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CIRCULAR N°22 DEL 13 DE ABRIL DEL 2011
MATERIA : ACTUALIZA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN CIRCULAR N° 25 DE 2008, QUE IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS A LOS ARTÍCULOS 41A, 41B, 41C, 41D, 69 N° 3 Y 84 DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA POR LA LEY N° 20.171, DE 2007 Y OTRAS NORMAS RELATIVAS A LA DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL.

En el Diario Oficial de 02 de mayo de 2008, se publicó el extracto de la Circular N° 25, de 25 de abril de 2008, que impartió instrucciones sobre las modificaciones introducidas a los artículos 41A, 41B, 41C, 41D, 69 N° 3 y 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta por la Ley N° 20.171, de 2007 y otras normas relativas a la doble tributación internacional.

La presente circular tiene por objeto actualizar las instrucciones contenidas en la citada Circular, en lo que se refiere al Registro de Inversiones en el Extranjero, para efectos de lo previsto en el N° 2 de la Letra  D del artículo 41 A de La Ley Sobre Impuesto a la Renta.

En relación a lo anterior, actualmente, la letra c.2) del N° 2 del punto III de la Circular N° 25, de 2008, establece que: “Por consiguiente, los contribuyentes que deseen hacer uso del beneficio tributario en análisis, deberán presentar en la Dirección Regional que corresponda a su domicilio o en la  Dirección Grandes Contribuyentes, según sea el caso, una Declaración Jurada Simple, proporcionando toda la información relativa a la inversión que se contempla en el modelo de formulario de solicitud de Inscripción en el Registro de Inversiones en el Extranjero (RIE), disponible en la página Web de este Servicio, www.sii.cl. “

Conforme a lo expuesto, a partir de la publicación en extracto de la presente circular, quedará sin efecto la instrucción transcrita en el párrafo anterior, remplazándose por la siguiente: “Por consiguiente, los contribuyentes que deseen hacer uso del beneficio tributario en análisis, deberán inscribir previamente dichas inversiones en un registro electrónico denominado “Registro de Inversiones en el Extranjero”, que llevará este Servicio, de conformidad con el procedimiento que se establezca mediante Resolución.”

Saluda a Ud.,

JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

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