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CIRCULAR N°77 DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2010
MATERIA : TABLA DE CÁLCULOS DE REAJUSTES, INTERESES ENERO 2011

La presente Circular tiene por objeto poner en conocimiento de las Unidades del Servicio, la Tabla de Cálculos para la aplicación del reajuste, interés y multa de los Arts. 53 y 97 Nºs. 2 y 11 del Código Tributario, a impuestos adeudados a liquidarse y pagarse en el mes de  ENERO  DE  2011.

 

 

NOTAS:

1.      Reajuste Art.72 de la Ley de Impuesto a la Renta.

2.      En las columnas “Interés” y “Multas”, para impuestos con fecha de vencimiento al último día del mes, debe aplicarse el porcentaje de interés y multa correspondiente al mes siguiente.

3.      El reajuste a que se refiere el Art. 53, publicado en la presente Circular , corresponde a la cifra de variación experimentada por el I.P.C. entregada por el I.N.E. en su publicación oficial y cuyos porcentajes se han determinado mediante la nueva metodología de cálculo del IPC, establecida en el Decreto Supremo N° 322, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 29 de enero de 2010 y contenida en la Circular N ° 18, de 2010, del SII.

4.      Finalmente y, conforme a lo instruido en la Circular N ° 63, de 14.09.2001, la sanción a que se refiere el inciso 2° del N° 11 del Art. 97 del Código Tributario, es aplicable a los contribuyentes que, a contar del 01.07.2002, no declaren o subdeclaren un impuesto de retención o recargo, cuyo plazo de declaración y pago venza a contar de dicha fecha y hayan sido detectados en una actuación o proceso de fiscalización.

Saluda a Uds.,

JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

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