CIRCULAR N°30 DEL 18 DE MAYO DEL 2012
La presente Circular tiene por objeto
poner en conocimiento de las Unidades del Servicio, la Tabla de Cálculos para
la aplicación del reajuste e interés penal a que se refieren los incisos 1° y
3° del artículo 53 del Código Tributario y de la multa que establece el número
11 del artículo 97 del mismo cuerpo legal, por omisión en su declaración y pago
efectivo de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), a que se refiere el
Párrafo 3° del Titulo V de la Ley de Impuesto a la Renta, cuando se encuentra
cumplida la obligación tributaria anual. La Tabla mencionada deberá aplicarse
durante el año 2012 para el cálculo y determinación de los conceptos anotados,
en las liquidaciones y/o giros emitidos en el período conforme a las
instrucciones impartidas en las Circulares N°s. 102 y 117, ambas de 1975, y
Circular N° 16, de 1991, todas disponibles en la web del SII. Para calcular el valor de los giros se
debe proceder de la siguiente manera, teniendo presente que todas las cifras de
la Tabla están expresadas en porcentajes y que
1.- El giro por el reajuste se
determina aplicando sobre el PPM omitido el porcentaje de
2.- El giro por el interés y la multa
se determina aplicando sobre el PPM omitido, debidamente reajustado por el
porcentaje de
TABLA DE CALCULOS Saluda
a Ud., JULIO
PEREIRA GANDARILLAS DISTRIBUCIÓN: |