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RESOLUCION EXENTA N°17 DEL 02 DE ABRIL DEL 2003
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN EX. N° 01 DEL 03 DE ENERO DE 2003

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7 de fecha 30 de Septiembre de 1980; lo establecido en el artículo 6° letra A) N° 1), artículo 34 y 60 inciso penúltimo del artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974 sobre Código Tributario; los artículos 6° del D.L. N° 2.564 de 1979 y 10° de D.L. N° 3059 de 1979; el artículo 59 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta contenida en el artículo 1° del D.L. N° 824 de 1974, lo instruido en las Circulares N° 52 del 01.12.92, N° 8 del 20.01.93, N° 61 del 23.12.93, N° 62 del 15.10.97, N° 19 del 28.02.02, y lo dispuesto en la Res. Ex. N° 01 del 03.01.03, y

CONSIDERANDO:

1.- Que, con fecha 09.01.2003, fue publicada en extracto en el Diario Oficial la Res. Ex. N° 1, de 03.01.2003 a través de la cual se fijan los procedimientos, plazos y modelos de formularios a utilizar para proporcionar información sobre operaciones exentas del impuesto adicional en virtud de lo dispuesto en el artículo 59, inciso cuarto, N° 2 de la Ley de la Renta.

2.- Que, en uso de las facultades de esta Dirección, se ha estimado necesario modificar el referido instructivo con el propósito de optimizar la administración y utilización de la información requerida en dicha resolución.

SE RESUELVE:

1.- AGRÉGASE, la siguiente frase en el segundo párrafo del Resolutivo N° 12, y en el primer párrafo del Resolutivo N° 13, ambos de la Res. Ex. N° 1, publicada en extracto en el Diario Oficial del 09.01.2003, después del punto aparte de cada uno de tales párrafos: “Excepcionalmente para el Año Tributario 2003, esta declaración podrá presentarse hasta el día 18 de abril de 2003”.

2.- SUSTITÚYESE, el Anexo N° 2 de la Resolución Exenta N° 1, publicada en el Diario Oficial del 09.01.2003, sobre “INSTRUCCIONES Formulario 1854 DECLARACION JURADA DE EXENCION DE IMPUESTO ADICIONAL ART 59 N°2”, por el Anexo N°1 de la presente resolución.

3.- La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO


(FDO.) BENJAMÍN SCHUTZ GARCÍA
DIRECTOR (S)



Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes, Saluda a Ud.,

DISTRIBUCIÓN:
SECRETARÍA DIRECTOR
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
SUBDIRECCIÓN NORMATIVA
SUBDIRECCIÓN JURÍDICA
SUBDIRECCIÓN DE INFORMATICA
DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN RENTA
DEPTO. IMPUESTOS DIRECTOS
OFICINA DE PARTES
DIARIO OFICIAL
INTERNET

ANEXO N° 1:
Instrucciones Formulario 1854.