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CIRCULAR N°51 DEL 06 DE OCTUBRE DEL 2003
MATERIA : REEMPLAZA ANEXO N° 2 DE CIRCULAR N° 56, DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2000, SOBRE NÓMINA DE FUNCIONARIOS DE DEPARTAMENTOS TRIBUNAL TRIBUTARIO HABILITADOS PARA RECIBIR ESCRITOS FUERA DEL HORARIO DE OFICINA

1.   La Circular N° 56, de 21 de septiembre de 2000, efectuó una descripción del Procedimiento General de Reclamaciones contemplado en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, con el objeto de entregar una visión suficientemente clara del referido procedimiento a los contribuyentes que se vean en la necesidad de impugnar una actuación de la administración tributaria. 

2.   En el numeral 1.5 del Capítulo III de la citada Circular, se impartieron instrucciones sobre el lugar en que se presenta el reclamo y los escritos que deben ser conocidos por el Tribunal Tributario, señalando al efecto que:  

“Por regla general, el reclamo debe presentarse en la oficina que sirve de secretaría al Tribunal Tributario respectivo, dentro del horario de atención de público. Sin perjuicio de ello, por excepción y a objeto de facilitar el acceso de los contribuyentes a las instancias jurisdiccionales, se admite que el escrito de reclamación u otros que deban presentarse durante el transcurso del proceso puedan ser presentados en la Unidad del Servicio que posea jurisdicción en la comuna en que se encuentra el domicilio del interesado. Esta Unidad, una vez recibido el escrito no tiene otra obligación que la de remitir éste a la brevedad al tribunal respectivo y no adquiere responsabilidad alguna sobre el pronunciamiento que el escrito merezca.” 

Por otra parte, en el mismo numeral, se estableció en cuanto al horario de presentación de los escritos que ellos “deben presentarse durante el horario en que las Oficinas del Servicio se encuentran abiertas al público. No obstante, si la presentación que deba hacerse pende de un plazo fatal, éste vence en un día determinado y el interesado no alcanzó a entregarlo en las oficinas indicadas en el párrafo precedente,  excepcionalmente podrá presentarlo hasta las 24 horas de ese día en la casa de un funcionario del Servicio especialmente designado al efecto, y cuyo domicilio se encuentra expuesto al público en un sitio destacado de cada Tribunal.” 

Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, se incluyó en la Circular N° 56, de 2000, un Anexo N° 2, indicando el domicilio particular del funcionario encargado de recibir las presentaciones jurisdiccionales fuera del horario de oficina de la secretaría del Tribunal Tributario respectivo. 

3.      Ahora bien, con el objeto de mantener debidamente informados a los contribuyentes respecto de los funcionarios habilitados para recibir escritos que deban ser conocidos por el Tribunal Tributario, fuera del horario de oficina, se reemplaza el listado contenido en el Anexo N° 2 de la Circular N° 56, de 21 de diciembre de 2000, por el siguiente: 

 

                                                                            Anexo N° 2

 

   TRIBUNAL TRIBUTARIO


FUNCIONARIO HABILITADO PARA RECEPCION DE ESCRITOS FUERA DEL HORARIO DE OFICINA

I DIRECCION REGIONAL  
IQUIQUE

 

ELSA ELLIETE FERNANDEZ GALLARDO

TARAPACA N° 1460

IQUIQUE

II DIRECCION REGIONAL  
ANTOFAGASTA

 

JACQUELINE DEL ROSARIO SILVA GALLEGOS

CLODOMIRO ROSAS N° 617, POBLACION BONILLA

ANTOFAGASTA

III DIRECCION REGIONAL  
COPIAPO

 

ROXANA ELIZABETH ALFARO SANCHEZ

PORTAL DEL INCA  N° 573, VILLA  MODELO

COPIAPO

IV DIRECCION REGIONAL
LA SERENA

 

MARIA ISABEL MALDONADO ESPINOZA

LUIS BALANDA N° 34, VILLA FEDECO

COQUIMBO

V DIRECCION REGIONAL
VALPARAISO

 

MARIA ELIANA ARMIJO  ZUÑIGA

8 NORTE N° 3110, 5° SECTOR, GOMEZ CARREÑO

VIÑA DEL MAR

VI DIRECCION REGIONAL  
RANCAGUA

 

ROSA ESTER LOBOS JAMETT

LAS ESPIGAS N° 354, VILLA IMITERAN

RANCAGUA

VII DIRECCION REGIONAL
TALCA

 

YOLANDA TOLEDO RIVERA

8 ORIENTE N° 1572

TALCA

VIII DIRECCION REGIONAL
CONCEPCION

 

LEDDA PARRA GONZALEZ

AVENIDA COLLAO N° 477, INTERIOR

CONCEPCION

IX DIRECCION REGIONAL  
TEMUCO

BENEDICTO ROLANDO RIOS VILLABLANCA

SAN FEDERICO N°  920

TEMUCO

X DIRECCION REGIONAL  
VAL­DIVIA

ROSA MIRTA REYES FLORES

PASAJE NUEVA SEIS N° 3101, VILLA CAU-CAU

VALDIVIA

XI DIRECCION REGIONAL  
COYHAIQUE

LORENA ASTORGA MACLOAD

LAGUNA SAN RAFAEL N° 343, VILLA AUSTRAL

COYHAIQUE

XII DIRECCION REGIONAL  
PUNTA ARENAS

ELIANA CARCAMO BARRIA

PEDRO LAGOS N° 0276,  BARRIO PRAT

PUNTA ARENAS

XIII DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA  
SANTIAGO CENTRO

NORMA URBINA URETA

PASAJE SAN EUGENIO N° 3580, VILLA JARDIN ALTO, PARADERO 14 AVENIDA LA FLORIDA

LA FLORIDA

XIV DIRECCION REGIONAL  
METROPOLITANA  
SANTIAGO PONIENTE

 

ELISA ELIZALDE ORTIZ

GENERAL AMENGUAL N° 456

ESTACION CENTRAL

XV DIRECCION REGIONAL  
METROPOLITANA  
SANTIAGO ORIENTE

CARMEN GLORIA PEREZ VALENZUELA

PAUL HARRIS N° 1439,

LAS CONDES

XVI DIRECCION REGIONAL  
METROPOLITANA  
SANTIAGO SUR

ALEJANDRA REYES MUÑOZ

PASAJE ANTIGONISH N° 10469, VILLA LOS PINOS

LA FLORIDA

4.   Los funcionarios y domicilios indicados en el listado precedente, son los vigentes a la fecha de publicación de esta Circular. En todo caso, ellos podrán ser verificados por los interesados directamente en las Direcciones Regionales del S.I.I., o accediendo a la página WEB del Servicio en INTERNET (www.sii.cl). 

5.   Los Jefes del Departamento Tribunal Tributario serán responsables de mantener actualizados los datos contenidos en los avisos que sobre este particular se instalen en un lugar destacado de la secretaría de cada Tribunal. 

Asimismo, deberán informar de cualquier cambio  a la Oficina de Análisis de la Jurisprudencia, la que se responsabilizará  de mantener actualizada la información contenida al efecto en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos. 

Saluda a Ud., 

 

JUAN TORO RIVERA

DIRECTOR

 

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