RESOLUCION EXENTA N°28 DEL 28 DE OCTUBRE DEL 2002
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: La facultad que me otorga el artículo 6º, letra A),
Nº1º del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del D.L. Nº 830 de 1974 y lo
dispuesto en el artículo 3º, inciso tercero de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios contenida en el D.L. 825 de 1974, y C O N S I D E R A N D O: 1º Que, Resolución Nº Ex. 40 de 14 de Septiembre de 2001 que
dispone cambio de sujeto opcional de derecho del IVA en casos que indica, se estableció
vigencia por el periodo comprendido entre el 1ª de Noviembre de 2001 hasta el 30 de
octubre de 2002, ambas fechas inclusive. 2º Que, por razones de buen servicio se hace necesario prorrogar
la vigencia de la referida Resolución Nº Ex. 40 de 2001, que dispone cambio de sujeto
opcional de derecho del IVA. S E R E S U E L V E: 1º Prorrógase la vigencia de la Resolución Nº Ex.40, de 14 de
septiembre de 2001, por el período comprendido entre el 1º de noviembre de 2002 hasta el
30 de octubre de 2003, ambas fechas inclusive. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO (FDO.) ALFREDO ECHEVERRIA HERRERA DIRECTOR (S) Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines. SECRETARIO GENERAL DISTRIBUCIÓN |