RESOLUCION EXENTA N°16 DEL 11 DE JULIO DEL 2002
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el artículo
7°, letras c), i) y h) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida
en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo establecido
en el articulo 43 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, actual artículo 41, del D.F.L. N° 1/19.653, del Ministerio
Secretaria General de la Presidencia, de 2001, que aprobó el texto refundido, coordinado
y sistematizado de la ley N° 18.575, ya mencionada; la Resolución N° 520, de 1996, de
la Contraloría General de la República; las necesidades del Servicio, y CONSIDERANDO: La necesidad de agilizar el despacho de las
materias que se señalan en la parte dispositiva, RESUELVO: DELÉGANSE en el Subdirector de
Avaluaciones las siguientes facultades: 1.- Dictar las resoluciones en que se fijen
los valores de automóviles y otros vehículo motorizados usados que no figuren el la
lista de valores a que se refiere el último inciso de la letra a) del artículo 12 del
Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, modificado por el artículo
único de la ley N° 19.600, de 1998." 2.- Firmar los oficios y otros documentos
dirigidos a las autoridades y particulares para informar las consultas, y resolver los
reclamos que se formulen sobre los valores de tasación de automóviles y otros vehículos
motorizados usados a que se refiere el párrafo precedente." ANÓTESE Y COMUNÍQUESE (Fdo.) JUAN TORO RIVERA DIRECTOR Lo que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines. Saluda a Ud. Distribución: - Señores Subdirectores |