RESOLUCION EXENTA N° 7134 DEL 25 DE
OCTUBRE DE 1999 VISTOS: Lo dispuesto en los Artículos 6º letra A.
Nº 1, del Código Tributario, contenido en el Decreto Ley Nº 830, de 27 de
Diciembre de 1974, publicado en el Diario Oficial del mismo mes y año, y 7º
letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en
el Artículo Primero del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, y CONSIDERANDO: 1º Que, algunos modelos de máquinas
registradoras convencionales que emiten vales en reemplazo de las boletas de
ventas y servicios, su sistema de programación de fecha cuenta sólo con dos dígitos
para registrar el año y no existen posibilidades de ser modificada por
razones técnicas; 2º Que, para dar una solución al problema
que afectará a los contribuyentes, que poseen máquinas registradoras
indicadas en el considerando anterior, es conveniente autorizar la impresión
de 2 dígitos, es decir "00", para simbolizar el año 2000 y para los
años 2001 y sucesivos, el registro de los dígitos "01" y
siguientes, como también en los informes de ventas diarias "Z", a
partir del año 2000 en adelante; SE RESUELVE: 1º) Autorízase a contar del 1º de Enero
del año 2000, a los contribuyentes que emitan vales en reemplazo de las
boletas de ventas y servicios por medio de máquinas registradoras
convencionales, imprimir el año en los vales y en el informe de ventas
diarias "Z", en dos dígitos, es decir "00", para
simbolizar el año 2000 y para los años 2001 y sucesivos, el registro de los dígitos
"01" y siguientes. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE JAVIER ETCHEBERRY CELHAY DISTRIBUCION: |