A.- Para la aplicación de las normas sobre Corrección Monetaria, contenidas
en la Ley sobre Impuesto a la Renta, respecto de ejercicios o períodos
finalizados al 31 de Diciembre del año 2007, a continuación se
proporciona la siguiente información:
1.-
Cotizaciones de Monedas Extranjeras y su variación
Porcentual
TIPOS DE MONEDAS
|
COTIZACIONES AL:
|
VARIACION PORCENTUAL
|
31.12.2006
|
30.06.2007
|
31.12.2007
|
SEMESTRAL
|
ANUAL
|
Dólar EE.UU.
|
$ 532,39
|
526,86
|
496,89
|
(5,69%)
|
(6,67%)
|
Dólar Canadá
|
457,10
|
495,31
|
506,26
|
2,21%
|
10,75%
|
Dólar Australia
|
419,37
|
446,83
|
433,59
|
(2,96%)
|
3,39%
|
Dólar Neozelandés
|
374,47
|
405,78
|
383,64
|
(5,46%)
|
2,45%
|
Libra Esterlina
|
1.041,86
|
1.057,74
|
989,43
|
(6,46%)
|
(5,03%)
|
Yen Japonés
|
4,47
|
4,28
|
4,41
|
3,04%
|
(1,34%)
|
Franco Suizo
|
436,39
|
431,50
|
440,70
|
2,13%
|
0,99%
|
Corona Danesa
|
94,18
|
95,83
|
98,04
|
2,31%
|
4,10%
|
Corona Noruega
|
85,32
|
89,35
|
91,83
|
2,78%
|
7,63%
|
Corona Sueca
|
77,75
|
77,03
|
77,46
|
0,56%
|
(0,37%)
|
Yuan
|
68,21
|
69,20
|
68,12
|
(1,56%)
|
(0,13%)
|
EURO
|
702,08
|
713,03
|
730,94
|
2,51%
|
4,11%
|
DEG
|
800,93
|
798,49
|
784,33
|
(1,77%)
|
(2,07%)
|
NOTA:
El valor de las monedas extranjeras al 30.06.2007 y al 31.12.2007,
corresponde al que se observó en el Mercado Bancario los días
29.06.2007 y 28.12.2007, respectivamente (últimos días hábiles
bancarios), y que publicó el Banco Central de Chile en el Diario
Oficial los días 03.07.2007 y 02.01.2008, respectivamente.
|
2.- Cotizaciones de Monedas Nacionales de
oro al 31.12.2007
(Precio comprador)
Oro amonedado de $ 100
|
$ 275.000
|
Oro amonedado de $ 50
|
$ 144.000
|
Oro amonedado de $ 20
|
$ 56.000
|
3.- Costo de Reposición de
Mercaderías Nacionales al 31.12.2007
-
Con adquisiciones en el segundo
semestre del año 2007 de bienes de su
mismo género, calidad o características, el costo de reposición
tributario será el precio más alto convenido por dichos bienes durante
el año 2007.
-
En cambio, si existen sólo adquisiciones en el
primer semestre del año 2007, será el precio más alto convenido en dicho semestre,
reajustado en
un 5,5%.
-
Por el contrario, si no existen adquisiciones
en el año 2007, el valor de
libros al término del ejercicio anterior se debe reajustar en un 7,4%.
4.- Costo de Reposición de Mercaderías
adquiridas en el extranjero al 31.12.2007
-
El costo de reposición de aquellos bienes adquiridos en el extranjero
respecto de los cuales exista internación de los de su mismo género,
calidad y características durante el segundo semestre del año 2007 será
equivalente al valor de la última importación.
-
Respecto de aquellos bienes adquiridos en el extranjero en que la última
internación de los de su mismo género, calidad y características se
haya realizado durante el primer semestre del año 2007, su costo de
reposición será equivalente al valor de la última importación,
reajustado en la variación porcentual semestral de la moneda extranjera
de que se trate, según Cuadro del Nº 1 anterior.
-
Tratándose de aquellos bienes adquiridos en el extranjero y de los cuales
no exista importación para los de su mismo género, calidad o características
durante el año 2007, su costo de reposición será equivalente al valor
de libros existente al término del año anterior reajustado en la variación
porcentual anual de la moneda extranjera de que se trate, según
Cuadro del Nº 1 anterior.
5.- Reajuste del Capital Propio
Inicial
Para ejercicios iniciados el 1º de Enero 2007 y finalizados al 31 de
Diciembre del año 2007 el Capital Propio Inicial debe reajustarse en un
7,4%.
6.- Porcentajes y factores de
Actualización Directos
MES EN QUE OCURRIO EL HECHO OBJETO DE ACTUALIZACION
|
PORCENTAJE DE REAJUSTE
|
FACTOR DE ACTUALIZACION DIRECTO
|
ENERO
2007
|
7,3%
|
1,073
|
FEBRERO
2007
|
7,0%
|
1,070
|
MARZO
2007
|
7,2%
|
1,072
|
ABRIL
2007
|
6,7%
|
1,067
|
MAYO
2007
|
6,1%
|
1,061
|
JUNIO
2007
|
5,5%
|
1,055
|
JULIO
2007
|
4,5%
|
1,045
|
AGOSTO
2007
|
3,3%
|
1,033
|
SEPTIEMBRE 2007
|
2,2%
|
1,022
|
OCTUBRE
2007
|
1,1%
|
1,011
|
NOVIEMBRE 2007
|
0,8%
|
1,008
|
DICIEMBRE
2007
|
0,0%
|
1,000
|
NOTA: Se hace presente, que de acuerdo a las disposiciones que rigen
el sistema de corrección monetaria de la Ley de la Renta, cuando el
porcentaje de reajuste da como resultado un valor negativo, dicho
valor no debe considerarse, igualándose éste a un valor cero (0),
normativa que rige tanto para los efectos de la aplicación de las
normas sobre corrección monetaria para ejercicios o períodos
finalizados al 31 de diciembre de cada año como para los términos
de giro y demás situaciones de reajustabilidad que establece dicho
texto legal.
|
B.- REAJUSTE DE LOS REMANENTES O SALDOS
NEGATIVOS DE UTILIDADES TRIBUTABLES Y NO TRIBUTABLES Y EXCESOS DE RETIROS
DEL EJERCICIO ANTERIOR
Los Remanentes o Saldos Negativos de Utilidades Tributables y No
Tributables y los Excesos de Retiros determinados al 31 de diciembre del año
2006, según las normas del artículo 14 de la Ley de la Renta, deben
reajustarse por el ejercicio comercial del año 2007 en un 7,4%.
C.- TABLA DE CALCULO DEL IMPUESTO GLOBAL
COMPLEMENTARIO PARA EL AÑO TRIBUTARIO 2008
RENTA NETA GLOBAL
|
FACTOR
|
CANTIDAD A REBAJAR (NO INCLUYE CREDITO 10% DE 1 U.T.A. DEROGADO POR N°
3 ART. UNICO LEY N° 19.753, D.O. 28.09.2001)
|
DESDE
|
HASTA
|
DE $
0,00
|
5.543.964,00
|
Exento
|
$
0,00
|
“
5.543.964,01
|
12.319.920,00
|
0,05
|
277.198,20
|
“
12.319.920,01
|
20.533.200,00
|
0,10
|
893.194,20
|
“
20.533.200,01
|
28.746.480,00
|
0,15
|
1.919.854,20
|
“
28.746.480,01
|
36.959.760,00
|
0,25
|
4.794.502,20
|
“
36.959.760,01
|
49.279.680,00
|
0,32
|
7.381.685,40
|
“
49.279.680,01
|
61.599.600,00
|
0,37
|
9.845.669,40
|
“
61.599.600,01
|
Y MAS
|
0,40
|
11.693.657,40
|
UNIDAD TRIBUTARIA
|
*
UTM Mes de diciembre de 2007 = $
34.222
|
*
Anual (12 x $ 34.222)
= $ 410.664
|
Saluda a Ud.,
RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR
DISTRIBUCION:
- AL BOLETIN
- INTERNET
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