CIRCULAR N°38 DEL 16 DE JULIO DEL 2003
1.-
VARIACION DEL IPC.- Durante
el primer semestre del año 2003, el Indice de Precios al Consumidor
experimentó una variación del 1,6 %. 2.-
REAJUSTE DE AVALUOS.- De
acuerdo a lo señalado en el artículo 9º de la Ley Nº 17.235, se deben
reajustar los avalúos de las propiedades agrícolas y no agrícolas;
recargos y montos de avalúos exentos vigentes al 30 de Junio del año
2003 en un 1,6 %: (Factor
de reajuste = 1,016). 3.-
TRAMOS DE EXENCION.- Los nuevos tramos de exención para el segundo semestre del año 2003 se indican en el siguiente cuadro, el que incluye además los montos de los tres últimos semestres (cifras en pesos).
AVALUO LIMITE PARA APLICAR TASA DE 1,2% ( LEY Nº
19.380)
JUAN
TORO RIVERA
DIRECTOR
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