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RESOLUCION EXENTA Nº 3423 DEL 27 DE MAYO DE 1999

MATERIA : CREA DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION MASIVA Y DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION SELECTIVA.

Esta Dirección Nacional con fecha de hoy, ha dictado la siguiente Resolución:

VISTOS : Las necesidades del Servicio, las facultades que me confieren en las letras a), h) y n) del artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del DFL Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda.

RESUELVO :

I.- Créanse en las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro y Santiago Oriente el Departamento de Fiscalización Masiva y el Departamento de Fiscalización Selectiva, los cuales dependerán del respectivo Director Regional.

Al Departamento de Fiscalización Masiva le corresponderá ejecutar, principalmente, procesos masivos de fiscalización, es decir, planes que enfrentan a un número significativo de contribuyentes a través de procesos estructurados de atención y fiscalización, contando para su ejecución con un apoyo informático uniforme a lo largo del país, con objeto de lograr eficiencia y efectividad en la fiscalización. La tasa de atención es alta, dado que es una fiscalización focalizada a un proceso particular del contribuyente.

Al Departamento de Fiscalización Selectiva le corresponderá ejecutar, principalmente, procesos selectivos de fiscalización, es decir, planes orientados a actividades económicas o grupos de contribuyentes específicos, en que se aprecia un incumplimiento tributario, con un enfoque que depende del objetivo que se desea alcanzar con cada programa. La tasa de atención es baja, ya que supone una revisión más extensiva e integral del contribuyente.

II.- A los Departamentos de Fiscalización Masiva y Selectiva, le corresponderá además, realizar las siguientes funciones;

GENERALES :

  1. Velar por el buen cumplimiento de todas las actividades de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos en su jurisdicción y en el ámbito de su competencia.
  2. Planificación, supervisión y control de los grupos de trabajo que le corresponda dirigir.

ESPECIFICAS :

  • Planificación
  1. Fijar objetivos y metas relativas a las diferentes actividades de fiscalización que se realizan en el Departamento. En particular, referido al estándar de documentos y casos a resolver por los funcionarios en un determinado período.
  2. Reunir los antecedentes de actividades potencialmente evasoras de su jurisdicción para ser considerados en la planificación anual de programas, a través del conocimiento y experiencia acumulada.
  3. Planificar y dirigir reuniones de trabajo respecto de situaciones específicas y/o de aplicación de instrucciones, normativas, etc.
  4. Planificar y coordinar el uso de recursos del Departamento.
  • Asignación
  1. Realizar una distribución controlada y equilibrada de la carga de trabajo a los grupos, supervisando la asignación o reasignación de las actividades que se deben llevar a cabo.
  2. Resolver respecto de los antecedentes remitidos por el Jefe de Grupo, que hayan surgido como casos conexos y si corresponde, asignarlo a un grupo.
  3. Establecer plazos para resolver y dar respuesta a los documentos que requieran de algún trámite, y en especial para aquellos documentos que tengan el carácter de urgente.
  4. Establecer plazos de término de Programas Regionales, como asimismo, redefinir por escrito nuevos plazos, si es necesario, tanto de Programas Regionales como Nacionales.
  5. Establecer estándares de cumplimiento para cada una de las etapas del proceso de fiscalización, de tal forma que estos sirvan de marco de referencia para los plazos específicos que determine el Jefe de Grupo.
  6. Asignar las funciones o tareas a los Jefes de Grupo que estime necesarias para un mejor desempeño de las actividades que se llevan a cabo en el Departamento, y en particular, de las actividades del grupo que tiene a cargo.
  • Ejecución y Control
  1. Supervisar la labor de los funcionarios del Departamento.
  2. Velar por el buen desempeño ético de los funcionarios, estableciendo los controles y verificaciones que garanticen en sus actuaciones una estricta observancia de los principios de probidad administrativa; informando oportunamente a su superior jerárquico, sobre el incumplimiento de las obligaciones o irregularidades detectadas; siendo, por lo tanto, el Jefe de Departamento el responsable del comportamiento ético de sus funcionarios.
  3. Dar la orientación general y específica, cuando corresponda, para efectuar las diferentes actividades de fiscalización que se realizan en el Departamento.
  4. Dar orientaciones específicas para el cumplimiento de las instrucciones establecidas en el Sistema de Control de Gestión, supervisando el cumplimiento de éstas.
  5. Mantener permanentemente informados a los funcionarios de las instrucciones y modificaciones legales relativas a su labor.
  6. Supervisar el avance de los programas regionales y nacionales.
  7. Supervisar la coordinación de los procesos de atención de contribuyentes, producto de la Operación Renta u otros.
  8. Aprobar cada caso que se incorpore al Programa Regional, debiendo remitir un documento al Encargado del Sistema de Control de Casos, al menos con la información de los contribuyentes a auditar.
  9. En relación al trabajo realizado por los funcionarios, se debe:
    1. Supervisar los documentos de respuesta que generan los funcionarios.
    2. Supervisar que las respuestas a las peticiones definidas como urgentes, salgan dentro de los plazos fijados.
    3. Autorizar, en las situaciones que correspondan, las prórrogas presentadas por los contribuyentes.
    4. Supervisar que se haga entrega del Acta de Recepción de Documentos cuando el contribuyente haya entregado la documentación solicitada.
    5. Supervisar que se haga entrega del Acta de Devolución de Documentos cuando se devuelvan los documentos al contribuyente.
    6. Supervisar que se informe al contribuyente por escrito cuando la revisión de un caso ha terminado con Acta de Conciliación Total o bien, cuando no se han encontrando diferencias de impuestos (procediendo sólo la confección de un informe por parte del Funcionario a cargo del caso), indicándose que la revisión ha concluido sin perjuicio de que pueda volver a ser revisado dentro de los plazos de prescripción que establece la ley.
    7. Supervisar que se efectúe una correcta emisión y ejecución de las Notificaciones, Rectificatorias, Citaciones, Actas de Conciliación Parcial, Actas de Conciliación Total, Liquidaciones, giros e informes.
    8. Supervisar que se le informe al contribuyente de cada una de las actuaciones mencionadas en el punto anterior.
    9. Supervisar que las Carpetas de Casos se encuentren completas, tanto cuando ha terminado el caso para el fiscalizador como cuando el caso ha terminado a nivel de LI>Mantener bajo su control el archivo de los expedientes de inversiones y de auditorías terminadas por el Departamento.
    10. Mantener bajo su control la base de datos de casos de facturas irregulares, contemplada en la Circular 78 de 1997.
    11. Mantener bajo su responsabilidad archivadores con original de notificaciones, ya sea para requerir antecedentes como para que el contribuyente tome conocimiento de actuaciones que impliquen la entrega de documentos como: Resoluciones, Citaciones, Liquidaciones y/o Giros.
    12. Atender y canalizar las denuncias que realizan terceros relativas a temas de fiscalización tributaria.
    13. Supervisar el cumplimiento de las tareas o funciones asignadas a los Jefes de Grupo; en particular, la labor de revisión de los documentos de respuesta, y de todos los documentos que se generan por concepto de las auditorías.
    14. Asesorar a los Jefes de Unidad y Jefes de Grupo en materias técnicas y tributarias.
    15. Solicitar el estado de los documentos y casos, de tal manera de evaluar permanentemente la antigüedad de estos, para poder tomar las acciones correspondientes en el momento oportuno.
    16. Supervisar que los casos y documentos pendientes, asignados a un funcionario que se retira del Servicio o se cambia a otra Dirección Regional, correspondan a los que efectivamente debe hacer entrega, según los registros o información existentes.
    17. Atender a los contribuyentes cuando el Jefe de Grupo no tenga la atribución para resolver respecto de algún tema o cuando el contribuyente no quede satisfecho con la solución, o respuesta entregada por el Jefe de Grupo, o en otras situaciones que se amerite.
    18. Derivar oportunamente al contribuyente con el Director Regional en aquellas situaciones que sean de la competencia de éste, o bien cuando el contribuyente no quede satisfecho con la solución o respuesta entregada.
    19. Tomar las acciones que correspondan asegurándose que se de respuesta a los reclamos presentados por los contribuyentes correspondientes al área de fiscalización, a través de las instancias establecidas para ello.
    • Evaluación de Resultados
    1. Definir a partir de las herramientas de apoyo a la gestión y de control que se disponen, indicadores que den cuenta del cumplimiento de las metas y programas a nivel regional, grupal y por funcionario.
    2. Evaluar los programas de trabajo en ejecución en el Departamento, tomando las acciones correctivas de modo de alcanzar la mayor efectividad. La periodicidad con que se efectúe la evaluación debe ser definida por el Jefe de Departamento en conjunto con el Director Regional.
    3. Evaluar el cumplimiento de los plazos de aquellos casos que están sujetos a vencimientos.
    4. Evaluar a los funcionarios respecto de la labor realizada, y en particular, respecto del cumplimiento de los objetivos y metas planteadas, de acuerdo a la periodicidad definida por el Jefe de Departamento en conjunto con el Director Regional.
    5. Evaluar las labores del Jefe de Grupo.
    6. Evaluar el impacto de la capacitación en el cumplimiento de los objetivos y metas de las actividades de fiscalización.
    • Retroalimentación
    1. Informar a las áreas que correspondan de la Dirección Nacional, los problemas detectados en la labor habitual y que sean de la competencia de ésta.
    2. Proponer al Director Regional, análisis sobre vacíos legales y nuevos procedimientos de fiscalización, que permitan ser más eficaces y eficientes en el cumplimiento de los objetivos planteados.
    3. Informar al Director Regional respecto del cumplimiento de los objetivos y metas planteados.
    4. Realizar reuniones periódicas de trabajo con los Jefes de Grupo, para analizar el avance en el cumplimiento de las metas.
    5. Retroalimentar a los funcionarios a su cargo respecto del cumplimiento de los objetivos y metas planteados.
    6. Generar los canales de comunicación necesarios que permitan aprovechar la experiencia y conocimiento de los funcionarios, de tal forma que ellos puedan informar de los problemas que se presenten, como de las alternativas para resolverlos.
    7. Generar los canales de comunicación necesarios que permitan difundir y llevar a la práctica la aplicación de normativas o instrucciones que sean de la competencia de los funcionarios.
    • Comunicación Externa
    1. Representar al SII ante otras autoridades o instituciones y al interior del Servicio ante otros estamentos o comités, cuando el Director Regional así lo disponga.
    2. Coordinar la acción fiscalizadora con otros Servicios.
    3. Difundir la normativa legal a sectores de actividad económica, reportando al Director Regional.

ANOTESE Y COMUNIQUESE

 

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY

DIRECTOR