RESOLUCION EXENTA SII N°71 DEL 04 DE DICIEMBRE DEL 2003
Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo 7°, letras c), i) y j) de la Ley Orgánica
del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L.
N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el artículo
41 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado, contenida en
el D.F.L. N° 1/19.653, del Ministerio Secretaria General de la
Presidencia, de 2001, que aprobó el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley ya mencionada; la Resolución N° 520, de 1996,
de la Contraloría General de la República, el artículo 167 de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones, el artículo 28 de la Ley sobre
Impuesto Territorial, la Resolución Exenta N° 43 del 18 de Agosto de
2003; las necesidades del Servicio, y
CONSIDERANDO:
1.
La
necesidad de agilizar y fortalecer los procesos de fiscalización del
Impuesto Territorial y del D.F.L. N° 2 de 1959, con el apoyo de medios
electrónicos, así como de actualización del catastro en base a
declaraciones de los contribuyentes vía Internet.
2. Que mediante Oficio
Circular N° 33 del 26 de Agosto del 2003, se instruyó Plan de
Fiscalización del catastro de bienes raíces de propiedades acogidas al
DFL2 de 1959, estableciéndose un sistema de declaraciones por Internet.
3.
Que por Resolución N° Ex.
6 del 31 de Enero de 2002, se delegó en el Subdirector de Avaluaciones
la facultad para dictar las resoluciones de actualización catastral de
bienes raíces, que correspondan a las solicitudes presentadas vía
Internet, y que sean aceptadas por el Servicio de Impuestos Internos.
RESUELVO: 1°
DELÉGASE en el Subdirector de Avaluaciones
la facultad para dictar las resoluciones de actualización
catastral de bienes raíces, en base a la información correspondiente a
las declaraciones presentadas por los contribuyentes vía Internet ,
sean éstas relativas a planes de fiscalización del Impuesto
Territorial, del DFL N° 2 de 1959 u otras.. 2°
DELÉGASE en el Jefe del Departamento de Catastro y Tasaciones,
en el Jefe del Departamento de Operaciones de Avaluaciones y en el Jefe
de la Oficina de Normas y Casos Especiales, todos de la Subdirección de
Avaluaciones, la facultad para efectuar modificaciones al Catastro de
los Bienes Raíces producto de declaraciones presentadas por los
contribuyentes vía Internet relativas a planes de fiscalización del
Impuesto Territorial, DFL N° 2 de 1959 o actualización catastral.. 3°
Las resoluciones que emita el delegado deberán indicar que actúa
en uso de la facultad delegada en la presente resolución, individualizándola
con su número y fecha.
ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO
OFICIAL. (Fdo.)
JUAN TORO RIVERA
Lo
que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines: DISTRIBUCION |