, es que también ellas podrán consultar el detalle de la información enviada al
SII por sus agentes retenedores o informantes, la cual estará disponible para la
confección de su Declaración de Impuestos Anuales a la Renta. El Servicio de Impuestos Internos
recomienda la presentación de todas las Declaraciones Juradas a través de INTERNET. Para
facilitar el empleo de esta vía, el SII pondrá en su sitio WEB, en forma gratuita, un
software básico para la confección de la mayoría de los formularios y, adicionalmente,
certificará software de instituciones privadas para la confección de los mismos. Producto de lo anterior, los beneficios
para los contribuyentes y los compromisos del SII respecto de las declaraciones enviadas
por INTERNET, se resumen en los siguientes puntos: Se puede declarar sin limitaciones de
horario, todos los días del año, sean éstos sábado, domingo o festivos. No se necesita
concurrir al SII para la presentación de la declaración, con lo cual se ahorra tiempo de
traslado y espera. Cuanto antes se envíe por Internet la
Declaración Jurada, la información declarada quedará disponible a personas naturales y
jurídicas para que puedan confeccionar su respectiva Declaración Anual de Impuesto a la
Renta en forma oportuna y segura. Al declarar vía INTERNET se evitan errores
de llenado de los formularios y los consiguientes problemas a las empresas e informados en
el chequeo de la Declaración del Impuesto Anual a la Renta, Formulario 22, ya que a
través de INTERNET se realizan validaciones básicas que detectan posibles errores
matemáticos y de formato. Entre los errores más comunes que obligan
al Servicio a rechazar declaraciones por papel se encuentra la omisión de datos
obligatorios (nombre, domicilio, comuna, teléfono y montos de totales), inconsistencia en
el RUT y datos incongruentes, como por ejemplo renta menor a impuesto único en Formulario
1887. A lo anterior, se suman los errores de digitación al ingresar la información (el
3% de errores en la digitación ha afectado a más de 20.000 formularios en años
anteriores). Quienes realicen su Declaración Jurada por
Internet, serán informados vía email de posibles inconsistencias en sus declaraciones
presentadas. Una vez detectadas las inconsistencias, se deberá rectificar la declaración
de tal forma de evitar posibles diferencias entre la información que declarará el
contribuyente en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta y la información entregada
por el Retenedor. Además, sin importar la forma de envío de
la declaración, ya sea por papel o Internet, podrá acceder a ver el estado de cada una
de las declaraciones en la opción Consulta de Estado Declaraciones Juradas en www.sii.cl. Al declarar por INTERNET el interesado
tendrá la opción de hacerlo hasta una semana después del vencimiento legal de los
plazos establecidos, sin aplicación de las multas correspondientes por declarar fuera de
plazo. Si hubiere problemas de congestión, éstos se extenderán todo el tiempo que fuere
necesario. La información llega sin errores y en
forma segura al SII, a través de un sistema confiable que mantiene el debido resguardo y
privacidad de ésta. Además, el Servicio cuenta con un sistema de registro de claves
secretas de acceso o password, en el cual se identifica a cada contribuyente. El traspaso
de los antecedentes se realiza en forma automática, de computador a computador,
utilizando encriptación de datos. Por todo lo anterior y porque no intervienen terceros
en su procesamiento, el envío de información vía INTERNET es más seguro que el papel. El contribuyente que declare por INTERNET
NO tendrá la obligación de enviar al domicilio del informado los certificados asociados
a la declaración jurada. Sólo deberá emitirlos a solicitud de
éstos, teniendo para ello un plazo de 5 días hábiles, a partir del momento en que se
realizó la solicitud. Por lo tanto, no será necesaria la emisión anticipada de los
certificados por parte de dichas empresas. Además, el certificado podrá ser enviado al
correo electrónico del solicitante. Por otra parte, se libera de la obligación
de mantener una copia en el archivo del emisor. El contribuyente podrá obtener toda la
información necesaria del funcionamiento detallado de la aplicación, consultando la
página WEB del Servicio, www.sii.cl , o bien, obtener
soporte técnico a través de la Mesa de Ayuda INTERNET, para lo cual dispondrá de los
siguientes medios: e-mail webadm@sii.cl, teléfono (2)
395 11 15 y fax (2) 677 35 19. El contribuyente que declare por INTERNET
podrá realizar un seguimiento, y estar al tanto en todo momento, del estado de la
declaración presentada. Es decir, la página WEB contendrá información en línea de la
aceptación, rechazo, anulación y/o vigencia de las distintas declaraciones enviadas
electrónicamente, y así el interesado podrá rápidamente reemplazar la declaración en
caso de error en ella, o en caso contrario, estar tranquilo y seguro de que la
información que ingresó al Servicio es lógica y matemáticamente correcta. Adicionalmente a lo señalado en el
párrafo anterior, los contribuyentes, a quienes se les detecten problemas en su
declaración, recibirán en su dirección de CORREO ELECTRÓNICO una notificación
advirtiendo esta situación e invitándolos a rectificar oportunamente. Esta notificación
será remitida a la dirección e-mail dispuesta por el contribuyente al momento de
autenticarse, por lo que recomendamos mantener los datos actualizados para hacer este
contacto efectivo. El SII pondrá a disposición, en forma
gratuita, Softwares básicos para efectuar por INTERNET las declaraciones de los
formularios 1811, 1812, 1813, 1817, 1821, 1824, 1825, 1879, 1884, 1886, 1887, 1888 y 1893,
los que se podrán descargar fácil y rápidamente desde la página WEB del Servicio al
computador del interesado. A través del Software básico gratuito se
podrá: - Confeccionar una declaración ingresando
la información solicitada cuando lo desee, dado que al disponer del software en su
computador el contribuyente podrá ingresar los datos en el tiempo que estime necesario. - Reducir significativamente los costos
telefónicos, debido a que no se requiere estar conectado a la página WEB del SII
mientras se confeccionan las distintas declaraciones juradas. - Efectuar una revisión de la declaración
mediante validaciones lógicas y matemáticas incluidas en los programas de ingreso, lo
que evitará cometer los errores que comúnmente se producen en las declaraciones enviadas
en papel, por ejemplo, RUT inconsistente; omisión de datos en campos obligatorios como
nombre, domicilio y comuna; información descuadrada entre el resultado de la suma de los
datos informados y los totales declarados en los cuadros respectivos; errores de
transcripción de datos, etc. - Remplazar rápida y fácilmente una
declaración, enviada con errores o incompleta, utilizando el mismo Software. Además del software básico que proveerá
gratuitamente el SII para confeccionar y enviar las declaraciones, existirán softwares
autorizados, desarrollados por empresas externas al SII, con los que se podrán generar
las declaraciones y posteriormente enviarlas a través de INTERNET. La nómina de las empresas de softwares
autorizados se comunicará oportunamente en nuestro sitio WEB, www.sii.cl . El contribuyente que declare por INTERNET
mantendrá almacenado en su computador el detalle de las declaraciones remitidas por dicha
vía al SII. Los contribuyentes que presenten
declaraciones fuera de plazo o efectúen rectificaciones de éstas, se verán beneficiados
por rebajas en la aplicación de sanciones que van desde un 50% a un 100% de las multas,
dependiendo de los plazos en que declare o rectifique. Adicionalmente, si rectifica dentro del
plazo determinado para la presentación de declaraciones por INTERNET, no se le aplicarán
las multas por haber entregado originalmente información incompleta o incorrecta. El Servicio garantiza que los
contribuyentes que deseen enviar su información por INTERNET, podrán hacerlo sin mayores
inconvenientes. Si por congestión de la red durante el envío de declaraciones remitidas
a través de este medio, se ven impedidos de declarar dentro de los plazos establecidos,
el Servicio prorrogará dichos plazos, sin aplicar las sanciones estipuladas. Esto rige
sólo para aquellos contribuyentes que declaren vía INTERNET. El sitio WEB del SII mantendrá en cada
momento información actualizada, tanto de Declaraciones Juradas como de Instructivos,
Resoluciones, Circulares, Declaraciones de IVA y de Renta. Los contribuyentes que envíen
Declaraciones Juradas a través de INTERNET podrán consultar en todo momento el detalle y
totales de la información transmitida, lo que implica que, además de mantener la
información en su computador, la podrán chequear directamente en las bases de datos del
Servicio. Se mantendrá informado al contribuyente de
inconsistencias en sus declaraciones a través del CORREO ELECTRÓNICO, con el fin de que
éste rectifique en forma oportuna. Las personas naturales y jurídicas
informadas en las Declaraciones Juradas a través de INTERNET, podrán consultar el
detalle de la información enviada al SII por sus agentes retenedores o informantes, la
cual estará disponible en el sitio WEB para la confección de su Declaración de
Impuestos Anuales a la Renta. Para garantizar un correcto proceso
informativo por parte del contribuyente, el SII verificará mediante elementos validadores
la consistencia entre las declaraciones y la información interna, con el fin de minimizar
la cantidad de rechazos u observaciones. Así también, el contribuyente estará obligado
a entregar datos personales fidedignos tanto al momento de autenticarse (Internet) como al
llenar los formularios enviados por papel. Que sólo presente sus Declaraciones por INTERNET. |