1. Introducción
y alcances
A
fin de agilizar las solicitudes de modificación del nombre del
propietario de un bien raíz y/o dirección para el envío de
contribuciones y notificaciones referidas al Impuesto Territorial,
este Servicio ha implementado una nueva aplicación computacional en su
sitio web, a través de la cual los Conservadores de Bienes Raíces podrán
verificar los antecedentes informados por los contribuyentes en las
respectivas solicitudes, herramienta que reemplaza el procedimiento
instruido para estos efectos en la Circular N° 4, de 2002.
Por
estas razones, mediante la presente circular se deroga la Circular N° 4,
de 2002, y se imparten instrucciones actualizadas sobre la presentación
en la Oficina Virtual del SII en Internet, de solicitudes relativas a la
modificación del nombre del propietario de un bien raíz y/o cambio de
dirección para el envío de contribuciones y notificaciones, consulta de
estado de la misma y la verificación a efectuar por los Conservadores de
Bienes Raíces.
2.
Solicitud de modificación del nombre del propietario de un bien raíz y/o
cambio de dirección para el envío de contribuciones y notificaciones
2.1 Instrucciones
El
peticionario debe acceder a esta aplicación desde la Oficina Virtual del
SII (www.sii.cl), la cual se encuentra
disponible en el Menú de Bienes Raíces. Para iniciar una solicitud de
modificación, es necesario que el solicitante sea un usuario registrado
en el sitio web del SII y que cuente con la respectiva clave secreta que
lo identifique o certificado digital, en su caso.
Una
vez desplegada la aplicación, se deberá ingresar la información de la
región, comuna y rol de la propiedad. Para los propietarios ya
registrados, es posible realizar una búsqueda de todas las propiedades
asociadas a su RUT que hayan sido previamente informadas al SII.
Una
vez que se haya accedido a la aplicación se deberá ingresar la información
del actual propietario del bien raíz (nombre y RUT), junto con los datos
de la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes
Raíces respectivo, a saber fojas, número y año. Estos antecedentes podrán
obtenerse de la escritura de compraventa inscrita en el Conservador de
Bienes Raíces respectivo o certificado de dominio vigente de la
propiedad, entre otros.
El
solicitante, o el propietario indicado en la solicitud, podrá consultar
en la Oficina Virtual del SII www.sii.cl
el estado de la solicitud respectiva, la cual podrá ser aceptada o
rechazada; esto último ocurrirá cuando los antecedentes de que disponga
el SII o el Conservador de Bienes Raíces respectivo, no concuerden con lo
informado por el solicitante.
2.2
Ingreso o modificación de dirección para el envío de las contribuciones
y notificaciones
Junto
con la solicitud anterior, o en forma independiente, será posible
ingresar, modificar o eliminar la dirección para el envío de los avisos
de pago de contribuciones y/o notificaciones del SII referentes a bienes
raíces. Opcionalmente se podrá solicitar el envío a una casilla,
clasificador u oficina de la Empresa de Correos de Chile.
Este
trámite será obligatorio tratándose de sitios eriazos o predios agrícolas.
2.3
Solicitudes correspondientes a Inscripciones Especiales de Herencia
En caso de que
la propiedad haya sido adquirida por sucesión por causa de muerte, el
solicitante deberá indicar el RUT del causante, junto con la información
de la inscripción especial de herencia en el Conservador de Bienes Raíces
respectivo.
En caso de que
la actualización sea procedente, el SII ingresará como propietario en el
catastro de bienes raíces al causante, anteponiendo al nombre de éste el
prefijo “Suc” (abreviatura de sucesión).
2.4
Solicitudes asociadas a comunidades o comuneros de un bien raíz
No será posible
utilizar esta aplicación para las propiedades registradas a nombre de dos
o más personas, naturales o jurídicas, en el Conservador respectivo, en
razón de que en estos casos es necesario previamente verificar la
documentación que acredite los derechos de cada propietario.
Para estos casos
los propietarios o su mandatario, deberán presentar un formulario número
2118 en cualquier oficina del SII, adjuntando los documentos que acrediten
sus derechos.
3.
Mecanismo de validación de la información a efectuar por los
Conservadores de Bienes Raíces
Para aquellas
solicitudes de “Modificación del nombre del propietario de un bien raíz”
recepcionadas por el SII y que no se cuente con toda la información para
validarla, se procederá a solicitar al Conservador de Bienes Raíces su
verificación.
Mecanismos
de verificación
a)
Vía fax
Consiste
en el envío de un fax a un número registrado del Conservador de Bienes
Raíces respectivo en las bases de datos del SII, generándose un registro
de la fecha y hora de la recepción de la solicitud conforme del envío.
El formato del fax se encuentra en el Anexo N° 2. El Conservador deberá
responder por el mismo medio, al número indicado en dicho fax.
b)
Vía Internet
A
través de una aplicación computacional disponible en el sitio web del
SII, este Servicio requiere al Conservador de Bienes Raíces respectivo
los antecedentes necesarios para validar la información proporcionada por
el solicitante, debiendo dicho Conservador responder el
requerimiento por este mismo medio.
3.1
Instrucciones para la verificación de las solicitudes
Recibidas las
solicitudes vía fax o vía Internet, los Conservadores verificarán las
mismas, aprobándolas o rechazándolas:
a)
Si el mecanismo de verificación es vía fax, se deberá marcar una
“X” en el recuadro “V°B°” de la “Solicitud de Verificación de
Antecedentes del Propietario”,
b)
Si el mecanismo de verificación es vía Internet, se deberá
seleccionar la opción “Aceptar” y luego “Grabar” dentro de la
aplicación.
En
ambos casos, la aprobación deberá cumplir con las siguientes condiciones
copulativas:
1)
Los datos de la inscripción de dominio del bien raíz
(fojas, número y año) deben corresponder a una inscripción en el
Registro de Propiedad.
De esta forma, la circunstancia de no indicarse en la solicitud la fecha
de la inscripción (sólo se requiere el año) o que se trate de una
inscripción a “fojas vuelta” no son causales de rechazo de la misma.
2)
La inscripción del bien raíz se encuentre vigente en el
Registro de Propiedades del Conservador.
3)
El bien raíz debe encontrarse inscrito a nombre de un solo propietario o
corresponder a una comunidad hereditaria.
Si la actualización se solicita respecto de un inmueble adquirido por
sucesión por causa de muerte, el Conservador deberá constatar que el
nombre del propietario que se solicita validar, corresponda al causante de
la respectiva inscripción especial de herencia; para ello, el SII indicará
en estos casos el prefijo “Suc” (abreviatura de sucesión).
4)
El propietario (nombres y apellidos o razón social) indicado
en la solicitud debe corresponder al registrado en la inscripción de
dominio vigente. En caso de existir un RUT o cédula de identidad en el
registro, éste deberá coincidir con el indicado por el SII.
5)
La dirección de la propiedad registrada en el
Conservador de Bienes Raíces respectivo debe corresponder a la indicada
por el SII en la respectiva solicitud. En caso de existir diferencias
entre ambas, por cambio de nombre de la calle o denominación abreviada de
la misma, no deben existir dudas de que ambas corresponden al mismo
predio.
6)
La inscripción indicada en la solicitud no debe corresponder
a una posesión efectiva, por cuanto como se señaló, tratándose
de una comunidad hereditaria, los datos de la inscripción que deben
citarse en la solicitud son los correspondientes a los de la Inscripción
Especial de Herencia.
a)
Vía fax, se deberá marcar una “X” en el recuadro “Rechazo” en la
“Solicitud de Verificación de Antecedentes del Propietario”.
b)
Vía Internet, se seleccionará la opción “Rechazar” dentro de la
aplicación y luego grabar.
En ambos casos, se deberá seleccionar la causal más acorde al motivo que
dio origen a éste. Las causales vigentes, a contar de la publicación de
la siguiente circular, son las siguientes:
Listado de causales de rechazo
Número
|
Descripción
|
1
|
Inscripción
mal citada o inexistente.
|
2
|
Inscripción
no vigente.
|
3
|
Bien Raíz
con más de un propietario.
|
4
|
Propietario
no corresponde al registrado en la inscripción.
|
5
|
Dirección
de la propiedad en el SII no coincide con la del Conservador.
|
6
|
Inscripción
corresponde a posesión efectiva.
|
3.2 La
propiedad informada corresponde a otro Conservador
En el caso que
la propiedad consultada se ubique en el territorio jurisdiccional de un
Conservador distinto al consultado, éste deberá proceder de acuerdo a
las siguientes instrucciones:
Para
las solicitudes vía fax, se deberá marcar con una “X” el recuadro
“Otro Conservador”, enseguida se deberá anotar en la línea dispuesta
al lado del recuadro, el Registro Conservatorio al cual corresponda el
bien raíz.
Para
las solicitudes vía Internet, se deberá seleccionar la opción “Otro
Conservador”, enseguida seleccionar de la lista que se desplegará, el
Registro Conservatorio que corresponda y proceder a grabar.
3.3
Plazo para validar las solicitudes de verificación
Se establece un
plazo de cuatro (4) días hábiles para la resolución del Conservador de
Bienes Raíces respecto de las solicitudes de verificación enviadas por
el SII, plazo que rige a partir del día hábil siguiente, ya sea para los
envíos vía fax, o bien desde que se encuentran disponibles para su
consulta en la aplicación dispuesta en Internet.
4. Acceso al sistema de verificación de solicitudes vía Internet para
los Conservadores de Bienes Raíces
Esta aplicación
se encontrará disponible para los Conservadores que lo soliciten al SII,
la cual se denomina “Módulo de Consultas y Verificaciones CBR”. Para
acceder a esta aplicación se deberá completar el formulario del Anexo N°
1, indicando el o los funcionarios autorizados para ingresar al sistema y
enviarlo al fax (2) - 3951634.
Así mismo, el
Conservador en este formulario podrá, de acuerdo a lo indicado en el
Manual de Usuario, definir el perfil para cada uno de ellos (consultar
solicitudes e informes, ingresar respuestas y otros).
El Conservador a
su vez deberá informar, al menos con un día hábil de antelación,
cuando decida dejar sin efecto la autorización. Para ello deberá mandar
un correo electrónico a la casilla correo_ava@sii.cl
o bien un fax al número (2)-395 16 34, indicando el RUT, nombre de la
persona y la fecha desde la cual se requiere dejar nulo el acceso a
esta aplicación.
Para acceder a
este módulo, el usuario debe estar registrado en la Oficina Virtual del
SII www.sii.cl e ingresar desde el Menú
de Bienes Raíces, a la opción “Acceso a Opciones de Relacionados” y
finalmente al “Módulo de Consultas y Verificaciones CBR”.
Mayor información se dispondrá en el
Manual del Usuario disponible en el módulo, en www.sii.cl.
5. Vigencia de la presente circular
Las presentes
instrucciones regirán a contar del 1° de marzo de 2007.
Para mayor
información sobre las instrucciones impartidas, los Conservadores podrán
requerirla a través de la Mesa de Ayuda del SII fono (2) 395 11 15 o al
correo electrónico correo_ava@sii.cl
.
Saluda
atentamente a Ud.,
RICARDO
ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR
DISTRIBUCIÓN:
- AL
BOLETÍN
- A
INTERNET
- AL
DIARIO OFICIAL, EN EXTRACTO
ANEXO N° 1
Formulario de
“Solicitud de creación o eliminación de usuarios al Módulo de
Consultas y Verificaciones CBR”, disponible para los Conservadores de
Bienes Raíces.
ANEXO N° 2
Formato del Fax de “Solicitud de Verificación
de Antecedentes del Propietario”.
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