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RESOLUCION EXENTA N°32 DEL 12 DE DICIEMBRE DEL 2002
MATERIA : AUTORIZA AL BANCO DEL ESTADO DE CHILE A NO EMITIR DOCUMENTOS INTERNOS POR COMISIONES QUE PERCIBA ASOCIADAS AL PRODUCTO AHORRO.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS : Lo dispuesto en los artículos 6° letra A, N° 1 del Código Tributario, artículo 56, inciso segundo de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y artículo 7° letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y


CONSIDERANDO:


Que, la Res. Ex. N° 1110 del 30-08-78, autorizó a los Bancos e Instituciones Financieras a sustituir la obligación de otorgar boletas por las comisiones que perciban en cada una de las operaciones, por documentos internos.

Que, el artículo 56° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, faculta al Director para establecer otro tipo de control de las operaciones, que estime suficiente, para resguardar el interés fiscal.

Que, el Banco del Estado de Chile cobra comisiones asociadas al producto ahorro y que origina una emisión individual masiva de documentos internos equivalentes a 6,15 a 8,00 millones de documentos y cuyos valores fluctúan entre 0,02 UF a 0,125 UF más IVA.


SE RESUELVE:


Se autoriza al Banco del Estado de Chile a sustituir por un archivo magnético, los documentos internos que actualmente emite conforme a la Res. Ex. N° 1110 del 30-08-1978, en reemplazo de boletas de ventas y servicios por cobro de comisiones asociadas al producto ahorro.

El referido archivo magnético, deberá generarse el segundo día hábil siguiente al cobro de las comisiones y mantenerse en CD-ROM no regrabable para ser entregado al Servicio de Impuestos Internos, cuando este lo requiera.


El archivo deberá contener al menos los siguientes campos: N° de cuenta de ahorro, período, RUT y dígito verificador, monto comisión, monto IVA, monto total y fecha del cobro.

La declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado asociada a estas transacciones, deberá cumplir la normativa vigente al respecto.


La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO.

 

JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR


Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

DISTRIBUCIÓN:
- Secretaría Director
- Subdirección de Fiscalización
- Oficina de Partes 
- Internet
- Diario Oficial (en extracto)