Home | Resoluciones 2004

RESOLUCION EXENTA SII N°11 DEL 29 DE ENERO DEL 2004
MATERIA : ESTABLECE OBLIGACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE DE INFORMAR AL SII, EN LA FORMA Y PLAZOS QUE SE SEÑALAN, RESPECTO DE DONACIONES REALIZADAS CON FINES DEPORTIVOS, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 62 Y SIGUIENTE DE LA LEY N° 19.712, DEL AÑO 2001.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:           

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 87, inciso 1° del D.L. Nº 830, de 1974, los artículos 5° y 19° de la Ley 19.880, de 2003, y 

CONSIDERANDO: 

1.- Que, con el propósito de cumplir cabalmente con las obligaciones propias del Servicio de Impuestos Internos de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones tributarias que la Ley le encomienda, es necesario contar con la información pertinente sobre las rentas, créditos y rebajas de los contribuyentes que deben presentar su declaración de impuesto anual a la renta. 

2.-  Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 87, inciso primero del Código Tributario, las instituciones fiscales y semifiscales de administración autónoma y municipales están obligadas a proporcionar al Servicio todos los datos y antecedentes que éste solicite para la fiscalización de los impuestos. 

3.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 19.712 de 2001, esta institución debe visar las donaciones que se efectúen al amparo de las normas de dicha ley, debiendo llevar para tales efectos, un registro de cada institución donataria. 

4.- Que, anualmente el Instituto Nacional de Deportes ha entregado la información, en los plazos y formas que ha sido requerido por este Servicio. 

SE RESUELVE: 

1.- Con motivo de la correcta implementación del proceso Operación Renta que fiscaliza anualmente las declaraciones de Impuestos a la Renta, se hace necesario imponer al Instituto Nacional del Deporte, la obligación de informar, en la forma y plazo que se indica, en relación con las donaciones que le corresponde aprobar, conforme al artículo 64 de la Ley N° 19.712, lo siguiente: Identificador del proyecto, Rut del donante, destino y monto de la donación y porcentaje de crédito del donante. 

2.- La información requerida anualmente, instrucciones y formato de registro, deberán obtenerse en la página Web del Servicio, www.sii.cl, en la cual se encontrarán disponibles un mes antes del vencimiento del plazo que se establece para su entrega. 

3.- La información detallada en el formato de registro, deberá ser remitida a este Servicio a más tardar el 16 de Marzo de cada año,  y podrá enviarse mediante transmisión electrónica de datos, a través del sitio Web,  www.sii.cl, en el menú de Declaraciones Juradas. 

4.- En el evento que la información enviada presente problemas o deficiencias, el Servicio, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción, comunicará esta circunstancia al Instituto Nacional del Deporte, a través del sitio Web, www.sii.cl, para los efectos de que éste rectifique la información proporcionada en el plazo de cinco días hábiles. 

5.- Con todo, si se detectan situaciones que impliquen cambios en la información proporcionada en los plazos admitidos, deberá rectificar la información inicialmente proporcionada, en la misma forma y medio indicado en el Resolutivo N° 3. En estos casos, deberá entregarse la nómina completa, incluyendo modificaciones y antecedentes sin modificar. 

6.- La presente Resolución regirá a partir del Año Tributario 2004, respecto de los antecedentes recepcionados por el Instituto Nacional de Deportes durante el año comercial 2003 y para los años tributarios siguientes, entregando la información del año comercial respectivo.  

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y NOTIFIQUESE  

(FDO.) JUAN TORO RIVERA
      DIRECTOR
 

Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes, 

Saluda a Ud.,

DISTRIBUCIÓN:
SECRETARÍA DIRECTOR
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
SUBDIRECCIÓN NORMATIVA
SUBDIRECCIÓN JURÍDICA
SUBDIRECCIÓN DE INFORMATICA
DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN RENTA
DEPTO. IMPUESTOS DIRECTOS
OFICINA DE PARTES
DIARIO OFICIAL
INTERNET