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Introducción y alcances
El Servicio de Impuestos Internos, con
miras a facilitar el cumplimiento tributario y mejorar los
mecanismos de comunicación y coordinación con las instituciones que
aportan o requieren información del Servicio, ha desarrollado una nueva
aplicación computacional en su Oficina Virtual (www.sii.cl)
para el uso de los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces, a través
de la cual se genera en línea el formulario N° 2890 “Declaración
sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces”.
Esta aplicación permite crear, validar e
imprimir un F2890 por los Notarios, en la parte que les compete: “Sección
de uso exclusivo del Notario”. Por su parte, tratándose de
Inscripciones Especiales de Herencias u otras transferencias de dominio no
originadas en una escritura pública, el Conservador de Bienes Raíces,
al realizar la respectiva inscripción, podrá crear, validar e
imprimir el F2890, completando en estos casos ambas secciones del
formulario: “Uso exclusivo del Notario” y “Uso exclusivo del
Conservador de Bienes Raíces”.
Los formularios generados y aprobados en
esta aplicación deberán ser impresos y firmados por el Notario o
Conservador de Bienes Raíces; sin embargo, no será necesario solicitar
la firma del adquirente o su representante legal.
En vista de las consideraciones anteriores,
la presente circular instruye sobre cómo utilizar esta nueva aplicación
y complementa las instrucciones impartidas en las circulares N° 10 de
2004 y
N° 26 de 2006, relacionadas con el formulario N° 2890.
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Descripción de la aplicación y emisión de “Formulario 2890 en Línea”
2.1 Acceso a la aplicación
“Formulario 2890 en línea”
Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces
deben solicitar al SII acceso a la aplicación, mediante el envío vía
web de la “Solicitud de Creación o Eliminación de Usuarios para el
Acceso al Formulario 2890 en Línea”, indicando el o los
funcionarios autorizados para utilizar esta aplicación. Para acceder a
este formulario, el Notario o Conservador de Bienes Raíces debe estar
registrado en la Oficina Virtual del SII www.sii.cl
e ingresar al Menú de Bienes Raíces a la opción “Acceso a Opciones de
Relacionados” (previa autenticación) y luego a la aplicación
“Formulario 2890 en línea”. El Servicio de Impuestos Internos
comunicará la fecha a partir de la cual la Notaría o el Conservador de
Bienes Raíces respectivo estará habilitado para utilizar la aplicación.
A partir de dicha fecha, todos los F2890 (nuevos o rectificatorios) deberán
ser creados utilizando esta aplicación.
Cuando el Notario o Conservador decida
dejar sin efecto la autorización de acceso de un funcionario a la
aplicación, deberá enviar vía web el formulario indicado en el párrafo
anterior, al menos con un día hábil de antelación. El SII confirmará
la recepción de la solicitud e indicará la fecha y hora a partir
de la cual el funcionario no podrá ingresar a la aplicación.
Por su parte, en el caso de un nuevo
nombramiento de un Notario o Conservador de Bienes Raíces (titular o
interino), se deberá confirmar o modificar la lista de usuarios
autorizados, mediante el envío del formulario ya mencionado a través de
la Oficina Virtual del SII en Internet, a más tardar al día siguiente hábil
de que asuma el cargo. De lo contrario, la autorización de acceso a la
aplicación de los usuarios quedará sin efecto automáticamente, debiendo
por tanto solicitar una nueva autorización para utilizar el sistema, según
el procedimiento descrito en el párrafo primero de este apartado.
Para acceder a esta aplicación, el usuario
ya autorizado debe estar registrado en la Oficina Virtual del SII www.sii.cl
e ingresar desde el Menú de Bienes Raíces, opción “Acceso a Opciones
de Relacionados” y finalmente a la aplicación “Formulario 2890 en Línea”.
A continuación se desplegarán las siguientes opciones, dependiendo del
perfil definido para cada usuario:
2.2 Creación, Modificación,
Aprobación y Consulta de un F2890
a)
Crear un nuevo formulario F2890
Esta opción permite crear un
formulario F2890, ingresar la información requerida, guardar los cambios
introducidos, validar el F2890 en línea y aprobarlo, siguiendo las
instrucciones que indique la aplicación. El formulario se puede guardar
total o parcialmente. Al momento de guardar el F2890 por primera vez, se
otorgará un número único de atención electrónico al formulario.
El
formulario cambiará de estado dependiendo de las acciones que se realicen
sobre él. Los estados posibles serán:
-
Ingresado:
indica un formulario con los datos básicos ya ingresados y al cual se
ha asignado el número único de atención electrónico.
-
Validado:
se refiere a aquel formulario que superó las validaciones en línea
de la aplicación, relativas al llenado de los campos numéricos
e integridad de los datos requeridos.
-
Aprobado:
corresponde a un formulario ya validado y con el visto bueno del
usuario de la Notaría o del Conservador de Bienes Raíces. Sólo
los formularios en este estado e impresos se podrán firmar por el
Notario o Conservador de Bienes Raíces.
-
Nulo:
corresponde a un formulario aprobado y que fue necesario reemplazar
(modificar) por contener errores en el ingreso u omisión de algún
dato. Un formulario se podrá reemplazar sólo en caso de mantener los
ejemplares originales en poder del Notario o Conservador de Bienes Raíces.
-
Rectificado:
indica que un formulario aprobado e impreso fue rectificado. Esta opción
debe utilizarse en los casos que el Formulario F2890 impreso y firmado
ya no esté en poder del Notario o Conservador de Bienes Raíces, según
corresponda (ver título 2.4).
-
Cerrado:
Indica que un formulario aprobado, impreso y firmado por el
Conservador de Bienes Raíces y por el Notario, si corresponde, fue
presentado por el Conservador de Bienes Raíces en las oficinas
del SII.
Para
efectos de revisión o respaldo se podrá imprimir un formulario que no
tenga el carácter de “aprobado” o “cerrado”, en cuyo caso
en el documento impreso constará una glosa de fondo que indicará el
estado del formulario.
b)
Consultar: esta opción permite consultar formularios grabados en la
aplicación (cualquier estado) y para ello se cuenta con los siguientes
criterios de selección o búsqueda:
Una
vez seleccionado el criterio de búsqueda, se desplegará una lista con
los formularios encontrados y será posible acceder al detalle de ellos.
Al
consultar el detalle de un F2890 previamente aprobado o cerrado, se puede
utilizar la alternativa de selección “Plantilla”, para efectos
de generar un nuevo F2890 que traspasará la información relevante del
formulario original, sin tener la necesidad de ingresar todos los datos
nuevamente. Esta opción es útil en el caso de transferencias masivas.
c)
Modificar y aprobar un formulario: al consultar el detalle de
un formulario en estado de ingresado o validado, es posible
modificarlo según se requiera y una vez que se superen las validaciones,
se podrá seleccionar la opción “aprobar”, quedando el Formulario en
estado de “Aprobado”. Sólo los formularios en este estado se
deben imprimir, firmar por el Notario y adjuntar a la respectiva
escritura. En los casos que el Conservador de Bienes Raíces llene la
sección “Uso Exclusivo del Notario”, es el Conservador quien deberá
aprobar, imprimir, firmar y remitir el formulario al SII.
d)
Limpiar: Permite reiniciar una nueva consulta y liberar marcas en las
casillas de selección.
e)
Volver: Esta opción permite regresar a la página “Opciones
Funcionarios Relacionados”.
2.3 Reemplazar
Formulario 2890
El Notario o
Conservador de Bienes Raíces en esta opción podrá Reemplazar un
formulario aprobado, pero sólo si aún mantiene los ejemplares del
formulario en su poder. La aplicación asignará automáticamente un nuevo
número de atención al formulario reemplazante (el cual se podrá grabar,
validar, aprobar e imprimir) y el estado del formulario reemplazado
cambiará a nulo.
2.4
Rectificar Formulario 2890
En esta opción
el Notario o Conservador de Bienes Raíces podrá Rectificar un
formulario en estado de aprobado o cerrado. De esta forma se generará un
nuevo formulario que rectificará el formulario original y cambiará el
estado de este último a rectificado. Esta opción sólo se deberá
utilizar cuando el formulario original impreso y firmado ya no esté en
poder del Notario o Conservador que lo creó y se detecte un error
de llenado posteriormente.
En estos casos,
el nuevo F2890 se deberá enviar junto con una carta que indique los
cambios efectuados, a la Unidad de Avaluaciones del SII en cuya jurisdicción
territorial se encuentre ubicada la Notaría o Conservador de Bienes Raíces.
En el “Manual
del Usuario” a que se refiere el numeral siguiente, se contienen
instrucciones detalladas sobre la forma de rectificar un formulario
2890 que no se haya generado en forma electrónica.
3 Manual
del usuario y consultas sobre la aplicación
A objeto de facilitar el uso de esta nueva
herramienta, es posible descargar el “Manual del Usuario” desde el menú
de la aplicación, el cual permite conocer en forma gráfica y
descriptiva, paso a paso, las respectivas acciones que puede realizar el
usuario en cada opción de menú disponible.
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Presentación al SII de los Formularios 2890 generados a través de la
aplicación
Los formularios F2890 se entenderán
recepcionados válidamente por el SII cuando sean recibidos en sus
oficinas, junto con el formulario de remisión de documentos N° 2895, según
se establece en la Circular N° 10 de 2004.
Los formularios rectificatorios deben ser
generados y presentados de acuerdo a lo indicado en el título 2.4 de la
presente circular.
5 Vigencia de
la presente circular
Las presentes instrucciones regirán a
contar del 1° de septiembre de 2007.
Mayor información sobre las instrucciones
impartidas en la presente circular, se podrá requerir a la mesa de ayuda
del SII fono (2) 395 11 15 o bien a la dirección electrónica correo_ava@sii.cl
.
Saluda atentamente a Ud.,
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR
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