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RESOLUCION EXENTA Nº 24 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 1999.
MATERIA: DELEGA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE RESOLUCIONES Y EN LOS JEFES DE LAS UNIDADES DE CHAÑARAL Y VALLENAR LA FACULTAD DE AUTORIZAR LLEVAR LA CONTABILIDAD EN HOJAS SUELTAS.

VISTOS:

Lo dispuesto en el artículo 6º, letra B, Nº 7 del Código Tributario; en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; en el artículo 43 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y en la Resolución Nº Ex. 5775, de 30 de agosto de 1999, del Sr. Director del Servicio, y

CONSIDERANDO:

1º.- Que las disposiciones legales citadas me facultan para delegar en los funcionarios de mi dependencia facultades para resolver determinadas materias o para hacer uso de algunas de mis atribuciones, debiendo obrar en esta materia de acuerdo a las instrucciones del Director del Servicio, y

2º.- Que la Resolución Ex. Nº 5.775, de 30 de agosto de1999, autorizó a los Directores Regionales para delegar, mediante Resolución, en el Jefe del Departamento de Fiscalización y los Jefes de Unidad respectivos, la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas, conforme a lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 17 del Código Tributario.

3º.- Que, con el objeto de agilizar el trámite y dar una mejor atención a los contribuyentes que solicitan autorización para sustituir los libros de contabilidad por hojas sueltas de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 17 del Código Tributario es conveniente delegar en el Jefe del Departamento Regional de Resoluciones y en los Jefes de las Unidades de Chañaral y Vallenar la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas.

RESUELVO:

1º.- DELEGASE en el Jefe del Departamento Regional de Resoluciones y en los Jefes de las Unidades de Chañaral y Vallenar la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas, conforme a lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 17 del Código Tributario

2º.- Las resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación de facultades deberán citar en la parte considerativa esta Resolución por su número y fecha, actuando "por Orden del Director Regional".

 

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE

 

(fdo.) LUIS LAMPEREIN ALARCÓN
DIRECTOR REGIONAL