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RESOLUCION EXENTA Nº 386 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1999.
MATERIA:DELEGA EN JEFE DEPARTAMENTO REGIONAL DE RESOLUCIONES Y EN JEFES DE UNIDADES QUE INDICA, FACULTAD PARA AUTORIZAR LLEVAR CONTABILIDAD EN HOJAS SUELTAS.

VISTOS:

Lo dispuesto en el artículo 6°, letra B N° 7 del Código Tributario, y en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; el artículo 43 de la Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado y en la Resolución N° EX 5775 de 30 de agosto de 1999 del señor Director del Servicio; y

CONSIDERANDO:

1°.- Que, los artículos 6º, letra B, Nº 7 del Código Tributario y 20 de la citada Ley Orgánica, facultan a los Directores Regionales para autorizar a los funcionarios de su dependencia, para resolver determinadas materias o para hacer uso de alguna de sus atribuciones, debiendo obrar para estos efectos de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Director;

2°.- Que con el objeto de agilizar el trámite y dar una mejor atención a los contribuyentes que solicitan autorización para sustituir los libros de contabilidad por hojas sueltas de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del Artículo 17 del Código Tributario, el señor Director del Servicio autorizó a los Directores Regionales, por medio de la Resolución Nº Ex 5775 de fecha 30 de agosto de 1999, para delegar en los Jefes de Departamentos de Resoluciones y en los Jefes de Unidades de su dependencia, la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas.

RESUELVO:

DELEGASE en el Jefe del Departamento Regional de Resoluciones y en los Jefes de las Unidades de Angol, Victoria y Villarrica, la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 17 del Código Tributario.

Las Resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación de facultad deberán citar la presente resolución delegatoria identificándola con su número y fecha.

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO.

 

(FDO.) RENE CORNEJO CACERES
DIRECTOR REGIONAL