RESOLUCION EXENTA N° 3767 DEL 01 DE AGOSTO DE 2000 Vistos: Lo dispuesto en el artículo 6°, letra A), del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830, de 1974, y el artículo 12°, letra a), del Decreto Ley N°3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y CONSIDERANDO: 1.- Que en virtud de las disposiciones legales citadas precedentemente, se dictó la Resolución N° 287 exenta de fecha 14 de Enero de 2000, publicada en el Diario Oficial del día 21 del mismo mes y año, y 2.- Que, la lista anexa de dicha resolución, publicada en el Diario El Mercurio del día 28 de enero de 2000, contiene algunos errores en su emisión, que se hace necesario rectificar: SE RESUELVE: Efectúense las siguientes rectificaciones en la lista anexa que contiene la resolución N° 287 exenta, de fecha 14 de enero de 2000, publicada en el diario El Mercurio el día 28 del mismo mes y año: a.- En las páginas del suplemento "Permisos de
Circulación", del diario El Mercurio que se indican, corríjanse las siguientes
tasaciones:
Anótese, comuníquese y publíquese
JAVIER ETCHEBERRY CELHAY Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes DISTRIBUCIÓN Diario Oficial. |