Home > Resoluciones 1999

 

RESOLUCION Nº 4066 DEL 18 DE JUNIO DE 1999

MATERIA : DETERMINA COLOCAR FECHA EN LOS DOCUMENTOS, CON TIMBRE DE GOMA O IMPRESO POR COMPUTADORA A CONTAR DEL 01-01-2000.

VISTOS : Lo dispuesto en los Artículos 6º letra A. Nº 1, del Código Tributario, contenido en el Decreto Ley Nº 830, de 27 de Diciembre de 1974, publicado en el Diario Oficial del mismo mes y año, y 7º letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda.

CONSIDERANDO  :

Que, en los documentos de carácter tributario que los contribuyentes tienen timbrados o por timbrar por el Servicio, en la mayoría de los casos están impresos como primeros numerales del año en que se usarán, ya sea 19--o 199-, lo que implica que a partir del 1º de Enero del año 2000, no podrán utilizarse.

Que, es conveniente dar una solución al problema que afectará a los contribuyentes, que tienen en existencia documentos en las condiciones indicadas en el considerando precedente, autorizando el uso de los timbrados y el timbraje de los que no lo están, fijando la forma como deben proceder.

SE RESUELVE :

1º Autorízase a contar del 1º de Enero del año 2000, a los contribuyentes que emitan sus documentos tributarios por medios computacionales, a imprimir por dichos medios la fecha pertinente en los documentos que tengan impresos como primeros números del año en que se utilizarán 19--, ó 199-.

2º Autorízase, a contar de la misma fecha a los contribuyentes que emitan sus documentos tributarios por medios manuales u otros no computacionales, a indicar la fecha pertinente por medio de la aposición de timbre de goma en los documentos que tengan impresos como primeros números del año en que se utilizarán 19--, ó 199-.

3º Las boletas que se emitan deberán señalar el mes de emisión mediante el uso de palabras o números árabes, corrientes, y en ningún caso romanos, para individualizar cada uno de los meses calendarios del año.

4º Las autorizaciones anteriores sólo regirán hasta el 31 de Marzo del año 2000, por lo que a partir del 01 de Abril de dicho año, los documentos que presenten ante el Servicio para su timbraje no podrán tener impresos como primeros números del año en que se utilizarán las cifras 19--, ó 199-.

5º La presente resolución rige a contar de su publicación en el Diario Oficial.

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO

 

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY

DIRECTOR