RESOLUCION EXENTA Nº 1695, DEL 10 DE MARZO DE 1999. MATERIA : POSTERGA PLAZO OTORGADO EN LA RESOLUCION Nº Ex 664, INP Nº 035-292, SAFP Nº 001, DE 28 DE ENERO DE 1999, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL DIA 04 DE FEBRERO DE 1999. VISTOS Y CONSIDERANDO : La Resolución Nº Ex 664, INP Nº 035-292, SAFP Nº 001, de 28 de enero de 1999, publicada en el Diario Oficial del dia 04 de febrero de 1999, mediante la cual se dispuso adecuar las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de depósitos voluntarios, la de declaraciones y no pago de cotizaciones previsionales y la de pago de cotizaciones previsionales declaradas, que los empleadores deben presentar ante las Administradoras de Fondos de Pensiones y el Instituto de Normalización Previsional, a partir de las remuneraciones correspondientes al mes de marzo del año en curso y considerando que los obligados han hecho presente las dificultades que tendrían para modificar, dentro del plazo otorgado, los formularios en uso. SE RESUELVE : 1º.- Postérgase la obligación impuesta a los empleadores de informar la Base Imponible Tributable y el correspondiente Impuesto Unico de Segunda Categoría del afiliado o trabajador en las Planillas señaladas en el Vistos, la cual se hará exigible a partir de las remuneraciones del mes de mayo de 1999. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE NORAMBUENA HERNÁNDEZ
JULIO BUSTAMENTE JERALDO DIRECTOR NACIONAL INSTITUTO
SUPERINTENDENTE DE
ADMINISTRADORAS
NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
DE FONDOS DE PENSIONES JAVIER ETCHEBERRY
CELHAY DIRECTOR SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS |