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RESOLUCION EXENTA N°33 DEL 24 DE AGOSTO DEL 2001
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA EN LO RELACIONADO CON EL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CREA OFICINAS QUE SEÑALA DEPENDIENTES DE LA CITADA UNIDAD.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Las necesidades del Servicio; las facultades que se me confieren en el artículo 3° y en las letras c), h) y n) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 1980, lo establecido en el artículo 11 N° 1, de la Ley N° 19.738 y lo dispuesto en las Resoluciones N° 379 y Ex. N° 7590, de 4 de diciembre de 1991 y 15 de noviembre de 1999, respectivamente, de esta Dirección ; y,

CONSIDERANDO:

La necesidad de adecuar la organización de la Subdirección de Fiscalización, a fin de abordar con éxito y con el máximo de eficiencia las labores propias de esa Subdirección y en especial las relacionadas con los nuevos desafíos de la Ley N° 19.738, que contiene normas para combatir la evasión tributaria;

RESUELVO:

1..- Reemplázase el número 4 de la letra A.- de la Resolución N° 379, de 4 de diciembre de 1991, por el siguiente:

"4.- Departamento Subdirección de Fiscalización:

  • Departamento de Fiscalización Interna;
  • Departamento de Fiscalización de la Tributación Internacional;
  • Departamento de Operación Renta;
  • Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes;
  • Oficina de Fraude Fiscal; y,
  • Oficina de Fiscalización de Organizaciones Sin Fines de Lucro y Entidades Fiscales."

2.- Al Departamento de Fiscalización Interna le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Proponer y coordinar Planes generales y/o sectoriales de Fiscalización.
  2. Desarrollar procedimientos y sistemas administrativos que propendan a la eficiencia de la fiscalización.
  3. Proponer medidas administrativas de fiscalización tendientes a mejorar la recaudación
  4. Mantener permanente contacto con las Direcciones Regionales sobre temas relacionados con la fiscalización.
  5. Supervisar la fiscalización y evaluar el desarrollo de las actividades fiscalizadoras de las Direcciones Regionales y de la Dirección Grandes Contribuyentes en el área de tributación fiscal interna.
  6. Estudiar y proponer medidas administrativas de fiscalización en los sectores económicos que la Subdirección de Fiscalización estime convenientes.
  7. Preparar y proponer planes de fiscalización para combatir la evasión en el área de tributación fiscal interna.
  8. Proponer normas e instrucciones para el uso de máquinas registradoras o de sistemas mecánicos, electrónicos, digitales o computacionales relacionados con la forma de cumplir con determinadas obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
  9. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de este Departamento.

3.- Al Departamento de Fiscalización de la Tributación Internacional le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Proponer y coordinar planes para fiscalizar el cumplimiento de la Ley tributaria chilena respecto de los ingresos generados en el exterior y de los convenios internacionales sobre exención de impuestos, eliminación de la doble tributación internacional o sobre intercambio de información.
  2. Recopilar antecedentes, programar y realizar labores de detección de entidades, o personas extranjeras, o chilenas, que desarrollan actividades en Chile, o en el extranjero, en condiciones de marginalidad de la tributación, eludiendo o evadiendo los tributos que conforme a las Leyes debieran pagarse al Estado de Chile, como asimismo, respecto de empresas extranjeras a las cuales se les efectúan remesas desde Chile por diversos conceptos;
  3. Preparar planes de fiscalización para combatir la elusión y la evasión en el área tributaria internacional.
  4. Proponer al Subdirector de Fiscalización métodos de fiscalización del Comercio Exterior
  5. Supervisar la fiscalización que se haga a los contribuyentes que soliciten devolución de IVA-Exportadores en las diferentes Unidades del país, evaluar su rendimiento, proponer instrucciones y aplicar normas de procedimiento y control administrativo de estas presentaciones.
  6. Supervisar la fiscalización para controlar el debido cumplimiento de las Resoluciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción por los contribuyentes acogidos al artículo 6° del Decreto Supremo N° 348, de 1975, del citado Ministerio.
  7. Supervisar la fiscalización que se efectúe a las solicitudes de devolución de Impuesto a las Ventas y Servicios "IVA" y de otros impuestos presentadas por exportadores acogiéndose a las normas del artículo 126, N° 3, inciso primero del Código Tributario.
  8. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de este Departamento.

4.- Al Departamento de Operación Renta le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Fiscalizar en forma sistemática, masiva y computacional los formularios que contienen las declaraciones de impuestos a la renta presentadas por los contribuyentes a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos o en papel.
  2. Proponer y solicitar programas computacionales tendientes a facilitar y simplificar el cumplimiento tributario de los contribuyentes en la Operación Renta.
  3. Mejorar la calidad y oportunidad de la información de los procesos o subprocesos relacionados con la Operación Renta
  4. Preparar nuevos formularios para las declaraciones juradas que deban presentar los agentes retenedores o informantes para ser utilizados en la Operación Renta y revisar los existentes.
  5. Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales de las instrucciones relacionadas con la Operación Renta.
  6. Proponer planes masivos de fiscalización de los impuestos a la Renta contenidos en el D.L. N° 824, de 1974.
  7. Coordinar con otras áreas del Servicio la publicación de suplementos tributarios relacionados con las declaraciones juradas que deban presentar los agentes retenedores o informantes y con las declaraciones de Impuestos a la Renta.
  1. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de este Departamento.

5.- Al Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Diseñar e implementar planes de fiscalización masiva y estructurada del Impuesto a las Ventas y Servicios.
  2. Fiscalizar en forma sistemática, masiva y computacional los formularios con las declaraciones de impuestos mensuales presentadas por los contribuyentes a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos o en papel.
  3. Proponer planes para mejorar la obtención de información externa o la administración de la información interna necesaria para una eficiente fiscalización masiva del Impuesto a las Ventas y Servicios.
  4. Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales de las instrucciones relacionadas con la denominada Operación IVA.
  5. Administrar y mantener actualizado el Catastro de Contribuyentes o Rol Único Tributario.
  6. Coordinar y controlar la operación de las áreas destinadas en las Direcciones Regionales y Unidades a la atención de solicitudes de RUT de las personas jurídicas y extranjeros y a la emisión y distribución de las cédulas de Rol Único Tributario.
  7. Coordinar y controlar la operación de las distintas Unidades dedicadas a la Iniciación de Actividades, timbraje de documentos, Herencias y términos de giro.
  8. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de este Departamento.

6.- A la Oficina de Fraude Fiscal le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Programar y realizar labores de detección de contribuyentes en condiciones de marginalidad de la tributación fiscal interna.
  2. Realizar estudios de las diversas actividades económicas y elaborar programas tendientes a detectar fraudes fiscales.
  3. Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales y Dirección Grandes Contribuyentes de las actividades relacionadas con la detección y fiscalización del fraude fiscal.
  4. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de esta Oficina.

7.- A la Oficina de Fiscalización de Organizaciones Sin Fines de Lucro y Entidades Fiscales le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

  1. Proponer y coordinar programas para fiscalizar el cumplimiento tributario de las organizaciones sin fines de lucro y de las entidades fiscales.
  2. Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales y Dirección Grandes Contribuyentes de las instrucciones relacionadas con la fiscalización de las organizaciones sin fines de lucro y de las entidades fiscales.
  3. Otras actividades que la Subdirección de Fiscalización estime de competencia de esta Oficina.

8.- Deróganse la Resolución Ex. N° 1475, de 8 de abril de 1996; el N° 1 de la letra A.- y las letras a.-, b.- y c.- de la letra B.- relacionadas con el Departamento de Fiscalización de la Tributación Internacional de la Resolución Ex. N° 4.200, del 25 de agosto de 1997 y la Resolución Ex. N° 4635, de 9 de julio de 1999, de esta Dirección.

9.- La presente Resolución regirá a contar del 27 de agosto del 2001, fecha desde la cual queda sin efecto la autorización otorgada al Subdirector de Fiscalización, mediante Resolución N° Ex. 2867, de 30 de abril de 1999, para delegar facultades que en ella se indican, en el Jefe del Departamento de Fiscalización de la Tributación Internacional.

ANÓTESE Y COMUNÍQUESE

(Fdo.) JAVIER ETCHEBERRY CELHAY

DIRECTOR

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