RESOLUCION EXENTA Nº 5775 DEL 30
DE AGOSTO DE 1999 Hoy se ha resuelto lo siguiente: Lo dipuesto en los artículos 6° letra B), N° 7 del Código Tributario, en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980, y en el artículo 43 de la Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado. CONSIDERANDO: 1° Que los artículos 6°, letra B, N° 7
del Código Tributario y 20 de la citada Ley Orgánica, facultan a los
Directores Regionales para autorizar a los funcionarios de su dependencia,
para resolver determinadas materias o para hacer uso de alguna de sus
atribuciones, debiendo obrar para estos efectos de acuerdo a las instrucciones
impartidas por el Director; RESUELVO: Autorízase a los Directores Regionales de todo el país, para delegar, mediante resolución en los Jefes de Departamentos de Resoluciones y en los Jefes de Unidades de su dependencia, la facultad de autorizar llevar la contabilidad en hojas sueltas, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del Art. 17 del Código Tributario. ANOTESE Y COMUNIQUESE
JAVIER ETCHEBERRY CELHAY DIRECTOR
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y demás fines: Saluda a Ud. DISTRIBUCION: -SUBDIRECTORES -DIRECTORES REGIONALES -JEFES DE DEPTOS. DE RESOLUCIONES DIRECCIONES REGIONALES -OFICINA FISCALIZACION CICLO DE VIDA -INTERNET -OFICINA DE PARTES -BOLETIN Guillermo Muñoz Contreras Oficina Ciclo de Vida del Contribuyente |