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CIRCULAR N°02 DEL 10 DE ENERO DEL 2003
MATERIA : TABLA DE CÁLCULO DE REAJUSTES INTERESES Y MULTAS ENERO 2003.

La presente circular tiene por objeto poner en conocimiento de las unidades del Servicio, la Tabla de Cálculo para la aplicación del reajuste, interés y multa de los Arts. 53 y 97 Nºs. 2 y 11 del Código Tributario, a impuestos adeudados a liquidarse en el mes de Enero de 2003.





NOTAS:

1.       Reajuste Art.72 de la Ley de Impuesto a la Renta.

 

 AÑO  : 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002
%        : 1,8 2,0 1,1 0,9 1,7 0,6 0,1

 2.       En las columnas “Interés” y “Multas”, para impuestos con vencimiento último día del mes, debe aplicarse el porcentaje correspondiente al mes siguiente.

 3.       Código de Impuestos: Deben utilizarse los códigos contenidos en la Circular Interna Nº 20, de 1993.

4.       El reajuste a que se refiere el Art. 53, publicado en la presente Circular, corresponde a la cifra de variación experimentada por el I.P.C. y que entrega el I.N.E. en su publicación oficial.

Los valores correspondientes al I.P.C. que se presentan, se expresan sin la totalidad de cifras decimales que indica el dato oficial entregado por el I.N.E., en consecuencia, para el recálculo del reajuste a que se refiere el Art. 53 ya aludido, se deben considerar los valores oficiales del I.P.C..

5.       Finalmente y, conforme a lo instruido en la Circular N° 63, de 14.09.2001, la sanción a que se refiere el nuevo inciso 2° del N° 11 del Art. 97 del Código Tributario, es aplicable a los contribuyentes que, a contar del 01.07.2002, no declaren o subdeclaren un impuesto de retención o recargo, cuyo plazo de declaración y pago venza a contar de dicha fecha y hayan sido detectados en una actuación o proceso de fiscalización.

Dicha sanción corresponderá a una multa equivalente al 20% del total de los impuestos adeudados, la que se verá incrementada en un 2% por cada mes o fracción de mes de retardo. No obstante ello, el monto total de la misma no podrá exceder del 60% de los impuestos adeudados.

Saluda a Ud.,


JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR

 DISTRIBUCIÓN.
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