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CIRCULAR N°11 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2008
MATERIA : IMPARTE INSTRUCCIONES PARA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE AGENTES DE ADUANAS ACOGIDOS A LA RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 18 DEL 01 DE FEBRERO DE 2008.

Como es de su conocimiento, el Servicio de Impuestos Internos, mediante la Resolución Ex. SII N° 18, de 01.02.2008, ha instruido que los Agentes de Aduanas que realizan operaciones de importación en el puerto de Valparaíso, en las que los contenedores no son desconsolidados, sino que siguen un flujo sin interrupciones con su sello original, conocidos como FCL o Cargas Completas de Contenedores, hasta la bodega del importador y que acrediten cumplir con las formalidades que dicha resolución establece, puedan realizar el traslado de mercaderías desde los recintos portuarios de Valparaíso hasta la dirección de destino de la mercadería, utilizando una copia de la Declaración de Ingreso (DIN) emitida de acuerdo a las formalidades establecidas por el Servicio Nacional de Aduanas, en reemplazo de la Guía de Despacho.

En atención a ello, se instruyen los procedimientos asociados al cumplimiento de las disposiciones de la aludida resolución, respecto del registro de los Agentes de Aduanas que opten por acogerse a esta modalidad.

1.      Inscripción en el Registro

Los Agentes de Aduanas que opten por inscribirse en el registro creado para tal efecto, deberán efectuar una presentación dentro del mes de febrero del  año 2008, de conformidad a lo dispuesto en el resolutivo 2° de la Resolución Ex. SII N° 18, de 01.02.2008.  

a)   Requisitos  

Tener registrada la actividad económica de “Agencias de Aduanas”, es decir, haber presentado previamente, en la sección de “RUT e Inicio de Actividad del Contribuyente” (RIAC), la correspondiente declaración jurada de Aviso de Inicio de Actividad, de acuerdo a lo establecido en la Circular N° 31, de 2007, incluyendo dicha actividad económica.  

b)   Presentación

Los Agentes de Aduanas que deseen inscribirse deberán realizar una presentación por escrito en la Dirección Regional o Unidad del Servicio que corresponda al domicilio de su casa matriz. Esta presentación se realizará utilizando para ello el Formulario 2117, el que podrá obtener desde el sitio web https://www.sii.cl/formularios/imagen/2117.pdf, o en las unidades del servicio, completando la siguiente información:  

  • Rol Único Tributario del contribuyente (Agente de Aduanas)

  • Razón Social o Nombre del contribuyente (Agente de Aduanas)

  • Domicilio del contribuyente (Agente de Aduanas)

  • Giro o Actividad Económica

  • Nombre y RUT del Representante Legal, cuando corresponda

  • Materia, la que para este caso corresponderá a “Inscripción en el Registro de Agentes de Aduanas autorizados por la Resolución Ex. SII N° 18, de 01.02.2008, para reemplazar la guía de despacho”

  • Código de Materia, que corresponderá al código utilizado para “otras materias“.

  • Fundamentos, que para este caso será Resolución Ex. SII N° 18, de 01.02.2008

c)   Dependencia del Servicio en la que se realizará el trámite

La presentación deberá realizarse en la sección de “Peticiones Administrativas”, o ante el funcionario que cumpla dicha función, de la Unidad o Dirección Regional correspondiente.

d)   Plazo para realizar la presentación   

El plazo fatal para realizar la presentación vence el día 29 de febrero de 2008.

El funcionario receptor podrá dar por no completado el trámite en los casos que:

  • El contribuyente no cumpla con los requisitos exigidos.

  • La presentación sea incompleta, respecto de la información mínima a contener.

  • La presentación se realice fuera del plazo indicado en el párrafo primero de esta letra.

En caso que el funcionario acepte a tramitación la solicitud presentada, deberá recortar la colilla prepicada, correspondientemente llenada, y entregarla al contribuyente o a su representante, consignando:

  • Fecha de realización del trámite.

  • Folio de la solicitud.

  • Nombre o Razón Social del contribuyente.

  • RUT del contribuyente.

  • Materia de la solicitud.

  • Código de la Materia.

  • Firma y Timbre del funcionario.

e)   Documentos que reemplazan la Guía de Despacho   

-    Copia de la Declaración de Ingreso (DIN) emitida de acuerdo a las formalidades establecidas por el Servicio Nacional de Aduanas: En los casos que el Servicio Nacional de Aduanas haya realizado aforo al contenedor, se deberá además registrar en la DIN el nuevo número de sello.

Los Agentes de Aduanas autorizados para reemplazar la guía de despacho en operaciones de importación deberán consignar al reverso de la Declaración de Ingreso (DIN):

  • Su firma y timbre.

  • Dirección de destino de la mercadería: bodega, punto de consolidación, de venta, u otro que resulte pertinente.

Los Agentes de Aduanas deberán proveer al transportista de una fotocopia íntegra de la DIN, que contemple el anverso y reverso del documento.

-    Documento de entrega de carga emitido por el Terminal Portuario o Recinto de Depósito Aduanero: el que deberá registrar un número correlativo único y los datos que individualizan la patente del vehículo de transporte, razón social y RUT de la empresa dueña del transporte, nombre y RUT del conductor del vehículo de transporte, y número del contenedor.  

2.        Efectos del Trámite

La autorización comenzará a regir a contar del día siguiente a la realización del trámite de inscripción en el registro.

Dicha autorización comprende, solamente, el reemplazo de las guías de despacho que debiesen ser emitidas respecto de las mercancías que se retiren desde los recintos aduaneros ubicados en Valparaíso, que no importen ventas, para ser trasladadas en vehículos destinados al transporte de carga a las respectivas bodegas o almacenes particulares de sus mandantes importadores, sin interrupción en su flujo con su sello original, en contenedores que no son desconsolidados, conocidos como FCL o Cargas Completas de Contenedores, y sólo permitirá al transportista trasladar las mercaderías desde los recintos portuarios ubicados en Valparaíso hasta la dirección de destino de la mercadería con los documentos indicados precedentemente.

 

Saluda atentamente a Ud.,

 

JORGE TRUJILLO PUENTES
DIRECTOR (S)

 

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